1. Déjese sin efecto las siguientes resoluciones: Resolución exenta 1.483 del 20 de octubre de 2008, resolución exenta 1.448 del 08 de octubre de 2008, resolución exenta 848 del 02 de julio de 2008, resolución exenta 704 del 04 de junio de 2008 y resolución exenta 562 del 05 de mayo de 2008.
2. Establécese como nueva área regulada para la plaga Lobesia botrana en la Región Metropolitana de Santiago, el polígono de 100 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM señaladas a continuación.
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3. El polígono 1 incorpora parcialmente las siguientes comunas: Til Til, Colina, San José de Maipo, Lo Barnechea, Lampa, Pudahuel, Las Condes Peñalolén, Maipú, La Florida, Padre Hurtado, Pirque, Peñaflor, El Monte, Isla de Maipo y Paine e incorpora completamente las siguientes comunas: Quilicura, Huechuraba, Vitacura, Conchalí, Recoleta, Renca, Independencia, Quinta Normal, Providencia, Cerro Navia, Santiago, La Reina, Ñuñoa, Lo Prado, Estación Central, Macul, San Joaquín, Cerrillos, Pedro Aguirre Cerda, San Miguel, Lo Espejo, La Cisterna, La Granja, San Ramón, San Bernardo, El Bosque, Puente Alto, La Pintana, Calera de Tango, Talagante y Buin.
4. Establécese como área regulada por la detección en la comuna de María Pinto, para la plaga Lobesia botrana en la Región Metropolitana de Santiago, el polígono de 18 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM señaladas a continuación:
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5. El polígono 2 incorpora parcialmente las siguientes comunas: María Pinto y Curacaví.
6. Establécese como área regulada por la detección en la comuna de Melipilla, para la plaga Lobesia botrana en la Región Metropolitana de Santiago, el polígono de 16 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM señaladas a continuación:
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7. El polígono 3 incorpora parcialmente las siguientes comunas: Melipilla e Isla de Maipo.
8. Establécese como área regulada por la detección en la comuna de Alhué, para la plaga Lobesia botrana en la Región Metropolitana de Santiago, el polígono de 20 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM señaladas a continuación:
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9. El polígono 4 incorpora parcialmente las siguientes comunas: Alhué y San Pedro.
10. Establécese como área regulada por la detección en la comuna de San Pedro, para la plaga Lobesia botrana en la Región Metropolitana de Santiago, el polígono de 12 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM señaladas a continuación:
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11. El polígono 5 incorpora parcialmente la comuna de San Pedro.
12. Aplíquense las regulaciones cuarentenarias y medidas fitosanitarias establecidas en la resolución Nº 2.109, de 24 de abril de 2008, en forma inmediata, a las áreas definidas en la presente resolución.