Modifícase las concesiones de Servicio Público de Repetidora Comunitaria del tipo Multi-RTA que opera en las Bandas de Frecuencias 410.3375-412,8125 MHz y 420,3375-422,8125 MHz, otorgada a la empresa Interexport Telecomunicaciones y Servicios S.A., R.U.T. Nº 96.787.360-8, con domicilio en Av. Francisco Bilbao Nº 2168, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar cinco (5) estaciones base de red, sistema digital, según se indica a continuación:
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 02.08.2008, PAGINA 14
Características Técnicas Comunes:
Banda de frecuencias : Bloque A y B
Según resolución exenta Nº120
de 2008.
Tipo de emisión : 1M25F7EJT
Potencia Máxima de Transmisión
Estaciones base de red : 20 Watts
Estaciones móviles
y portátiles : 0,2 Watts.
Ganancias Máx. Sistemas Radiantes :
Estaciones base de red : Direccionales 15 dBi
tipo panel, con tres
sectores de 65º de apertura.
Estaciones Móviles : 5,0 dBd
Estaciones portátiles : 0 dBd
Zona de Cobertura : Aquella definida por el
contorno, en torno a la
estación repetidora, donde
la intensidad de campo
nominal utilizable sea
superior a 28 dB(µV/m).
2. Instalar, operar y explotar un Centro de Control del sistema digital el cual se ubicará en Av. Francisco Bilbao Nº 2168, comuna de Providencia, Región Metropolitana.
3. La zona de servicio del Bloque B se extiende a todo el territorio nacional.
4. Los plazos máximos se indican a continuación:
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 02.08.2008, PAGINA 14
5. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.