DFL 1 FIJA LAS NORMAS QUE ESTRUCTURAN Y ORGANIZAN EL FUNCIONAMIENTO Y OPERACION DE LA ASIGNACION DE EXCELENCIA PEDAGOGICA Y LA RED MAESTROS DE MAESTROS, A QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS 14 A 18 DE LA LEY Nº 19.715

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Promulgacion: 15-ENE-2002 Publicación: 12-MAR-2002

Versión: Última Versión - 24-OCT-2023

Materias: Asignación de Excelencia Pedagógica, Red Maestros de Maestros, Ley no. 19.715, Arts. 14 a 18,

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    Artículo 37º.- Sólo los miembros de la Red Maestros de Maestros podrán postular y ser seleccionados para llevar a cabo proyectos de participación activa, conforme a las disposiciones contenidas en este título, en cuyo caso, tendrán derecho a la percepción de la suma adicional prevenida en el artículo 17º de la ley Nº 19.715.
    LosLey 21625
Art. 2 Nº 1
D.O. 24.10.2023
proyectos de participación activa tendrán por objeto el desarrollo de capacidades y el avance en el desarrollo profesional regulado por el Estatuto Docente a través del acompañamiento y trabajo colaborativo entre docentes.


documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 23 del 06 de 2025 a las 0 horas con 20 minutos.