DETERMINA APORTE QUE INDICA AL FONDO DE RESERVA DE PENSIONES ESTABLECIDO EN LA LEY N° 20.128
Núm. 199 exento.- Santiago, 15 de junio de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 8° y 32 número 6 de la Constitución Política de la República; el artículo 44 del artículo primero de la ley N° 18.840; los artículos 6° y 20 de la ley N° 20.128; la ley N° 21.516; el N° 6 del Capítulo I del Compendio de Normas de Cambios Internacionales del Banco Central de Chile; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1. Que, el ejercicio fiscal correspondiente al año 2022 registró un superávit efectivo, según consta en el Informe de Ejecución Presupuestaria del Estado de Operaciones del Gobierno Central Presupuestario correspondiente a dicho período, publicado por la Dirección de Presupuestos;
2. Que, según lo establecido en el artículo 20 de la ley N° 20.128, en referencia al inciso segundo de la letra a) del artículo 6° de la misma ley, corresponde determinar un aporte al Fondo de Reserva de Pensiones por un monto equivalente al 0,5% del PIB del año anterior;
3. Que, la Ley N° 21.516, de Presupuestos del Sector Público para el año 2023, establece la realización de un aporte al Fondo de Reserva de Pensiones, según consta en la Partida 50, Tesoro Público.
Decreto: