MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA
Santiago, 6 de febrero de 2004.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 54.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
d) El decreto supremo Nº 126 de 01.04.1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; y,
e) El decreto supremo Nº 405 de 29.08.2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que otorgó la concesión.
Considerando:
a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante el decreto supremo indicado en la letra e) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 25.381 de
11.06.2003, complementada mediante ingresos Subtel Nº 31.704 de 06.08.2003 y Nº 38.030 de 26.09.2003;
b) La resolución exenta Nº 1.260 de 24.10.2003, de la Subsecretaría, que autorizó previamente la transferencia;
c) El instrumento privado de fecha 05.11.2003, que da cuenta material de la transferencia de la concesión, así como de la inserción de la misma en la resolución que dispuso la autorización previa a la que se refiere el inciso tercero del artículo 21 de la ley;
d) La solicitud de modificación, por cambio de titular, de la concesión, objeto de la transferencia, Ingreso Subtel Nº 10.259 de 05.01.2004;
e) Que el representante de la persona jurídica adquirente es chileno y no se encuentra sometido a proceso o condenado por delito que merezca pena aflictiva;
f) La solicitud de informe previo a la Comisión Preventiva Regional de la X Región, recibida por la Secretaría Regional Ministerial de Economía de la X Región al 06.06.2003, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º de la ley Nº 19.733 de 2001;
g) El informe de la Comisión Preventiva Regional de la X Región, dictamen C.P.R. 05-2003 de 02.07.2003 y, en uso de mis atribuciones,
D e c r e t o: