Artículo 2°- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código de Procedimiento Civil:
a) Artículo 9.- Se reemplaza "setenta escudos a setecientos cincuenta escudos" por "un cuarto a un sueldo vital".
b) Artículo 31.- En el inciso tercero se reemplaza "setenta escudos a setecientos cincuenta escudos" por "un cuarto a un sueldo vital".
c) Artículo 46.- En el inciso primero se reemplazan "setenta escudos a trescientos setenta escudos" por "un cuarto a medio sueldo vital".
d) Artículo 50.- En el inciso cuarto se reemplazan "setenta escudos a doscientos setenta escudos" por "un cuarto a medio sueldo vital".
e) Artículo 88.- En el inciso primero se reemplazan "trescientos setenta escudos a siete mil cuatrocientos setenta escudos" por "medio a cinco sueldos vitales".
En el inciso segundo se sustituye "nueve escudos" por "un octavo de sueldo vital".
Se reemplaza el inciso final por el siguiente: "No regirá lo dispuesto en este artículo en los juicios cuya cuantía sea inferior a ciento cincuenta pesos".
f) Artículo 114.- En el inciso segundo se reemplaza "setecientos cincuenta escudos" por "un sueldo vital".
g) Artículo 118.- En el inciso segundo se reemplazan las cantidades "setecientos cincuenta escudos", "trescientos setenta escudos", "doscientos ochenta escudos" y "ciento treinta escudos" por "cincuenta pesos", "cuarenta pesos", "treinta pesos" y "veinte pesos", respectivamente.
Se sustituyen además, en este artículo, las frases "En la de un receptor de mayor cuantía, cuarenta escudos" y "En la de un juez de mínima cuantía, cuarenta escudos", por "En la de un receptor de mayor cuantía, diez pesos" y "En la de un juez de mínima cuantía, cinco pesos", respectivamente.
h) Artículo 122.- En el inciso final se reemplaza "setecientos cincuenta escudos" por "un sueldo vital".
i) Artículo 165.- Se reemplaza la frase final del inciso segundo del N° 4° que dice: "Este escrito pagará un impuesto adicional de setenta escudos", por lo siguiente: "Este escrito pagará en la Corte Suprema un impuesto adicional de quince pesos y en las Cortes de Apelaciones uno de ocho pesos".
j) Artículo 166.- En el inciso segundo se reemplazan "setecientos cincuenta escudos" y "mil seiscientos ochenta escudos" por "medio sueldo vital" y "dos sueldos vitales", respectivamente.
k) Artículo 238.- Se reemplaza "tres mil setecientos cuarenta escudos" por "dos sueldos vitales".
l) Artículo 274.- Se reemplaza "tres mil setecientos cuarenta escudos" por "dos sueldos vitales".
ll) Artículo 338.- En el inciso primero se reemplazan "trescientos setenta" y "mil seiscientos ochenta escudos" por "medio sueldo vital" y "dos sueldos vitales", respectivamente.
m) Artículo 359.- En el inciso segundo se reemplazan "setenta escudos a trescientos setenta escudos" por "un décimo a medio sueldo vital".
n) Artículo 394.- En el inciso segundo se reemplaza "setecientos cincuenta escudos" y "tres mil setecientos cuarenta escudos" por "medio sueldo vital" y "un sueldo vital", respectivamente.
ñ) Artículo 445.- En el N° 9°, se reemplaza "cuarenta y cinco mil seiscientos sesenta escudos" por "cinco mil pesos".
En el N° 12 se sustituye "cuarenta y cinco mil seiscientos sesenta escudos" por "cinco mil pesos".
o) Artículo 698.- En el inciso primero se reemplazan "siete mil cuatrocientos setenta escudos" y "ciento cincuenta y dos mil doscientos escudos" por "ciento cincuenta pesos" y "tres mil pesos", respectivamente.
p) Artículo 703.- Se reemplaza "siete mil cuatrocientos setenta escudos" por "ciento cincuenta pesos".
q) Artículo 749.- Se reemplaza "ciento cincuenta y dos mil doscientos escudos" por "tres mil pesos".
r) Artículo 767.- En los incisos tercero, quinto y sexto, se reemplaza "setenta y seis mil cien escudos" por "mil pesos".
s) Artículo 797.- Se suprime el inciso segundo de este artículo.
t) Artículo 801.- En el inciso primero se reemplaza "veintidós mil novecientos setenta escudos" por "doscientos pesos".
En el inciso cuarto se sustituye "setecientos cincuenta escudos" por "diez pesos".
u) Artículo 917.- Se reemplaza "un mil seiscientos ochenta escudos" por "un sueldo vital".