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Ley 7889

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Ley 7889

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Ley 7889 Ley núm. 7,889 PROHIBE VENDER BOLETOS O FRACCION DE BOLETO DE LA LOTERIA DE LA UNIVERSIDAD DE CONCEPCION O DE LA POLLA CHILENA DE BENEFICENCIA A MAYOR PRECIO QUE EL INDICADO EN ELLOS

MINISTERIO DEL INTERIOR

Ley 7889

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Promulgación: 29-SEP-1944

Publicación: 14-OCT-1944

Versión: Texto Original - de 14-OCT-1944 a 03-FEB-1964

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Ley núm. 7,889

PROHIBE VENDER BOLETOS O FRACCION DE BOLETO DE LA LOTERIA DE LA UNIVERSIDAD DE CONCEPCION O DE LA POLLA CHILENA DE BENEFICENCIA A MAYOR PRECIO QUE EL INDICADO EN ELLOS

    Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al siguiente

    Proyecto de Ley


    Artículo 1.o Prohíbese vender boletos o fracción de boleto de la Lotería de la Universidad de Concepción o de la Polla Chilena de Beneficencia a mayor precio que el indicado en ellos.
    La infracción a lo dispuesto en el inciso anterior será sancionada con multa de cincuenta a mil pesos, la que se podrá duplicar en caso de reincidencia.


    Artículo 2.o Serán competentes para la aplicación de esta ley, los Jueces de Policía Local, en conformidad a la ley N.o 6,827, de 28 de Febrero de 1941, y donde no los hubiere, el Alcalde respectivo.


    Artículo 3.o La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.


    Y por cuanto he tenido a bien promulgarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, veintinueve de Septiembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.- JUAN ANTONIO RIOS M.- Osvaldo Hiriart.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Última Versión
De 04-FEB-1964
04-FEB-1964
Texto Original
De 14-OCT-1944
14-OCT-1944 03-FEB-1964

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