1.- En el numeral 2., que aprueba el Clasificador de Ingresos y Gastos, que para los efectos de la ejecución presupuestaria e información mensual pertinente, deberán utilizar todos los organismos del sector público, a que se refiere el decreto ley Nº 1.263, de 1975, incorpórense en el Subtítulo 24 los siguientes ítems 08 y 09, nuevos:
2.- En el numeral 3., que determina las definiciones de los Subtítulos, ítems y Asignaciones del Clasificador de Ingresos y Gastos, de aplicación general para todos los organismos del sector público, incorpórese en el Subtítulo 24 Transferencias Corrientes las siguientes definiciones nuevas, correspondientes a los ítems 08 y 09:
Sub Ítem Asig.
CLASIFICADOR DE GASTOS
24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
08 A INSTITUCIONES PRIVADAS EJECUTORAS DE POLÍTICAS PÚBLICAS Son los gastos por concepto de transferencias realizadas a instituciones del sector privado, a las que se les haya asignado recursos para el cumplimiento de una función propia de la entidad respectiva, de acuerdo a las condiciones fijadas en los convenios que se suscriban al efecto.
09 A UNIDADES O PROGRAMAS DEL SERVICIO Son los gastos por concepto de transferencias consistentes en asignaciones globales a unidades del propio Servicio, o a programas ejecutados total o parcialmente por éste. Deben ser desglosadas en los distintos conceptos de gasto, en forma previa a su ejecución presupuestaria, de acuerdo con lo que disponga anualmente la ley de presupuestos del Sector Público.