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Codigo DE COMERCIO CODIGO DE COMERCIO

MINISTERIO DE JUSTICIA

Promulgacion: 23-NOV-1865 Publicación: no tiene

Versión: Intermedio - de 10-OCT-2014 a 12-ABR-2021

Materias: CHILE. CODIGO DE COMERCIO, ACTOS DE COMERCIO / CHILE,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1974&f=2014-10-10&p=8725220


    Art. 111. La obligación que vence en día domingo o en otro día festivo, es pagadera al siguiente.
    La misma regla se aplicará a las obligaciones queLEY 19559
Art. 2°
D.O. 16.04.1998
venzan los días Sábado de cada semana y 31 de diciembre de cada año.

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