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Decreto 1197 EXENTO

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Decreto 1197 EXENTO

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Decreto 1197 EXENTO MODIFICA DECRETO Nº 1.230, DE 1989, EN LA FORMA QUE INDICA

MINISTERIO DE HACIENDA; SUBSECRETARÍA DE HACIENDA

Decreto 1197 EXENTO

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Promulgación: 30-OCT-2009

Publicación: 11-NOV-2009

Versión: Única - 11-NOV-2009

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MODIFICA DECRETO Nº 1.230, DE 1989, EN LA FORMA QUE INDICA

    Núm. 1.197 exento.- Santiago, 30 de octubre de 2009.- Vistos: El decreto supremo Nº 1.230, de 1989, del Ministerio de Hacienda, que establece las aduanas; fija los puntos habilitados para el paso de personas y mercancías por las fronteras, determina las destinaciones aduaneras susceptibles de tramitarse ante las aduanas y las operaciones aduaneras que podrán realizarse por los puntos habilitados; el decreto con fuerza de ley Nº 30, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ordenanza de Aduanas, en especial, sus artículos 9 y 11; el oficio Nº 902, de 2009, de la Comisión Nacional de Energía, que solicita habilitación de puntos de salida del territorio nacional para operaciones de tránsito y exportación de graneles líquidos y gaseosos; el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por Orden del Presidente de la República"; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, sobre exención de toma de razón y demás normativa aplicable, y

    Considerando: Que, como consecuencia de la instalación en el país de terminales de recepción y de instalaciones de regasificación de gas natural licuado (GNL), resulta técnicamente factible el envío de dicho combustible a Argentina u otros países de la región, resultando conveniente adecuar la regulación aduanera para permitir dicha actividad en caso de presentarse oportunidades comerciales para ello,

    Decreto:


    Modifícase el artículo 3º del decreto supremo Nº 1.230, de 1989, del Ministerio de Hacienda, reemplazándose en los números 16 y 17 de la letra D y en el número 5 de la letra J, el texto de la columna "Operaciones Aduaneras", por el siguiente: "Paso de personas e importación, exportación y tránsito de graneles líquidos y gaseosos".



    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, María Olivia Recart Herrera, Subsecretaria de Hacienda.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 11-NOV-2009
11-NOV-2009

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