DFL 263 Decreto con fuerza de ley N.o 263

MINISTERIO DE LA PROPIEDAD AUSTRAL

Promulgacion: 20-MAY-1931 Publicación: 26-MAY-1931

Versión: Única - 26-MAY-1931

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=246009&f=1931-05-26


Decreto con fuerza de Ley N.o 263

    Núm. 263.- Santiago, 20 de Mayo de 1931.- Teniendo presente:
    1.o Que con motivo de la aplicación de la Ley de Propiedad Austral y demás disposiciones legales y administrativas que se dicten sobre el particular, puede presentarse el caso de que algunas personas deban abandonar los terrenos que actualmente ocupan desde hace varios años y en donde han efectuado mejoras de alguna consideración, por ser éstos de propiedad de particulares o fiscales que el Gobierno estime conveniente destinarlos a un fin determinado;
    2.o Que la legislación vigente sobre la materia no faculta al Presidente de la República para radicar y otorgar a estas personas títulos de dominio sobre otros terrenos fiscales;
    3.o Que es de justicia contemplar la situación de estos ocupantes, concediéndoles un retazo de terreno para que con su trabajo obtengan lo necesario para su sustento; y
    En uso de la facultad que me otorga la ley N.o 4,945, de 6 de Febrero último,

    Decreto:

    1.o El Presidente de la República podrá conceder una hijuela hasta de cien hectáreas (100 Has.) de terrenos fiscales a las personas que con motivo de la aplicación de la ley de Constitución de la Propiedad Austral y demás disposiciones que se dicten, deban abandonar los terrenos que actualmente ocupan y que los hayan trabajado personalmente y a nombre propio, por un tiempo no menor de un año.
    2.o Este beneficio deberá solicitarse al Presidente de la República, dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha en que hayan abandonado los terrenos.
    3.o Este decreto con fuerza de ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial.

      Tómese razón, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial e insértese en el Boletín de Leyes y Decretos del Gobierno.- C. IBAÑEZ C.- Edecio Torreblanca.- Rodolfo Jaramillo.

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