Ley 21418 ESPECIFICA Y REFUERZA LAS PENAS PRINCIPALES Y ACCESORIAS CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 372 DEL CÓDIGO PENAL Y MODIFICA CUERPOS LEGALES QUE INDICA

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Promulgacion: 27-ENE-2022 Publicación: 05-FEB-2022

Versión: Única - 05-FEB-2022

Materias: Abandono de menores, Pena de inhabilitación absoluta, Menores de edad, Antecedentes penales, Registro Nacional de Condenas, Eliminación de Antecedentes Penales, Registro Seccional de Inhabilitaciones, Transporte Escolar, Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1172371&f=2022-02-05&p=10307974


    Artículo 3.- Reemplázase el inciso segundo del artículo 1 del decreto ley Nº 409, de 1932, del Ministerio de Justicia, que establece normas relativas a reos, por el siguiente:
     
    "No obstará al efecto señalado en el inciso anterior que el condenado se encontrare cumpliendo la pena de inhabilitación perpetua prevista en el inciso segundo del artículo 372 del Código Penal, o la pena de inhabilitación perpetua prevista en el artículo 403 quáter del Código Penal. En tales casos la eliminación de los antecedentes a que diere lugar la concesión del beneficio señalado en el inciso anterior nunca implicará la eliminación de las inscripciones de las respectivas penas de inhabilitación perpetua, las que permanecerán anotadas en la Sección de Inhabilitaciones Perpetuas del Registro Seccional de Inhabilitaciones.".


documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 20 del 06 de 2025 a las 17 horas con 26 minutos.