Artículo 5: Las instituciones que deseen postular a una subvención deberán presentar una solicitud por escrito en la Oficina de Partes, dirigida al Sr. Alcalde, y que será derivada a la Secretaría Comunal de Planificación, donde deberá inscribirse en forma personal la institución, adjuntando los siguientes datos:
1.- Antecedentes de la Institución: Nombre, domicilio, RUT, teléfono, decreto que ordenó la Personalidad Jurídica (Nº, fecha, Ministerio, o inscripción en el Registro de Organizaciones Comunitarias, según corresponda), certificado de vigencia, objetivos generales según sus estatutos, y fuentes de financiamiento.
2.- Antecedentes del representante legal de la institución: nombre, RUT, domicilio, teléfono, fax y acreditación de la representación.
3.- Area a la cual se va a destinar la subvención:
Asistencia social, educación, cultura, salud, protección al medio ambiente, deporte y recreación, capacitación, turismo u otra.
4.- Programas o proyectos específicos a desarrollar con la subvención: Indicando el nombre, objetivos específicos, descripción breve, costos y antecedentes sobre los beneficiarios, como características socioeconómicas, número total de ellos y el número aproximado de beneficiarios de la comuna de San Clemente.
5.- Monto de la subvención solicitada: Señalando sólo a modo de proposición el o los meses en que se desea recibir, pero siendo la última cuota en el mes de diciembre del año respectivo.
6.- Tratándose de las instituciones regidas por la ley Nº 19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias, éstas deberán dar cumplimiento al artículo 27 de la misma ley, vale decir:
a) Presentar proyecto conteniendo los objetivos.
b) Justificación y costos de las actividades.
c) Informe que indique el nombre, cédula de identidad y domicilio de los vecinos de la comuna que se beneficiarán con el proyecto o programa que se propone. Los mismos requisitos deben cumplir las instituciones regidas por la Ley del Deporte.
7.- Las Instituciones que no tengan su sede en la comuna deberán suscribir un Convenio con la Municipalidad de San Clemente en el cual quede claramente establecido la forma en que esta institución va a colaborar en el cumplimiento de funciones municipales.
No se aceptarán solicitudes de subvención a las instituciones que tengan rendiciones pendientes, entendiéndose por tales, tanto aquellas que no han sido presentadas, como aquellas que hayan sido objetadas o rechazadas por la Dirección de Control.