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Resolución 5162 EXENTA

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Resolución 5162 EXENTA AUTORIZA A LA EMPRESA "CERTANK LTDA." COMO ORGANISMO DE INSPECCIÓN, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA

MINISTERIO DE ENERGÍA; SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES

Resolución 5162 EXENTA

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Promulgación: 23-SEP-2014

Publicación: 29-ENE-2015

Versión: Única - 29-ENE-2015

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AUTORIZA A LA EMPRESA "CERTANK LTDA." COMO ORGANISMO DE INSPECCIÓN, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
     
    Núm. 5.162 exenta.- Santiago, 23 de septiembre de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.410 de 1985, Orgánica de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; el decreto supremo Nº 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las resoluciones exentas SEC Nos 1.091 y 1.092, ambas de 2006 y 642, de 1988, y la resolución exenta Nº 1.600, de 2008 de la Contraloría General de la República, sobre exención de toma de razón.
     
    Considerando:
     
    1º Que, mediante presentaciones ingresadas en esta Superintendencia bajo los OP Nºs. 09022 y 10352, de fechas 09.06.2014 y 02.07.2014 respectivamente, la empresa "Certank Ltda.", RUT Nº 77.025.460-4, representada legalmente por don Ricardo Hernández Buón y don Víctor Hidalgo Navarro, domiciliados ambos para estos efectos en calle Palestrina Nº 2527, comuna de San Joaquín, de la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, solicitó a SEC se le autorizara para actuar como Organismo de Inspección, en la aplicación del Protocolo SEC "PC-111/2", ingresando con tal objeto la documentación que a continuación se detalla, según lo dispuesto en la resolución exenta SEC Nº 1.091, de fecha 4 de agosto de 2006:

    1.1 Anexo Nº1, que enumera los productos a inspeccionar por la empresa solicitante.

    1.2 Anexo Nº 2, que adjunta separadamente los flujogramas que se aplicarán en los procesos de inspección de los Productos de Combustibles por parte de la empresa "Certank Ltda."Resolución 6635 EXENTA,
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.

    1.3 Anexo Nº 3, acompañando el certificado de acreditación emitido por el Instituto Nacional de Normalización,(en adelante sólo INN), de fecha 3 de julio de 2012, vigente hasta el día 3 de enero de 2016, mediante los cuales se verifica la acreditación de la empresa "Certank Ltda." como Organismo de Inspección Tipo A, OI 063, según NCh17020.0f2009, para el protocolo SEC "PC-111/2".
     
    .
     
    1.4 Anexo Nº 4, en donde consta la constitución legal de la empresa "Certank Ltda.", y la personería con que actúan sus representantes legales.

    1.5 Anexo Nº 5, en donde se lista el número de inspecciones/certificaciones realizadas por el organismo durante el año 2013, acreditando su experiencia en las actividades de inspección, objeto de solicitud.

    1.6 Anexos Nos 6, 7 y 8, describiendo los instrumentos y equipos utilizados en la inspección, incluyéndose los equipos auxiliares y sus características técnicas; nombre del fabricante; fecha puesta en servicio, marca, modelo; número de serie; rango; hoja de vida; contrastación y/o verificación (fechas de verificación, periodicidad y verificador empleado); calibración (periodicidad de calibración, organismo calibrador, fecha y número de certificado), fecha de próximo control y Protocolos en los cuales se utilizan los instrumentos y/o equipos denominados "Medidor de Radiación"; "Medidor Ultrasónico de Espesores de Metales"; "Detector de Poros en pintura, Holiday Detector"; "Proyector Gammagráfico"; "Medidor de Espesor de Recubrimiento"; "Caja de Vacío"; "Detector de Porosidades"; "Medidor de Espesores"; "Manómetros"; "Vacuómetro; "Estación Total"; "Equipo de Ultrasonido"; "Probador de Adherencia por Tracción"; "Luxómetro"; "Yugo Electromagnético"; "Patrón Escalonado"; "Láminas de Espesor"; "Masa Patrón"; y para los dispositivos auxiliares de ensayo denominados "Equipo de Ultrasonido"; "Probador de adherencia por Tracción"; "Bloque Patrón"; "Patrón escalonado"; "Láminas de Levante"; "Regla Metálica graduada".

