Decreto 126 PROMULGA EL ACUERDO CON ALEMANIA SOBRE EL PROYECTO "SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA (SERNAGEOMIN)"

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Promulgacion: 14-MAY-2003 Publicación: 08-AGO-2003

Versión: Única - 08-AGO-2003

Materias: Servicio Nacional de Geología y Minería Chile-Alemania,

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=213380&f=2003-08-08


PROMULGA EL ACUERDO CON ALEMANIA SOBRE EL PROYECTO "SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA (SERNAGEOMIN)"

    Núm. 126.- Santiago, 14 de mayo de 2003.- Vistos: Los artículos 32, Nº 17, y 50, Nº 1), inciso segundo, de la Constitución Política de la República.

    Considerando:

    Que por Cambio de Notas de fechas 9 de diciembre de 2002 y 6 de marzo de 2003, efectuado en Santiago, los Gobiernos de la República de Chile y de la República Federal de Alemania adoptaron el Acuerdo sobre el proyecto "Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin)".

    D e c r e t o:

    Artículo único.- Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre el proyecto "Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin)" adoptado por Cambio de Notas de fechas de 9 de diciembre de 2002 y 6 de marzo de 2003; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
    Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Cristián Barros Melet, Ministro de Relaciones Exteriores (S).
    Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- José Miguel Cruz Sánchez, Embajador, Director General Administrativo.

                            Santiago, 6 de marzo de 2003

AL EXCELENTISIMO SEÑOR
DIETER HALLER
ENCARGADO DE NEGOCIOS a.i.
EMBAJADA DE LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA
PRESENTE

Excelencia:

    Tengo el honor de acusar recibo de la atenta Nota de su Gobierno, fechada el 9 de diciembre de 2002, que dice lo siguiente:

"Señora Ministra:

Con referencia al compromiso del Gobierno de la República Federal de Alemania del 20 de abril de 2001 y en cumplimiento del Convenio Básico sobre Cooperación Técnica y Económica concertado entre nuestros dos Gobiernos el 15 de marzo de 1995, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del Gobierno de la República Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo sobre el proyecto "Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin)":

1.  El Gobierno de la República Federal de Alemania y el
    Gobierno de la República de Chile seguirán cooperando
    conjuntamente en el fomento de la protección del
    medio ambiente en la República de Chile en los
    sectores de la minería, el medio ambiente y la
    geología medioam-biental.
2.  El objetivo del proyecto consiste en capacitar
    al Servicio Nacional de Geología y Minería
    (Sernageomin) para el asesoramiento del sector
    público y privado en cuestiones medioambientales
    y geológicas y para la evaluación del impacto
    medioambiental de la minería y el control de los
    requerimientos medioambientales adjudicados.
3.  Aportes del Gobierno de la República Federal de
    Alemania:
    a)  Enviará
        -  un experto en geociencias para cuestiones de
            protección del medio ambiente y los recurso
            naturales como co-director del proyecto, por
            un período de hasta 24 meses/experto,
        -  un experto en minería con experiencia en la
            protección del medio ambiente en la minería
            o industria de materias primas, por un
            período de hasta 18 meses/experto,
        -  expertos en misión a corto plazo
            especializados en hidrogeología/protección
            de las aguas freáticas, geología
            medioambiental en el ordenamiento del
            territorio, ingeniería geológica, sistema de
            información geográfica y control
            medioambiental o evaluación de impactos
            ambientales, etc. por un período de hasta 32
            meses/experto;
      b)  Suministrará bienes materiales, en especial
        -  equipo técnico para el control
            medioambiental realizado por los inspectores
            mineros,
        -  equipo informático,
        -  equipo complementario para el análisis de
            las aguas freáticas,
        -  un vehículo todo terreno que hasta el
            término del proyecto seguirá siendo
            propiedad del mismo y después pasará a la
            propiedad de la organización contraparte,
        -  equipo complementario técnico y de campo
            por un valor total de hasta 97.145,46 EUR
            (en letras: noventa y siete mil ciento
            cuarenta y cinco euros y cuarenta y seis
            cents);
    c)  Está dispuesto a perfeccionar fuera del
        proyecto a un máximo de cuatro expertos en
        "Hidrogeología", "geología medioambiental",
        "ordenamiento del territorio" y "formulación,
        aplicación, supervisión y revisión de la
        política ambiental en la minería" por un
        total de hasta 32 meses/experto, los cuales
        a su regreso serán empleados en el proyecto
        y proseguirán autónomamente las tareas
        iniciadas por los expertos enviados;
    d)  Costeará los gastos de
        -  alojamiento de los expertos enviados y de
            sus familiares, en tanto dichos gastos no
            corran a cargo de los expertos enviados,
        -  los viajes de servicio de los expertos
            enviados, dentro y fuera de la República de
            Chile,
        -  transporte y seguro del material mencionado
            hasta el lugar del proyecto.
4.  Aportes del Gobierno de la República de Chile:
    a)  Pondrá a disposición
        -  sendos coordinadores para los trabajos del
            proyecto a cargo de la Subdirección de
            Minería y la Subdirección de Geología del
            Sernageomin, en calidad de interlocutores
            del co-director alemán,
        -  personal técnico para el Departamento de
            Ingeniería y Gestión Ambiental (D.I.G.A.)
            en Santiago y las oficinas regionales, en
            estos momentos seis ingenieros de minas,
        -  dos geocientíficos del Departamento de
            Geología Aplicada en Santiago y por lo menos
            cuatro geocientíficos (especializados en
            hidrogeología, materias primas minerales e
            ingeniería geológica) para los trabajos del
            proyecto en la IX y X región,
        -  trece inspectores de seguridad minera para
            su capacitación y perfeccionamiento en el
            área de control medioambiental,
        -  los locales necesarios para las medidas de
            perfeccionamiento, incluyendo su mobiliario;
    b)  Facilitará
        -  por lo menos tres oficinas suficientemente
            equipadas en Santiago y espacio suficiente
            en la oficina técnica en Puerto Varas,
        -  la infraestructura administrativa y técnica
            en Santiago y las direcciones regionales,
        -  los documentos de archivo relacionados con
            el proyecto;
    c)  Garantizará
        -  la gestión y dirección del proyecto,
        -  la coordinación del proyecto con otros
            organismos e instituciones relevantes para
            la ejecución del mismo,
        -  la cobertura de los gastos de operación y
            mantenimiento del proyecto.
5.  Los expertos enviados asesorarán y asistirán a
    sus homólogos chilenos en la realización de las
    siguientes tareas:
    a)  Capacitar a los expertos de la Subdirección de
        Minería de Sernageomin para la evaluación de
        riesgos ambientales derivados de las
        actividades mineras (proyectadas), para el
        control ambiental de las empresas de
        extracción, preparación y transformación minera
        y de la industria de materias primas y para el
        desarrollo y aplicación de métodos y
        procedimientos técnicamente seguros y
        socialmente aceptados para evitar riesgos
        ambientales derivados de los residuos de la
        explotación minera;
    b)  Capacitar a los expertos de la Subdirección de
        Geología del Sernageomin para la evaluación de
        riesgos geológicos y otros aspectos
        ecogeológicos y para el asesoramiento de
        titulares de la planificación regional y del
        ordenamiento del territorio en este sector;
    c)  Crea estructuras eficaces para el desempeño de
        estas tareas en el Sernageomin;
    d)  Planificar, implementar y coordinar las medidas
        del proyecto sobre la base de un plan operativo
        elaborado conjuntamente;
    e)  Planificar, ordenar y coordinar medidas de
        apoyo al proyecto (por ejemplo la concesión de
        becas).

6.  Designación de los organismos ejecutores:

    a)  El Gobierno de la República Federal de Alemania
        confía la realización de sus aportaciones al
        Instituto Federal de Geociencias y Recursos
        Naturales (BGR), Hannover.

    b)  El Gobierno de la República de Chile confía la
        ejecución del proyecto al Servicio Nacional de
        Geología y Minería (Sernageomin), Santiago.

    c)  Los organismos encargados conforme a las letras
        a y b podrán fijar conjuntamente, en un plan
        operativo o de otra manera adecuada, los
        detalles de la realización del proyecto y, en
        caso necesario, los adaptarán al desarrollo
        del proyecto.

7.  En caso de que el presente proyecto no llegue a
    realizarse o sólo se realice en parte, podrá ser
    sustituido por otro si ambos Gobiernos así lo
    convienen.

8.  En todo aquello no previsto en los numerales
    precedentes, se aplicarán también al presente
    Acuerdo las disposiciones del arriba mencionado
    Convenio Básico sobre Cooperación Técnica y
    Económica del 15 de marzo de 1995.

9.  El presente Acuerdo se adopta en alemán y
    español, siendo ambos textos igualmente
    auténticos.

    En caso de que el Gobierno de la República de Chile se declare conforme con las propuestas contenidas en los párrafos 1 a 9, esta Nota y la Nota de respuesta de Vuestra Excelencia en la que conste la conformidad de su Gobierno constituirán un Acuerdo entre nuestros Gobiernos que entrará en vigor en la fecha de su Nota de respuesta.

    Aprovecho la ocasión para reiterar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi más alta y distinguida consideración."

    Además, tengo el honor de confirmar, en nombre de la República de Chile, el Acuerdo antes transcrito y acordar que la Nota de Vuestra Excelencia y la presente sean consideradas como las que constituyen un Acuerdo entre los dos Gobiernos, el cual entrará en vigor en la fecha de la presente Nota.
    Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.- Cristián Barros Melet, Ministro de Relaciones Exteriores Subrogante.

documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 20 del 06 de 2025 a las 14 horas con 23 minutos.