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Codigo ORGÁNICO DE TRIBUNALESLey 7421 CODIGO ORGANICO DE TRIBUNALES

MINISTERIO DE JUSTICIA

Promulgacion: 15-JUN-1943 Publicación: 09-JUL-1943

Versión: Intermedio - de 07-MAR-1981 a 09-MAR-1981

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    Art. 580. En los departamentos asDL 3634, JUSTICIA
Art. 1
D.O. 07.03.1981
iento de una Corte de Apelaciones constituirán la visita el presidente, un ministro y el fiscal de cada Corte. El ministro y el fiscal, en las Cortes de Apelaciones que tengan más de uno, serán designados por turno anual, comenzando por el menos antiguo.
    El secretario de la Corte de Apelaciones, o el secretario en lo criminal de la de Santiago, lo será de la visita.
    En las demás ciudades, constituirán la visita los jueces del crimen del departamento y secretario lo será el del juzgado, o el más antiguo de éstos si hay más de uno.
    Presidirá la visita el presidente de la Corte de Apelaciones o, en su caso, el juez del crimen más antiguo.


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