Ley 17577 MODIFICA LA LEY N° 17.288

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Promulgacion: 07-DIC-1971 Publicación: 14-DIC-1971

Versión: Única - 14-DIC-1971

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=29119&f=1971-12-14


    MODIFICA LA LEY N° 17.288 Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente,
    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Modifícase el artículo 50 de la ley N° 17.288 en la forma que a continuación se señala:
    Agrégase, en el inciso primero, a continuación de la frase "en virtud de este integro se les reconocerá dicho tiempo para el goce de los beneficios establecidos en el DFL. N° 1.340 bis "precedida de una coma (,) la expresión "y en el artículo 19 de la ley N° 15.386 y el decreto supremo N° 163 de 1964, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social".".



    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a siete de Diciembre de mil novecientos setenta y uno.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS.- Mario Astorga Gutiérrez, Ministro de Educación Pública.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Waldo Suárez Zambont, Subsecretario de Educación Pública.

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