Decreto 318 EXENTO
Decreto 318 EXENTO AMPLÍA LISTADO DE PERITOS QUE INDICA
MINISTERIO DE HACIENDA
AMPLÍA LISTADO DE PERITOS QUE INDICA
Núm. 318 exento.- Santiago, 2 de octubre de 2013.- Vistos: El inciso 2º del artículo 4º del decreto ley Nº 2.186, de 1978, modificado por el artículo único de la ley Nº 18.932; decreto supremo Nº 692, de Hacienda, de 7 de diciembre de 1978; ley Nº 20.175; decreto supremo Nº 19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2001; resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, de 2008; oficio ordinario Nº 4-733, de 19 de julio de 2013, del señor Intendente de la Región de Valparaíso; oficio Nº 627, de 2 de agosto de 2013, del señor Intendente de la Región de Antofagasta; oficio Nº D-18681, de 6 de septiembre de 2013, del señor Subsecretario del Interior; oficio Nº 760/13, de 30 de julio de 2013, del señor Intendente Regional de Tarapacá; oficio Nº D-18680, de 6 de septiembre de 2013, del señor Subsecretario del Interior; oficio Nº 759/13, de 30 de julio de 2013, del Intendente Regional de Tarapacá; oficio Nº 958, de 18 de julio de 2013, de la señora Intendenta de la Región de Aysén; Ord. Jur. Nº 1331, de 31 de julio de 2013, del señor Intendente de la Región del Biobío; oficio Nº D 18939, de 12 de septiembre de 2013, del señor Subsecretario del Interior; resevado Nº 0042, de 7 de agosto de 2013, del señor Intendente de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Of. Ord. Nº 4-919, de 4 de septiembre de 2013, del señor Intendente de la Región de Valparaíso; Ord. Nº 954, del señor Intendente de la Región de Coquimbo y,
Considerando: Que los señores Intendentes Regionales de Valparaíso, Antofagasta, Tarapacá, Aysén, Biobío, Libertador General Bernardo O'Higgins y Coquimbo han propuesto profesionales en número no inferior a seis por cada especialidad, con el objetivo de ampliar el listado de peritos a que se refiere el artículo 4º del decreto ley Nº 2.186, de 1978,
Decreto:
Amplíase, en los siguientes profesionales, la lista de peritos de las regiones que se indican, entre los cuales la entidad expropiante designará a los miembros de la Comisión encargada de determinar el monto provisional de la indemnización en un proceso expropiatorio, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4º del decreto ley Nº 2.186, de 1978,.
Regiones: Valparaíso, Tarapacá y Aysén
Ingenieros agrónomos:
- Helmuth Felipe Alarcón Villegas
- Carlos Roberto Alarcón Villegas
- Evelyn Danitza Farías Zurita
- César Enrique Leiva Hervias
- Alex Rodrigo Marobolí Sandoval
- Miguel Ángel Toro Pérez
Regiones: Antofagasta, Tarapacá, Biobío, Libertador General Bernardo O'Higgins
Arquitectos:
- Patricia Eliana Cortés Torres
- Angélica Sofía Guzmán Pérez
- José Mario Garrido Schiesser
- Renaldo Walter Kliche León
- Ana María García Merino
- José Antonio Leonardo Rojas Moraga
- Rodrigo Patricio García Invernizzi
Regiones: Valparaíso y Coquimbo
Ingenieros:
- Guido Andrés Blanco Espinoza
- Rodrigo Andrés Farías Pincheira
- Pedro Antonio Henríquez Tamblay
- Ignacio Javier Lorca Pérez
- Gustavo Andrés Orrego Orellana
- Masah Elon Rodríguez González
- Jonathan Alberto Urquiza Gutiérrez
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 16-OCT-2013
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16-OCT-2013 |
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