Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional Ley Chile
  • Ingresar
  • Registrarse

¿No está registrado? Regístrese

¿Olvidó su Contraseña?

¿Ya tiene una cuenta? Ingrese

BCN
  • icono
Portada
Selección
Contacto
Búsqueda avanzada
Portada
Selección
Contacto
Cerrar Navegar Norma Cerrar
Portada
Resolución 817 EXENTA

Navegar Norma

Resolución 817 EXENTA

  • Encabezado
  • Artículo
  • Promulgación

Resolución 817 EXENTA COMPLEMENTA RESOLUCIÓN N° 427 EXENTA, DE 2010, QUE DEFINE LISTA DE ALÉRGENOS ALIMENTARIOS QUE DEBEN ROTULARSE CONFORME AL ARTÍCULO 107 LETRA H) DEL REGLAMENTO SANITARIO DE LOS ALIMENTOS

MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA

Resolución 817 EXENTA

Seleccione las notificaciones a registrar


Promulgación: 26-DIC-2012

Publicación: 12-ENE-2013

Versión: Única - 18-OCT-2013

MODIFICACION
  • Texto
  • Versiones
Escuchar

COMPLEMENTA RESOLUCIÓN N° 427 EXENTA, DE 2010, QUE DEFINE LISTA DE ALÉRGENOS ALIMENTARIOS QUE DEBEN ROTULARSE CONFORME AL ARTÍCULO 107 LETRA H) DEL REGLAMENTO SANITARIO DE LOS ALIMENTOS

    Núm. 817 exenta.- Santiago, 26 de diciembre de 2012.- Vistos: Lo establecido en los artículos 4° N° 2 y artículo 7° del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; lo dispuesto en el Título III del Libro Cuarto del Código Sanitario; en el artículo 7° del decreto N° 136, de 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; en el artículo 107 del decreto supremo N° 977, de 1996, del Ministerio de Salud que aprueba el Reglamento Sanitario de los Alimentos, y lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y

    Considerando:

    1.- Que, mediante resolución exenta N° 427 de fecha 14 de junio de 2010, del Ministerio de Salud, se procedió a definir la lista de alérgenos alimentarios que deben rotularse conforme al artículo 107 letra h del Reglamento Sanitario de los Alimentos.
    2.- Que, mediante memorándum N° 1091, de fecha 13 de noviembre de 2012, de Jefa de División de Políticas Públicas saludables y promoción, se solicita modificación de la resolución N° 427/2010, ya citada, con el objeto de agregar nueva información al final del punto número uno de la parte resolutiva.
    3.- Que, en virtud de lo anteriormente señalado, dicto la siguiente:

    Resolución:

    1° Compleméntese la resolución exenta N° 427, de fecha 14 de junio de 2010, incorporando al final del punto número uno de la parte resolutiva, el siguiente nuevo texto, a saber:

    "Se exceptúan de esta obligación:

º    Los jarabes de glucosa a base de trigo, incluida la dextrosa; Maltodextrinas a base de trigo; jarabes de glucosa a base de cebada.
º    La gelatina de pescado utilizada como soporte de vitaminas y aromas.
º    Aceite y grasa de soja refinados; Tocoferoles naturales mezclados (E306), D-alfa tocoferol natural, acetato de D-alfa tocoferol natural y succinato de D-alfa tocoferol natural derivados de soja, fitosteroles y ésteres de fitosterol derivados de aceites vegetales de soja; Ésteres de fitostanol derivados de fitosteroles de aceite de soja)
º    Lactitol."

    2° Déjase constancia de la plena vigencia de la resolución exenta N° 427, de 14 de junio de 2010, en todo aquello no modificado por esta resolución.
    3° La presente resolución entrará en vigencia el día 18 de octubre de 2013.


    Anótese y publíquese.- Jorge Díaz Anaiz, Subsecretario de Salud Pública.
    Transcribo para su conocimiento resolución exenta N° 817/2012.- Saluda atentamente a Ud., Jorge Díaz Anaiz, Subsecretario de Salud Pública.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 18-OCT-2013
18-OCT-2013

Comparando Resolución 817 EXENTA |

Loading...

Enlace a la parte

Acortar

Resultado de búsqueda para :

Término encontrado en la siguiente parte.
Sin resultados

Detalles Partes

Escuchar

Metadatos internos

Síguenos en:
Cuenta de X de la Biblioteca del Congreso Nacional Facebook Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Instagram de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Flickr de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Tiktok de la Biblioteca del Congreso Nacional Canal de Youtube de Biblioteca del Congreso Nacional
Políticas de privacidad Mapa del sitio Ubicación horarios y teléfonos
logo ISO-9001 logo IQNET
Creative Commons

Alternativas para descargar

  1. Descarga con Firma Electrónica Avanzada (FEA)

    - Esta opción garantiza la autenticidad e integridad del documento mediante una firma electrónica avanzada.
    - El proceso puede tardar unos momentos, ya que el documento se firma digitalmente en línea de forma automática. Le pedimos paciencia mientras se completa la operación.
  2. Descarga sin firma

    - Puede descargar el documento inmediatamente, pero sin firma electrónica avanzada.
    - Esta opción es más rápida, pero no incluye elementos de validación digital.
    Descargar ahora sin firma

Informamos a nuestros usuarios que, por inconvenientes técnicos que afectan temporalmente al Diario Oficial, las normas que deberían ser publicadas en nuestro sistema Ley Chile hoy 4 de marzo de 2025, no se encontrarán disponibles por el momento. Para su tranquilidad, Ley Chile se mantiene disponible y actualizado hasta el día de ayer.