Ley 3419 Lei núm. 3,419, que concede gratificacion a los;Sub-Oficiales i tropas del Ejército.

MINISTERIO DE GUERRA

Promulgacion: 16-SEP-1918 Publicación: 17-SEP-1918

Versión: Única - 17-SEP-1918

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    Lei núm. 3,419, que concede gratificacion a los Sub-Oficiales i tropas del Ejército.
    Lei núm. 3,419.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:

    Artículo 1.° Se autoriza al Presidente de la República para que invierta hasta la cantidad de ochenta i cinco mil pesos ($ 85,000), con el objeto de pagar al personal de Sub-Oficiales i tropa de Ejército, que estaban gozando de gratificacion por años de servicios ántes del 9 de Setiembre de 1915, las gratificaciones de igual carácter que hubieren devengado durante el año 1917.

    Art. 2.° El gasto correspondiente se deducirá de la venta o arrendamiento de los terrenos fiscales de Magallánes.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a dieciseis de Setiembre de mil novecientos dieciocho.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Victor V. Robles.

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