Por resolución No. 61, de 02 de Febrero de 1988, de esta Subsecretaría de Pesca del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se autoriza a don Raúl Chávez Cárcamo, RUT No. 4.459.549-4. domiciliado en Simpson No. 820, Coyhaique, XI Región, Aysén, para instalar y operar un establecimiento de cultivo de alga Gracilaria, en un sector de Poza Siete Picos, Isla James, Comuna de Cisnes, Provincia de Aysén, XI Región, en un área de 106.000 m2. de fondo de mar, cuyas coordenadas geográficas son las siguientes, de acuerdo con el plano que acompaña a la solicitud signado por el Servicio Nacional de Pesca con el No. 708.
Vértice Latitud Longitud
A 44° 52' 54.00"S 74° 05' 09,00" W
B 44° 52' 48.00"S 74° 05' 05,14" W
C 44° 51' 39,00"S 74° 05' 00,00" W
D 44° 51' 41,00"S 74° 04' 04,55" W
La presente autorización es sin perjuicio de las que corresponda conferir a otras autoridades, de acuerdo a las disposiciones legales o reglamentarias vigentes o que se establezcan. El alga húmeda deberá proceder de centros de cultivo autorizados o de praderas naturales conforme a la legislación vigente.