Ley 21655 MODIFICA LA LEY Nº 20.430, PARA ESTABLECER UNA ETAPA INICIAL DEL PROCEDIMIENTO DE DETERMINACIÓN DE LA CONDICIÓN DE REFUGIADO, Y LA LEY Nº 21.325, EN RELACIÓN CON LA MEDIDA DE RECONDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN INMEDIATA DE PERSONAS EXTRANJERAS QUE INGRESEN DE FORMA IRREGULAR AL TERRITORIO NACIONAL

MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Promulgacion: 05-FEB-2024 Publicación: 20-FEB-2024

Versión: Única - 20-FEB-2024

Materias: Refugiados, Protección de Refugiados, Migraciones, Extranjería,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1201169&f=2024-02-20&p=10490298


    Artículo 2º.- Modifícase el inciso segundo del artículo 131 de la ley Nº 21.325, de Migración y Extranjería, del siguiente modo:

    a) Reemplázase la expresión "intentando ingresar" por "intentando ingresar o habiendo ingresado".
    b) Reemplázase la frase "ya sea por pasos habilitados o no, o valiéndose de documentos falsificados", por la siguiente: "ya sea por pasos habilitados o no, o que se haya internado al territorio nacional hasta 10 kilómetros del límite fronterizo terrestre o dentro del mar territorial, o intentando ingresar valiéndose de documentos falsificados".
    c) Intercálase, entre las expresiones "previa acreditación de su identidad" y la coma que le sigue, la frase "y de su registro".
    d) Reemplázase la expresión "seis meses" por "un año".".   

documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 09 del 07 de 2025 a las 11 horas con 55 minutos.