NOMBRA A DON ALBERTO ALEJANDRO MARTÍNEZ QUEZADA COMO RECTOR DE LA UNIVERSIDAD ARTURO PRAT
Núm. 149.- Santiago, 22 de diciembre de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 10 y 35 del decreto N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública, y sus modificaciones; en la ley N° 21.091, sobre Educación Superior; en la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales; en la ley N° 19.305, que modificó los Estatutos de las Universidades Estatales en la materia de elección de Rector y estableció normas para la adecuación de los mismos; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1985, del Ministerio de Educación Pública, que fijó el Estatuto de la Universidad Arturo Prat; en el decreto supremo N° 388, de 2019, del Ministerio de Educación, que nombró a don Alberto Alejandro Martínez Quezada como Rector de la Universidad Arturo Prat por un período de cuatro (4) años; en el oficio N° 1/2023, de fecha 5 de diciembre de 2023, del Presidente de la Honorable Junta Directiva de la Universidad Arturo Prat, comunicando a S.E. el Presidente de la República el resultado de la elección de Rector de la institución y proponiendo su nombramiento; el decreto exento N° 787, de 1995, que aprueba el reglamento para las elecciones de rector de la Universidad Arturo Prat; en el decreto N° 10-1032-23, de fecha 28 de septiembre de 2023, que promulga ordenanza N° 1.005, de fecha 15 de septiembre de 2023, que ordena al Tribunal Calificador de Elecciones iniciar, programar y supervigilar el proceso eleccionario de rector o rectora de la Universidad Arturo Prat; en el decreto exento N° 10-1356-2023, de fecha 6 de diciembre de 2023, que acuerda comunicar a S.E. el Presidente de la República los resultados de la elección de Rector de la Universidad Arturo Prat; en el acta ejecutiva de acuerdos en sesión extraordinaria N° 12, de fecha 10 de noviembre de 2023, de la Honorable Junta Directiva de la Universidad Arturo Prat, y en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican.
Considerando:
1°. Que, el artículo 1° de la ley N° 18.956, dispone que el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo.
2°. Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada por la ley N° 21.091, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo establecido en la letra d) del artículo 3° de la mencionada ley N° 18.956.
3°. Que, el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1985, del Ministerio de Educación Pública, fijó los Estatutos de la Universidad Arturo Prat (en adelante, "el Estatuto"), que establece en su artículo 10 el proceso para la elección del Rector de dicha Institución.
4°. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 inciso quinto del estatuto, el Rector de la Universidad Arturo Prat será nombrado por el Presidente de la República, mediante decreto supremo del Ministerio de Educación, durará cuatro años en sus funciones y podrá ser reelegido.
5°. Que, en cumplimiento de lo anterior, mediante el decreto supremo N° 388, de 2019, del Ministerio de Educación, se nombró a don Alberto Alejandro Martínez Quezada como Rector de la Universidad Arturo Prat, por un período legal de cuatro (4) años, que expira el 30 de diciembre de 2023.
6°. Que, según consta en acta de sesión extraordinaria N° 9, de fecha 1 de septiembre de 2023, acuerdos N°s. 5 y 7, la Honorable Junta Directiva de la Universidad determinó convocar a elección de rector/a y ordenar al Tribunal Calificador de Elecciones de la institución iniciar, programar y supervigilar el proceso eleccionario de rector o rectora de la Universidad Arturo Prat, respectivamente. Lo anterior, se materializó mediante decreto exento N° 10-1032-23, que promulgó la ordenanza N° 1.005, de fecha 15 de septiembre de 2023.
En ese contexto, según consta en el acta de escrutinio final de la Honorable Junta Directiva de la Universidad Arturo Prat, se realizaron las votaciones para la elección del/la nuevo/a rector/a de dicho plantel, resultando electo don Alberto Alejandro Martínez Quezada, siendo proclamado como tal mediante acta sesión extraordinaria N° 12, de fecha 10 de noviembre de 2023, de la referida Junta Directiva.
7°. Que, el Presidente de la Honorable Junta Directiva de la Universidad Arturo Prat, mediante oficio UNAP N° 001/2023, de fecha 5 de diciembre de 2023, complementado por oficio UNAP N° 002/2023, de fecha 20 de diciembre, informó a S.E. el Presidente de la República que, con fecha 30 de octubre de 2023, se realizó la elección de Rector de la universidad, para el período 2024-2027, resultando electo don Alberto Alejandro Martínez Quezada, ingeniero civil industrial de la Universidad Arturo Prat.
8°. Que, en razón de lo expuesto, se debe dictar el acto administrativo que nombre al Rector de la Universidad Arturo Prat, por un período legal de cuatro (4) años.
Decreto: