ANEXO
CAPITULO V
5.- NORMAS RELATIVAS A SEÑALIZACION DE PELIGRO Y
MEDIDAS DE SGURIDAD EN TRABAJOS EN LAS VIAS PUBLICAS
5.1. INTRODUCCION
Sin duda alguna, las variaciones en las condiciones de circulación peatonal y vehicular, ya sea por trabajos en los espacios públicos u otros, constituyen singularidades importantes en cuanto afectan la seguridad y eficiencia con que se efectúa el desplazamiento de personas y vehículos en el área involucrada. Ello hace imprescindible que para cada caso en particular, se establezca un conjunto de medidas de gestión de tránsito destinadas a evitar un deterioro en las condiciones de circulación.
Tales medidas deberán ser definidas e incorporadas a la planificación y desarrollo de toda obra que use espacios destinados al tránsito público, cualquiera sea su importancia y magnitud. Ello permitirá reducir las posibilidades de accidentes, tanto a los usuarios de la vía como a los trabajadores y, a la vez, hacer más expedito y con menores molestias el desplazamiento por tales sectores.
La gran variedad de eventos posibles, desde la colocación de andamios sobre la vereda para efectuar trabajos de pintura hasta la ocupación de gran parte de la calzada, hacen imposible establecer una secuencia rígida de normas, señales y dispositivos. Por ello, en este capítulo se entregarán los elementos que permitirán implementar el esquema de gestión de tránsito que se deduzca del análisis efectuado para cada situación en particular, así como algunos ejemplos destinados a ilustrar los principios desarrollados.
5.2. SEÑALIZACION
5.2.1. Consideraciones Generales
La señalización pertinente será la definida en el capítulo II de este Manual, con la salvedad que las señales preventivas e informativas utilizadas tendrán el fondo color naranja, definido en la norma NCh 1927. Esta característica define la transitoriedad de estas señales. Además, sólo se definen las que tienen aplicación en el contexto de este capítulo.
La señalización permanente cuya presencia puede inducir a error debido a las nuevas condiciones de operación impuestas por el esquema de tránsito adoptado, deberán ser retiradas o cubiertas.
5.2.2. Señales Preventivas
Las señales preventivas descritas en el punto 2.3. de este Manual, cobran particular relevancia en los casos pertinentes a este capítulo. Ello como consecuencia de la gran variedad de situaciones riesgosas que se pueden presentar, tales como una reducción en el ancho de la calzada, excavaciones, u otras.
Lo anterior hace imprescindible advertir a los usuarios de los posibles peligros que más adelante puedan existir, permitiéndoseles adoptar las precauciones apropiadas.
En los párrafos siguientes se indican señales de advertencia comúnmente utilizadas.
5.2.2.1.Trabajos en la vía (PT-1)
Se empleará para alertar sobre la proximidad de trabajos en la vía. Los usuarios deberán reducir velocidad y circular con precaución.
En áreas rurales y vías urbanas de tránsito rápido, esta señal deberá instalarse a lo menos a 500 mts. de donde se dé comienzo a la obras.
En otros casos se instalará al inicio de las faenas. NOTA: VER FIGURA EN DIARIO OFICIAL PAG. 5
5.2.2.2. Tránsito de Maquinaria Caminera.
Esta señal será colocada para precaver la presencia de maquinaria en la vía cuyo inusual diseño y operación pueden presentar riesgos inesperados. Su símbolo corresponderá a la señal P-22.
5.2.2.3. Otros peligros (PT-2)
Se usará para indicar la existencia de un peligro no susceptible de ser prevenido mediante señales convencionales. Podrá acompañarse de leyendas tales como: Banderero, Explosivos, Trabajos topográficos y otros.
Se proveerá 100 mts. antes de la ubicación de los peligros que se anuncian y deberá retirarse o taparse tan pronto como el banderero sale de su puesto o han cesado los efectos de la explosión.
NOTA: VER FIGURA EN DIARIO OFICIAL PAG. 5
5.2.2.4. Otras señales de uso frecuente
A continuación se individualizan algunas señales preventivas que pueden tener aplicación en áreas de trabajos en vías públicas:
- Curva (P-1)
- Curva cerrada (P-2)
- Curva y contracurva (P-4)
- Curva y contracurva cerrada (P-5)
- Pendiente fuerte (P-6)
- Angostamiento (P-7a, b)
- Puente angosto (P-8)
- Dos sentidos de tránsito (P-10)
- Altura máxima (P-11)
- Resalto (P-13a, b)
- Baden (P-14)
- Cruce ferroviario (P-29)
- Proximidad de semáforo (P-31)
- Pavimento resbaladizo (P-33)
- Proyección de Gravilla (P-34)
- Peligro (P-42)
5.2.3. Señales informativas
Se utilizarán señales informativas transitorias para indicar oportunamente tanto la extensión de los trabajos como los posibles desvíos. Los textos de uso más frecuente se detallan a continuación:
5.2.3.1. Señalización de trabajos en la vía
Los letreros que informan sobre trabajos, en las vías públicas o que pueden tener incidencia sobre las condiciones de circulación, deben proveerse en los extremos de Obras de más de 3 Km. de extensión, siempre que se mantenga el tránsito por el sector.
Deberán colocarse por lo menos a 1.000 mts. del inicio de la zona afectada. Su diagramación será: NOTA: VER FIGURA EN DIARIO OFICIAL PAG. 5
5.2.3.2. Señalización "FIN TRABAJOS"
La señal "FIN TRABAJOS" debe proveerse sólo en los casos en que se haya instalado la señal definida en 5.2.3.1. Deberá colocarse a menos de 300 mts. del término de faenas.
NOTA: VER FIGURA EN DIARIO OFICIAL PAG. 5
5.2.3.3. Señal Desvío
Esta señal se utilizará para ir sugiriendo la ruta que deberán seguir los conductores, pudiendo ésta, ser reemplazada por la señal reglamentaria correspondiente (R-31) NOTA: VER FIGURA EN DIARIO OFICIAL PAG. 5
5.2.3.4. Señalización de camino o calle cerrada.
Se utilizará antes de un punto en el cual se ha cerrado un camino o calle al tránsito, o donde se permita sólo el tránsito local, vale decir, aquel que tiene como destino algún punto ubicado antes del lugar donde se ha cerrado el camino. La indicación de distancia en metros o Km. es opcional.
NOTA: VER FIGURA EN DIARIO OFICIAL PAG. 5
5.2.3.5. Señal para informar proximidad de un sector donde sólo hay una Pista en uso.
Se colocará por lo menos a 300 mts. del lugar donde se inicia el tramo que ha quedado, temporalmente, con sólo una pista en uso para el tránsito en ambos sentidos.
NOTA: VER FIGURA EN DIARIO OFICIAL PAG. 5
5.2.3.5. Señal "Peligro A.......M".
Anunciará la proximidad de un peligro, cuya naturaleza se advertirá posteriormente.
En las zonas rurales esta señal se instalará como mínimo a 100 mts.; en las zonas urbanas se colocará a la distancia que las características del entorno lo permitan.
NOTA: VER FIGURA EN DIARIO OFICIAL PAG. 5
5.3. ELEMENTOS PARA CANALIZAR EL TRANSITO.
5.3.1. Consideraciones Generales.
Los elementos que se utilizan permiten delimitar las superficies disponibles para el tránsito, así como aislar las áreas afectadas por trabajos. Además, permiten definir las variaciones en el perfil transversal, garantizándose de esta forma un nivel de seguridad adecuado tanto a los usuarios de la vía como al personal a cargo de las faenas.
5.3.2. Canalizadores de uso permitido
5.3.2.1. Conos de Tránsito
Se emplearán en todos los casos en que sea necesario definir una variación en el perfil transversal disponible para el tránsito de vehículos; éstos deberán tener como mínimo una altura de 47,5 cm.
Pueden fabricarse de diversos materiales que permitan soportar un impacto sin que se dañen o hagan daño a otros vehículos, (goma, material plástico, PVC).
Se emplearán conos de mayor tamaño cuando el volúmen de tránsito, velocidad u otros factores lo requieran. Los conos serán de color naranja y en caso de uso nocturno deberán ser reflectantes o equiparse con dispositivos luminosos para que tengan buena visibilidad.
NOTA: VER FIGURA EN DIARIO OFICIAL PAG. 6
5.3.2.2. Barreras
Se utilizarán en los casos en que sea necesario definir una variación en el perfil transversal disponible para el tránsito de vehículos.
Deben poseer la característica de no ocasionar daños serios a los vehículos que, inadvertidamente, lleguen a embestirlas. Las marcas de la baranda serán franjas alternadas negras y naranjas reflectantes, con una inclinación hacia abajo de 45°, en dirección al lado donde pasa el tránsito. Sin embargo, se recomienda iniciar la canalización con conos de tránsito.
Las barreras serán de 3 tipos, tipo I, tipo II y tipo III. Las características de cada tipo se detallan en la tabla siguiente:
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Características TIPOS DE BARRERAS
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I II III
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Ancho de
la barrera 0,20m. mín. 0,20m. mín. 0,20m. mín.
0,30m. máx. 0,30m. máx. 0,30m. máx.
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Largo
de la
barrera 1,50m. a 2 m. 1,50m. a 2 m. 1,50m. mín.
máx. var.
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Ancho
de las
franjas 0,15m. 0,15m. 0,15m.
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Altura 0,70m. mín. 0,70m. mín. 0,70m. mín.
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Tipo de Desmontable Desmontable Desmontable
instalación o fijo
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Flexibilidad Portátil Portátil Esencialmente
permanente
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NOTA: VER FIGURAS EN DIARIO OFICIAL PAG. 6
En los proyectos de obras, cuando una sección de la vía se ha cerrado al público, se instalarán barreras Tipo III en los puntos de cierre.
Pueden extenderse a lo ancho de toda la calle o camino incluyendo bermas (a modo de reja).
Cuando se cierra una calle o camino, pero se debe permitir el paso de tránsito local, la barrera tipo III no se instalará a lo ancho de toda la vía, y se adoptarán las medidas necesarias que permitan el uso local, pero que impidan al tránsito de los demás vehículos. Se debe colocar señalización para indicar que sólo está permitido el tránsito local.
El tipo I y el tipo II de barreras se usará cuando el tránsito a través de la zona de trabajo se mantiene, para canalizar la circulación y para cercar el área de trabajo. La importancia de estas barreras es su movilidad, y que pueden usarse indistintamente. NOTA: VER FIGURA EN DIARIO OFICIAL PAG. 6
5.3.2.3. Tambores
Estos elementos de canalización de tránsito deberán usarse especialmente para delimitar las áreas de construcción, trabajos de repavimentación y ensanche de calzadas. Su principal función es delimitar el área de circulación vehicular en los sectores en que se mantiene el alineamiento longitudinal. Ellos deberán ser de metal de 30 a 55 galones de capacidad, de color negro con a lo menos dos franjas circunferenciales horizontales de color naranja reflectantes de 0,20 m. de ancho, como se muestra en la figura.
Deberán colocarse siempre con señales de advertencia previas, y en los casos de utilización en serie para canalización deberán agregarse luces permanentes de advertencia.
Los tambores deberán llenarse como máximo hasta un cuarto de su capacidad - con agua, tierra o materiales pétreos. Además, deben tener la característica de ser transportables de modo de poder cambiarlos fácilmente de ubicación a medida que avanza la obra.
NOTA: VER FIGURA EN DIARIO OFICIAL PAG. 6
5.3.2.4. Delineadores
Estos elementos indican la alineación horizontal y vertical del camino o calle permitiendo señalar la pista correcta para los vehículos. Deberán colocarse lo suficientemente cerca para delinear claramente el paso para los vehículos durante las horas de oscuridad. El uso de estos elementos puede hacerse en combinación con otros elementos de canalización.
Los delineadores deberán consistir de una placa de 0,15 m. a 0,20m. de ancho y 0,60m. de altura, mínima, tener franjas y ser reflectantes, y estar colocados con la parte inferior de la placa a una distancia mínima de 0,50 m. sobre la calzada en un poste liviano. Las granjas de la placa serán alternadas de 0,12 m. de ancho, en color negro y naranja reflectante, con una inclinación hacia abajo de 45°, orientadas hacia el lado donde debe pasar el tránsito. El dispositivo completo deberá ser visible a una distancia mínima de 300 mts. cuando se ilumine con las luces altas de un vehículo normal.
NOTA: VER FIGURAS EN DIARIO OFICIAL PAG. 6
5.4.CANALIZACION
Sin duda, cuando mediante los dispositivos indicados precedentemente se canaliza el tránsito debido a un angostamiento del ancho de la calzada, es muy importante establecer la longitud del tramo de transición. Una disminución gradual inadecuada producirá operaciones de tránsito ajenas a la voluntad de los usuarios, con la resultante congestión y probabilidades de accidentes.
Por lo anterior, se recomienda considerar las distancias mínimas contempladas en la siguiente tabla:
Veloc. Longitud de Transición
(Km/Hra.) (Mts) (L)/por pista
-------------------------------------------------------
60 135
55 130
50 110
45 105
40 100
Las longitudes mínimas que entrega la tabla precedente corresponde a carreteras planas de alineamiento recto. En otras circunstancias es problable que se requiera de algunos ajustes. En general, las mejores operaciones de tránsito resultan cuando los ajustes consisten en aumentar la longitud de transición.(L).
Los elementos canalizadores no deberán estar separados entre sí más de 5 mts. en zonas urbanas y no más de 10 mts. en zonas rurales.
NOTA: VER FIGURA EN DIARIO OFICIAL PAG. 6
5.5. DISPOSITIVOS LUMINOSOS
En algunos casos, es necesario poner iluminación adicional a las señalizaciones reflectantes, barreras y otros elementos de canalización.
A este efecto se utilizarán 2 tipos de luces eléctricas, las que se describen en los párrafos siguientes.
5.5.1. Reflectores
Las actividades de construcción y mantenimiento crean a menudo en la vía misma o en las cercanías, riesgos cuya correcta percepción y evaluación sólo son posibles con una visión de conjunto del área involucrada.
Estas situaciones pueden presentar riesgos adicionales en horarios nocturnos dada la disminución en el área observada por el conductor. En estos casos, además de la señalización correspondiente, se deberá iluminar el sector, para así recuperar la visión de conjunto indispensable para una conducción segura. Algunos casos a considerar son:
- circulación de peatones.
- tramos en las cuales se presenten variaciones en la calidad de la superficie de la calzada.
- control por bandereros.
- trabajos nocturnos.
- cruce de maquinarias.
En los casos en que la iluminación normal existente sea satisfactoria, no será necesario el empleo de reflectores.
Los reflectores deberán colocarse en forma tal que se ilumine correctamente el área deseada sin producir deslumbramiento a los conductores de vehículos.
5.5.2. Luces Intermitentes Eléctricas (Faros)
El faro de identificación de peligro consiste en una luz intermitente amarilla, con un diámetro mínimo de 0,20 m. ubicado en lugares de riesgo especial para llamar la atención de los conductores hacia estos puntos. Cuando se utilizan estos faros intermitentes, deben funcionar las 24 hrs. del día.
Su uso será obligatorio en obras viales cuyo período de ejecución contemple horarios sin luz solar.
Deben instalarse alternadamente sobre los elementos de canalización (conos, barreras, delineadores, etc.), comenzando por el que la inicia.
La frecuencia de las luces intermitentes deberá ser no menor de 55 ni más de 75 destellos por minuto. Las lámparas deberán estar energizadas entre el 7% y el 15% de la duración de cada ciclo, y el nivel de intensidad luminosa durante ese período deberá ser como mínimo - de 1,5 candelas, esta cantidad medida en la superficie sobre un plano paralelo al lente y limitado por líneas a 5 grados sobre y bajo el eje óptico, y 10 grados a la izquierda y derecha del mismo. La luz emitida será de color amarillo.
NOTA: VER FIGURA EN DIARIO OFICIAL PAG. 7
5.6. REGULADORES DEL TRANSITO
5.6.1. Semáforos
Los semáforos se usarán en forma preferente para regular el paso de vehículos en tramos en que sólo sea posible dejar una pista en uso para todos los movimientos vehiculares. Asimismo, podrán utilizarse para establecer una intersección que permita el acceso a la zona de trabajos.
Estos dispositivos deberán cumplir lo estipulado en el capítulo IV de este manual con las siguientes excepciones:
- No será necesario considerar los criterios de justificación para su instalación.
- La altura mínima -medida desde el nivel del terreno hasta la parte inferior de cabezal- será de 1,5 metros.
- Deberá desenergizarse cuando su operación no sea necesaria.
- El ciclo de operación del semáforo deberá tener un período menor que 120 segundos.
Esta última característica hará que no sea posible utilizar un semáforo para controlar tramos mayores que 100 metros de calzadas unidireccionales. En estos casos se deberá recurrir a un banderero pues las significativas demoras que se producen en estas situaciones pueden hacer que los usuarios no cumplan las indicaciones del semáforo por creer que el equipo no está funcionando adecuadamente.
5.6.2. Regulación por medio de Bandereros
En los casos que no sea posible, o conveniente, regular el tránsito por medio de semáforos se recurrirá al uso de bandereros, colocándose uno en cada extremo. Uno de ellos deberá ser designado banderero jefe, con la misión de coordinar los movimientos y será responsable de la operación general. Deberá garantizarse la correcta comunicación entre los bandereros, en los casos que no existe visibilidad directa entre éstos, ya sea por ser horario nocturno, neblina u otro, debiéndose recurrir al uso de equipos de radiotelefonía.
La posición correcta del banderero es de frente al tránsito que se acerca al sector en trabajo, en la pista con barrera, antes de entrar al angostamiento de la calzada, o en la berma adyacente a la pista que conserva su sentido de tránsito y pasa a ser usada alternadamente. Bajo ninguna circunstancia permanecerá en la pista en uso y, permanentemente, deberá ser visible para los conductores que se aproximan.
Para facilitar lo anterior y evitar confusiones, estará solo y no permitirá que se junten a su alrededor o proximidades, grupos de trabajadores, comerciantes u otras personas. Estará a suficiente distancia de los trabajadores y del área de trabajo para prevenir en caso de algún peligro, como por ejemplo un vehículo fuera de control.
El lugar donde se ubique el puesto del banderero deberá estar protegido adecuadamente, con elementos de canalización en el eje de la calzada y precedido de señales de advertencia. Durante la noche, deberá iluminarse correctamente.
5.6.2.1. Bandera
Consistirá en un rectángulo de 0,6 por 0,6 m. hecha de metal u otro material rígido cubierto por ambos lados con material reflectante rojo.
Irá colocada en un palo de 1,0 m. de largo aproximadamente, pintado de blanco.
5.6.2.2. Significado de las Indicaciones del Banderero
- Para detener el tránsito. Se ubicará de frente hacia los conductores que desea detener y extenderá la bandera con la mano derecha, en forma horizontal, con el brazo también extendido en dicha posición. Cuando se hayan detenido los primeros vehículos, puede bajar la bandera en 45°, o dejarla horizontal en un soporte adecuado.
Asimismo podrá hacer oscilar la bandera a fin de prevenir o indicar una reducción de velocidad.
- Para permitir el Tránsito, Avanzar. Girará hacia la derecha, ubicándose al costado, en forma paralela al movimiento del tránsito, con la bandera y el brazo derecho fuera de la vista del conductor y hará señas con el brazo izquierdo para que avancen los vehículos. BANDERERO
Equipo y significado de sus indicaciones.
NOTA: VER FIGURAS EN DIARIO OFICIAL PAG. 7
5.6.2.3. Uniforme del Banderero.
El banderero deberá usar:
- Casco de color naranja, con una franja reflectante roja en la parte trasera y una blanca en el frente. Estas franjas serán de 0,10 m. de largo por 0,05 m. de ancho, colocadas en sentido horizontal.
- Chaleco de color naranja, con a lo menos tres franjas reflectantes blancas, de un ancho mínimo de 0,05 m. colocadas en sentido horizontal, alrededor de todo el chaleco.
- Capa impermeable de color amarillo, en caso de lluvia o cuando las condiciones climáticas lo requieran. Llevará una franja reflectante blanca, de 0,15 m. de ancho colocada horizontalmente en el tercio superior a la altura del tórax.
El banderero debe ser visible para los conductores que se acercan desde una distancia suficiente, que permita una respuesta oportuna de ellos en cuanto a cumplir las indicaciones que se les hagan.
NOTA: VER FIGURAS EN DIARIO OFICIAL PAG. 7 Y 8