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Codigo PENAL CÓDIGO PENAL

MINISTERIO DE JUSTICIA

Promulgacion: 12-NOV-1874 Publicación: 12-NOV-1874

Versión: Intermedio - de 04-MAR-2020 a 19-JUN-2020

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1984&f=2020-03-04&p=10105373



    ART. 392.

    Cometiéndose un homicidio en riña o pelea y no constando el autor de la muerte, pero sí los que causaron lesiones graves al occiso, se impondrá a todos éstos la pena de presidio menor en su grado máximo.
    Si no constare tampoco quienes causaron lesiones graves al ofendido, se impondrá a todos los que hubieren ejercido violencia en su persona la de presidio menor en su grado medio.


documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 23 del 06 de 2025 a las 20 horas con 42 minutos.