DECLARA EN ABANDONO LOS VEHÍCULOS QUE INDICA
San Joaquín, 1 de diciembre de 2023.- La Alcaldía de San Joaquín hoy decretó lo siguiente:
Núm. 3.769 Sección 1ª.
Vistos:
Decreto alcaldicio Nº 3.330 de 24.10.2023; publicación en Diario Oficial de 31.10.2023; correo de Andrés Fuenzalida M., de 24.10.2023; correo de Juan de la Cruz Gutiérrez de 22.11.2023, que adjunta listado de vehículos retirados desde Aparcadero; certificado vigencia de martillero a nombre de Santiago Alfredo de la Cuadra Quevedo, cédula de identidad Nº 5.056.052-K, emitido por Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Teniendo presente:
Las facultades que me confiere la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido fue fijado por el DFL Nº 1 del Ministerio del Interior del 26.07.06; el decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, y sus modificaciones posteriores; la ley Nº 19.880, Ley de Bases de los procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Considerando:
1.- Que por decreto alcaldicio Nº 3.330 de 24.10.2023, se dispuso:
"Declárese en abandono los siguientes vehículos que se encuentran en el recinto municipal de bodegaje, ubicado en Santa Margarita 01800, comuna de San Bernardo, si no fueren reclamados y retirados por sus respectivos dueños, previo pago de los derechos municipales, hasta las 14:00 horas del día 6 de noviembre de 2023".
A continuación, el decreto identificó los 267 vehículos por sus placas patentes únicas y fecha de ingreso al aparcadero.
2.- Que, el decreto alcaldicio Nº 3.330 de 24.10.2023, fue publicado en el Diario Oficial del día 31.10.2023.
3.- Que, mediante correo electrónico de 22 de noviembre de 2023, don Juan de la Cruz Gutiérrez, Administrador del Aparcadero, informa el siguiente listado de vehículos retirados por sus propietarios, con posterioridad a la publicación en el Diario Oficial del decreto 3.330 de 24.10.2023, según el siguiente detalle:
4.- Que las Bases Administrativas de la licitación, contiene en su Nº 10 del Procedimiento para el Remate de Vehículos, las siguientes letras:
e) Una vez cumplido lo anterior, se elaborará un Decreto Alcaldicio que ordene el remate de los vehículos, además de nombrar al Martillero Público certificado por el Ministerio de Economía y propuesto por el concesionario.
f) El Aparcadero deberá dar cuenta al Municipio de la fecha de ejecución de la subasta acompañando en dicha cuenta las publicaciones del remate en diarios de alta circulación nacional de la subasta pública con estricta observancia a los plazos definidos para ello por la Ley.
g) Deberá designarse una Comisión encargada de fiscalizar la correcta ejecución de la subasta el día que haya sido destinada al efecto. Dicha comisión podrá estar conformada por un Ministro de Fe (Secretario Municipal), un abogado de la dirección jurídica, encargado de la revisión de legalidad de documentos y conformidad; el inspector técnico de concesión, encargado de fiscalizar el servicio concesionado y por lo tanto el proceso de subasta pública; y un funcionario de dirección de administración y finanzas o de la dirección de rentas, encargado de chequear montos de ventas y cumplimiento de derechos municipales.
h) El remate se efectuará por el Martillero Público designado al efecto con la asistencia de la Comisión mencionada en el punto anterior, en las instalaciones que determinen por el mismo Decreto Alcaldicio. Municipalidad de San Joaquín Dirección Jurídica 12.
i) Una vez que se hayan entregado todos los vehículos rematados, el Martillero procede a la liquidación del remate, el cual se informa al municipio y se cancela el porcentaje que corresponda según el decreto de derechos municipales que esté vigente al momento de efectuarse el remate.
j) La entrega de los vehículos podrá realizarse en dependencias del Aparcadero; o bien, en el lugar de realización de la subasta.
5.- Que, en su correo electrónico de 24.10.2023 don Andrés Fuenzalida M., informa lo siguiente:
"La subasta la llevará a cabo el Martillero Sr. Santiago Alfredo de la Cuadra Quevedo, RUT Nº 5.056.052-K, Registro Nacional de Martillero 1070".
6.- Que, de acuerdo al Certificado de Vigencia de Martillero emitido por Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, el registro de don Santiago Alfredo de la Cuadra Quevedo, cédula de identidad Nº 5.056.052-K, se encuentra vigente.
Decreto: