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Decreto 483

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Decreto 483

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Decreto 483 DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO EL ESTADIO VÍCTOR JARA, UBICADO EN EL PASAJE ARTURO GODOY N° 2750, DE LA COMUNA Y PROVINCIA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decreto 483

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Promulgación: 30-DIC-2009

Publicación: 02-MAR-2010

Versión: Última Versión - 17-JUL-2017

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DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO EL ESTADIO VÍCTOR JARA, UBICADO EN EL PASAJE ARTURO GODOY N° 2750, DE LA COMUNA Y PROVINCIA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA

    Núm. 483.- Santiago, 30 de diciembre de 2009.- Considerando:
    Que, el Estadio Víctor Jara es una obra del destacado arquitecto y docente de la Universidad de Chile don Mario Recordón Burnier, realizada en colaboración con el arquitecto Jorge Patiño. Fue inaugurado en el año 1969 con el nombre de Estadio Chile y en el año 2003 se cambia dicho nombre al de Estadio Víctor Jara, en homenaje al cantautor popular reconocido nacional e internacionalmente, quien fue detenido, torturado y asesinado en dicho recinto deportivo.
    Que, el Estadio Víctor Jara está construido con muros de hormigón armado de 30 cm. y pilares y vigas del mismo material, destaca su cúpula con estructura de acero. Posee una multicancha de pulastic y una residencia deportiva, que puede albergar hasta 185 deportistas.
    Que, el estilo arquitectónico del Estadio Víctor Jara se caracteriza por la búsqueda de la forma y la función, representa la expresión de la corriente racionalista del primer tercio del Siglo XX, donde hay una mirada estrictamente ligada a la funcionalidad del espacio creado, que condiciona la estructura, que se destaca por la pureza y exaltación de las líneas rectas, con un diseño sobrio y armonioso, con cómodos espacios, buen acceso y evacuación expedita.
    Que, la arquitectura del Estadio permitió que en un terreno relativamente pequeño, se lograra disponer localidades cómodas para 6.500 espectadores, sobre la base de graderías y con pendientes acusadas, bajo las cuales se construyeron los dormitorios, camarines, gimnasio, clínica, baños, comedores y casino.
    Que, el Estadio Víctor Jara fue el primer recinto deportivo techado en Chile. Fue sede del Festival de la Nueva Canción Chilena, una de las expresiones más importante de la música popular en los años 1969, 1970 y 1971 y en este marco cabe señalar que el año 1969 obtuvo el primer lugar "Plegaria de un Labrador" de Víctor Jara y el lugar donde se estrenó la Cantata Santa María de Iquique de Luis Advis, interpretada por el grupo Quilapayún, en el año 1970.
    Que, a contar del 11 de septiembre de 1973 el Estadio Víctor Jara fue utilizado como centro de detención por la Junta Militar de Gobierno. Se distinguen en su historia tres períodos.

1º período: del 11 al 15 de septiembre de 1973:

    El 11 de septiembre de 1973 llegan los primeros detenidos quienes provenían, principalmente, de la Universidad Técnica del Estado, actual Universidad de Santiago, ese día se estima que llegaron entre 500 y 800 personas.
    A partir del 15 de septiembre se produce un desalojo masivo de detenidos, algunos fueron liberados, pero gran parte de ellos fueron trasladados el Estadio Nacional, siendo la mayoría obligados a permanecer en el Estadio Chile, los que no salieron con vida, entre ellos Víctor Jara y Litre Quiroga.

2° período: del 15 de noviembre de 1973 a julio de 1974:

    En noviembre de 1973, el Ministro de Interior de la Junta de Gobierno, anunció que el Estadio Nacional había "quedado completamente despejado" y que 109 detenidos serían trasladados al Estadio Chile.
    Desde ese momento y hasta julio de 1974 el Ex-Estadio Chile se transformó en el principal centro de detención de la capital, y recibió a personas provenientes de Tres Álamos, Chacabuco, Regimiento Tacna, de la Policía de Investigaciones y otros centros de detención.

3° período: Retorno a la democracia:

    En abril 1992, se realizaron las Jornadas de Purificación, convocadas por Joan Jara, sus hijas Amanda y Manuela y dirigidas por Andrés Pérez y Patricio Bunster.
    Entre los años 1993 y 1998 en este Estadio se realizaron, fundamentalmente eventos artísticos y culturales y, en menor grado, deportivos.
    En el año 1998 se inician las gestiones para el cambio de nombre de Estadio Chile a Estadio Víctor Jara, que se formaliza en el año 2003 y en el año 2005 se inicia la campaña para la reapertura del Estadio Víctor Jara.
    El Estadio ha sido inhabilitado por la I. Municipalidad de Santiago en dos oportunidades, en razón que el inmueble no cuenta con la recepción final de obras, entre agosto y septiembre de 2005 y desde junio de 2009 a la fecha, y

    Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto ha sido refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; ley N° 17.288, de 1970; decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; Acta de Sesión de 14 de octubre de 2009 del Consejo de Monumentos Nacionales (punto 21); Ords. N° 5006 y N° 5114, del Secretario del Consejo de Monumentos Nacionales, de 23 y 27 de noviembre de 2009, respectivamente; carta de don Igor Garafulic O., Intendente de la Región Metropolitana, de mayo de 2009; Memorándum N° 9612009 de don Jaime Pizarro H., Subsecretario-Director Nacional del Instituto Nacional de Deportes, de 23 de junio de 2009; carta de don Pablo Zalaquett, Alcalde de la Municipalidad de Santiago, de octubre de 2009; Cartas de señora Gloria Konig, Directora Ejecutiva de la Fundación Víctor Jara, de 3 de agosto y de 7 de octubre, ambas de 2009; Carta de Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, de octubre de 2009; y Carta de Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, de octubre de 2009,

    Decreto:

    Artículo único: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico el Estadio Víctor Jara, ubicado en el Pasaje Arturo Godoy N° 2750, de la comuna y provincia de Santiago, Región Metropolitana.
    Él Decreto 127, EDUCACIÓN
Art. ÚNICO
D.O. 17.07.2017
área protegida tiene una superficie de 5.327,25 mts.2, como se grafica en el polígono con las letras A - B - C - D - E - F - G - H - I - J - K - L - A, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyos límites son los siguientes:

    ..




    Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Mónica Jiménez de la Jara, Ministra de Educación.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Cristián Martínez Ahumada, Subsecretario de Educación.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Última Versión
De 17-JUL-2017
17-JUL-2017
Texto Original
De 02-MAR-2010
02-MAR-2010 16-JUL-2017

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