Ley 2195 LEI NUM. 2,195, QUE AUTORIZA LA INVERSION DE 44,000 LIBRAS ESTERLINAS EN LA ADQUISICION DE CAÑONES DE REPUESTO DESTINADOS A LOS BUQUES DE LA ARMADA.

MINISTERIO DE MARINA

Promulgacion: 30-AGO-1909 Publicación: 02-SEP-1909

Versión: Única - 02-SEP-1909

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    Lei núm. 2,195, que autoriza la inversion de 44,000 libras esterlinas en la adquisicion de cañones de repuesto destinados a los buques de la Armada.
    Lei núm. 2,195.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de cuarenta i cuatro mil libras esterlinas (L 44,000) en la adquisicion de cañones de repuesto destinados a los buques de la Armada.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 30 de Agosto de 1909.- PEDRO MONTT.- R. Huneeus.

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