El texto de esta versión no se encuentra vigente

Ley 21600 CREA EL SERVICIO DE BIODIVERSIDAD Y ÁREAS PROTEGIDAS Y EL SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

Promulgacion: 21-AGO-2023 Publicación: 06-SEP-2023

Versión: Texto Original - de 06-SEP-2023 a 22-DIC-2023

Materias: Servicio de Biodiversidad y Áreas Silvestres Protegidas, Biodiversidad, Medio Ambiente, Sistema Naconal de Áreas Silvestres Protegidas, Fondo Nacional de la Biodiversidad, Monumento Natural, Área de Conservación de Pueblos Indígenas, Áreas Protegidas del Estado, Áreas Protegidas Privadas, Parques Nacionales,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1195666&f=2023-09-06&p=10455622



    Artículo 146.- Decreto ley N° 1.939. Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto ley Nº 1.939, del Ministerio de Tierras y Colonización, de 1977, que establece normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado:

    1) Derógase el artículo 15.
    2) Reemplázase el artículo 21, por el siguiente:

    "Artículo 21.- Los predios que hubieren sido declarados como áreas protegidas del Estado, conforme a la legislación respectiva, no podrán ser destinados a otro objeto ni perderán esa calidad sino en la forma establecida en la Ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas.".

documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 14 del 08 de 2025 a las 17 horas con 27 minutos.