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DFL 1 FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL CODIGO DEL TRABAJO

MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO

Promulgacion: 31-JUL-2002 Publicación: 16-ENE-2003

Versión: Intermedio - de 18-MAR-2005 a 29-MAY-2005

Materias: Código del Trabajo,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=207436&f=2005-03-18&p=8512451


    Artículo 211-E.- En conformidadLEY 20005
Art. 1º Nº 7
D.O. 18.03.2005
al mérito del informe, el empleador deberá, dentro de los siguientes quince días, contados desde la recepción del mismo, disponer y aplicar las medidas o sanciones que correspondan.

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