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Ley 20779

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Ley 20779

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Ley 20779 Firma electrónica MODIFICA ART. 391, Nº2 DEL CÓDIGO PENAL, CON EL OBJETO DE AUMENTAR LA PENALIDAD AL DELITO DE HOMICIDIO SIMPLE

MINISTERIO DE JUSTICIA

Ley 20779

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Promulgación: 12-SEP-2014

Publicación: 17-SEP-2014

Versión: Única - 17-SEP-2014

Materias: Homicidio Simple, Aumento de pena, Artículo 391, Código Penal, Ley No. 18.216

Resumen: Por medio de la presente ley, se modifica el Código Penal, en su artículo 391, con el objeto de aumentar la penali ... ver más >>

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LEY NÚM. 20.779
     
MODIFICA ART. 391, Nº2 DEL CÓDIGO PENAL, CON EL OBJETO DE AUMENTAR LA PENALIDAD AL DELITO DE HOMICIDIO SIMPLE
     
    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley correspondiente a los boletines Nºs 8.216-07 y 8.609-07, refundidos, originados en mociones de los exdiputados señores Marcelo Díaz Díaz, Jorge Burgos Varela y Felipe Harboe Bascuñán, y diputado señor Cristián Monckeberg Bruner, la primera iniciativa; y del exdiputado señor Cristián Letelier Aguilar, las diputadas señoras Andrea Molina Oliva y Claudia Nogueira Fernández, las exdiputadas señoras María Angélica Cristi Marfil y Mónica Zalaquett Said, y los diputados señores Arturo Squella Ovalle, Jorge Ulloa Aguillón e Ignacio Urrutia Bonilla, la segunda de ellas
     
    Proyecto de ley:
     
    "Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 391 del Código Penal:
     
    1.- Sustitúyense, en el número 1º, la frase "presidio mayor en su grado medio" por "presidio mayor en su grado máximo".
     
    2.- Reemplázase el número 2º por el siguiente:
     
    "2º Con presidio mayor en su grado medio en cualquier otro caso.".

   
    Artículo 2º.- Sustitúyese, en el inciso segundo del artículo 1º de la ley Nº 18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad, la expresión "390, y 391, Nº 1, del Código Penal,", por la siguiente: "390 y 391 del Código Penal,".".

     
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
     
    Santiago, 12 de septiembre de 2014.- RODRIGO PEÑAILILLO BRICEÑO, Vicepresidente de la República.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Marcelo Albornoz Serrano, Subsecretario de Justicia.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 17-SEP-2014
17-SEP-2014
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Proyecto original

1.- Aumenta la penalidad al delito de homicidio simple en el catálogo de los delitos contra la vida (Boletín N° 8216-07)

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