Resolución 1241 EXENTAResolución 31/8/1241 EXENTA PERMISO DE CIERRE Y OCUPACIÓN DE CALZADA CON PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA EN LAS CONDICIONES QUE SE SEÑALAN. AUTORIZA CIERRE Y OCUPACIÓN DE CALLE COSTANERA NORTE, ENTRE CALLES CAMINO ANTIGUO Y AVENIDA ISIDORO DUBOURNAIS, DE LA COMUNA DE EL QUISCO Y PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN DICHOS TRAMOS

GOBIERNO REGIONAL DE VALPARAÍSO

Promulgacion: 29-JUL-2022 Publicación: 08-AGO-2022

Versión: Única - 08-AGO-2022

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PERMISO DE CIERRE Y OCUPACIÓN DE CALZADA CON PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA EN LAS CONDICIONES QUE SE SEÑALAN. AUTORIZA CIERRE Y OCUPACIÓN DE CALLE COSTANERA NORTE, ENTRE CALLES CAMINO ANTIGUO Y AVENIDA ISIDORO DUBOURNAIS, DE LA COMUNA DE EL QUISCO Y PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN DICHOS TRAMOS     
     
    Núm. 31/8/1.241 exenta.- Valparaíso, 29 de julio de 2022.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el artículo 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Justicia, y de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.290 de Tránsito; la ley Nº 18.059; el decreto supremo Nº 83, de 1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, relativo a las redes viales básicas; artículo 5º transitorio de la Ley 21.074, de Fortalecimiento Regional; el decreto supremo Nº 71, de 2019, que individualiza competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a transferir a los Gobiernos Regionales de acuerdo al artículo Quinto Transitorio de la Ley 21.074 de Fortalecimiento de la Regionalización del País; la Resolución Núm. 7.- Santiago, 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y lo demás que resulte aplicable.
     
    Considerando:
     
    1º Que, por razones de urgencia para la realización de actividad cultural, se solicita autorización para el cierre y ocupación de calle Costanera Norte, entre calles Camino Antiguo y Avenida Isidoro Dubournais, de la comuna de El Quisco. Esta solicitud la ha presentado la I. Municipalidad de El Quisco para la realización de la actividad denominada "Cumbre del Rock". Responsable de la actividad es el Sr. Rodrigo Oyanedel Varas, RUT 12.641.567-2, domiciliado en Av. Francia 011 de la comuna de El Quisco.
    2º Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
     
    Resuelvo:

   
    1° Autorícese permiso para el cierre y ocupación de calle Costanera Norte, entre calles Camino Antiguo y Avenida Isidoro Dubournais, de la comuna de El Quisco, y se prohíbe circulación de vehículos motorizados en dichos tramos, el día 4 de agosto de agosto de 2022, entre las 10:00 hrs. y las 23:00 hrs.
    2° Desvíos. El flujo vehicular, que en su trayecto tengan como vía de circulación las señaladas en el Resuelvo Nº 1, deberán adoptar los siguientes desvíos de tránsito:
     
    Alternativa de desvío de tránsito:
    Calle La Ciudadela.
    3° Adóptense por parte del responsable, todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de la actividad debiendo también implementar las medidas de mitigación y seguridad pertinentes, instalando las señaléticas respectivas que resguarden la seguridad tanto peatonal como vehicular.
    Deberá además coordinar la instalación de señalización en el sector donde se realizará el cierre y ocupación temporal de las vías, según lo señala el Manual de Señalización de Tránsito "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía", Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (www.conaset.cl) y debiendo respetar estrictamente el periodo de cierre de la calle, en los tramos y horas indicados en la presente resolución.
    4° Fiscalización. Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita.
    5° Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial.-

    Rodrigo Mundaca Cabrera, Gobernador Regional, Gobierno Regional de Valparaíso.

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