Modifícanse, los trazados urbanos que deberán utilizar los servicios de locomoción colectiva rural e interurbana, señalados en la Resolución exenta Nº 343 del 28.11.96, modificada por la Resolución exenta Nº 309 del 19.05.97, ambas de la Secretaría Regional, en la forma que se señala a continuación:
a) Numeral 1.A)
Servicios de locomoción colectiva provenientes del norte al terminal ubicado en calle 12 Oriente Nº 900, Talca.
ACCESOS:
- Ruta 5 - Avda. A. Vaccaro - 2 Sur - 13 Oriente - Terminal.
- Ruta 5 - Avda. Lircay - 7 Oriente - 4 Norte - 11 Oriente -
1 Norte - 13 Oriente - Terminal.
SALIDAS:
- Terminal - 3 Sur - Avda. A. Vaccaro - Ruta 5.
- Terminal - 3 Sur - 14 Oriente - 2 Norte - 11 Oriente - 4 Norte - 6 Oriente - Av. Lircay - Ruta 5.
b) Numeral 2.A)
Servicios de locomoción colectiva provenientes del norte al terminal ubicado en calle 3 Sur entre 12 Oriente y 13 Oriente, Talca.
ACCESO:
- Ruta 5 - Avda. A. Vaccaro - 2 Sur - 13 Oriente - 3 1/2 Sur - Terminal.
c) Numeral 3.A)
Servicios de locomoción colectiva provenientes del norte al lugar habilitado en la vía pública en calle 12 Oriente entre 1 y 2 Sur, Talca.
ACCESO:
- Ruta 5 - Avda. A. Vaccaro - 18 Oriente - 2 Norte - 12 Oriente.