    1.7 Anexo Nº 9, acompañando el Programa Anual de Mantención, Verificación y Calibración para el año 2014, de cada uno de los instrumentos y equipos enumerados en el punto precedente.

    1.8 Anexo Nº 10, en donde se acompaña respecto de cada uno de los profesionales e inspectores de la empresa "Certank LtdaResolución 6635 EXENTA,
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.", los siguientes antecedentes: Nombre; profesión; formación; fecha de titulación; universidad o institución educacional que otorgó el título; experiencia en los últimos 3 años en el área de interés; experiencia en el control estadístico de la calidad y otros antecedentes relacionados con la actividad.
     
    .
     
    1.9 Anexo Nº 11, adjuntando organigrama y cuadro resumen del personal, incluyendo a los Responsables Técnicos e Inspectores que forman parte de la empresa solicitante.

    1.10 Anexo Nº 12, acompañando modelos de formatos para las pautas de ensayos del protocolo que aplicará la empresa solicitante, elaboradas de acuerdo con el Protocolo de análisis y/o ensayos establecido por SEC.

    1.11 Anexo Nº 13, adjuntando los formatos de cada uno de los documentos que emitirá la empresa solicitante en el desarrollo de las actividades de inspección objeto de petición.

    1.12 Anexo Nº 14, adjuntando los planos arquitectónicos de sus instalaciones.
     
    2º Que, con fecha 30.06.2014, fiscalizadores de esta Superintendencia, auditaron en terreno y documentalmente los procesos de inspección de la empresa "Certank Ltda.", verificándose en dicho procedimiento que:

    2.1 Esa empresa dispone de personal capacitado e idóneo para la realización de las inspecciones exigidas en el protocolo para el cual solicita autorización.

    2.2 El personal de la misma, observaba y cumplía todos y cada uno de los procedimientos establecidos en el Protocolo ya indicado, con el objeto de realizar la inspección objeto de la solicitud.
     
    3º Que, al momento de resolver la presente solicitud se ha de considerar que la empresa denominada "Certank Ltda." ha cumplido con todos los requisitos y exigencias estipulados en las resoluciones SEC Nºs. 1.091 y 1.092, ambas de 2006, y 642, de 1988, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
     
    Resuelvo:
     
    1º Autorízase a la empresa "Certank Ltda.", RUT Nº: 77.025.460-4, representada legalmente por don Ricardo Hernández Buón y don Víctor Hidalgo Navarro, domiciliados ambos para estos efectos en calle Palestrina Nº 2527, comuna de San Joaquín, de la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, como Organismo de Inspección, en conformidad a lo establecido en la normativa vigente para la aplicación del Protocolo SEC PC-111/2, de 2011.
    2º Se deja expresa constancia que la presente autorización sólo será válida para actuar con la infraestructura física, humana y documental evaluada por está Superintendencia e informada por el Organismo de Inspección a través de los documentos indicados en los Considerandos precedentes y estará sujeta al estricto cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y normativas vigentes, especialmente las citadas en los Vistos de la presente resolución y lo establecido en el Protocolo SEC "PC-111/2 de 2011".
    3º Se deja expresa constancia que el profesional habilitado para firmar los certificados y/o informes de Inspección emitidos por la empresa "Certank Ltda.Resolución 6635 EXENTA,
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", en su calidad de Organismo de Inspección del Protocolo SEC PC-111/2 de 2011, es el señor Víctor Hidalgo Navarro, a quien se ha aludido en el Nº 2 de la tabla del punto 1.8 del Considerando 1º precedente.
    4º La presente resolución exenta entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

     
    Anótese, notifíquese y publíquese.- Luis Ávila Bravo, Superintendente de Electricidad y Combustibles.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 29-ENE-2015
29-ENE-2015

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