Decreto 294
Decreto 294 DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO AL "TEATRO DEL SINDICATO Nº 6", UBICADO EN LA COMUNA DE LOTA, REGIÓN DEL BÍO-BÍO.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 05-AGO-2009
Publicación: 09-SEP-2009
Versión: Única - 09-SEP-2009
DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO AL "TEATRO DEL SINDICATO Nº 6", UBICADO EN LA COMUNA DE LOTA, REGIÓN DEL BÍO-BÍO.
Núm. 294.- Santiago, 5 de agosto de 2009.- Considerando:
Que el Sindicato Industrial Nº 6 comenzó a organizarse en 1926 y que en el año 1946 compra un terreno, colindante a la Plaza de Armas para construir una sede sindical que además sirviera de teatro;
Que en 1954, se hacen cargo del proyecto los arquitectos Sergio Bravo Ramos, Javier Gutiérrez o Maco Gutiérrez, Carlos Martner García y Betty Fishman Lohaus;
Que el proyecto definitivo presentó una superficie de 3.000 m² aproximadamente;
Que en 1957 se paraliza la construcción, por agotamiento de los recursos, pero ese mismo año comienza la utilización del edificio en obra gruesa y sin su cubierta. En 1960 se techa provisoriamente y se habilita el interior;
Que se destaca por su valor social y político, pues el edificio se realizó mediante el trabajo y el financiamiento de la construcción por parte de los mineros de Lota, siendo el Teatro del Sindicato Nº 6 (también denominado Teatro de los Mineros de Lota) un reflejo de la organización y capacidad del movimiento sindical chileno, dentro del cual el sindicato de Lota destaca como un actor relevante;
Que, tanto para su diseño como para la realización de sus murales, se les consultó a los mineros en asambleas abiertas, quienes acordaron que los murales retrataran diferentes aspectos de la vida de la ciudad y sus habitantes.
Que se destaca por su valor artístico, ya que el proyecto integró desde un comienzo la participación de artistas plásticos. El destacado pintor, Julio Escámez, proyectó un mural de 7 metros de ancho x 9 metros de alto en la fachada principal.
Que se destaca por su valor arquitectónico y urbano. El Edificio se emplaza en el centro de la ciudad, frente a la plaza de armas y puede ser considerado como una de las primeras obras significativas de arquitectura del Movimiento Moderno de la Región del Bío-Bío.
Que el hecho de no estar concluida la cubierta del edificio no afecta sus valores arquitectónicos.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 del decreto supremo Nº 100 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; la Ley Nº 17.288, de 1970; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el oficio ordinario Nº 2.734 de 18 de junio de 2009 del Consejo de Monumentos Nacionales; el Acta de Sesión del Consejo de Monumentos Nacionales (punto 245) de 18 de marzo de 2009; carta de Betty Fishman Lohaus, Carlos Martner García, Sergio Bravo Ramos y Miguel Lawner Steiman de 21 de julio de 2008;carta de José Carrillo Bermedo, ex Presidente del Sindicato Nº 6 ENACAR Lota de 21 de junio de 2001; carta de apoyo de la Federación de Trabajadores del Cobre FTC de 24 de mayo de 2001; Carta del Presidente de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Lota, carta de apoyo SEREMI de Minería de la VIII región de junio de 2001; Carta de apoyo del Colegio de Arquitectos de Chile, de junio de 2001; carta de apoyo de la Confederación Minera de Chile de 24 de mayo de 2001; y la resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República de Chile.
Decreto:
Artículo único: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico, al Teatro del Sindicato Nº 6, también denominado Teatro de los Mineros de Lota, ubicado en la comuna de Lota, Región del Bío-Bío.
El área protegida tiene una superficie aproximada de 835,8 m², como se grafica en el polígono con las letras A-B-C-D-A, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 09-SEP-2009
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09-SEP-2009 |
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