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Ley 20896

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Ley 20896

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Ley 20896 Firma electrónica ESTABLECE LA CONMEMORACIÓN ANUAL DEL DÍA MUNDIAL DE LOS REFUGIADOS EL 20 DE JUNIO Y DEL DÍA INTERNACIONAL DEL MIGRANTE, EL 18 DE DICIEMBRE

MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Ley 20896

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Promulgación: 29-ENE-2016

Publicación: 05-FEB-2016

Versión: Única - 05-FEB-2016

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LEY NÚM. 20.896
     
ESTABLECE LA CONMEMORACIÓN ANUAL DEL DÍA MUNDIAL DE LOS REFUGIADOS EL 20 DE JUNIO Y DEL DÍA INTERNACIONAL DEL MIGRANTE, EL 18 DE DICIEMBRE
     
    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley originado en moción de los Honorables Senadores señores Juan Pablo Letelier Morel, Francisco Chahuán Chahuán, Alejandro García-Huidobro Sanfuentes, Ricardo Lagos Weber y Jorge Pizarro Soto
     
    Proyecto de ley:
     
    Artículo 1º.- Establécese el 18 de diciembre de cada año como el "Día Internacional del Migrante".
   
    Artículo 2º.- Institúyese el 20 de junio de cada año como el "Día Mundial de los Refugiados".
   
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, 29 de enero de 2016.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Jorge Burgos Varela, Ministro del Interior  y Seguridad Pública.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 05-FEB-2016
05-FEB-2016
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Proyecto original

1.- Establece la conmemoración anual el 20 de junio del Día Mundial de los Refugiado y el 18 de diciembre, Día Mundial de los Migrantes. (Boletín N° 9324-17)

Proyectos de Modificación

1.- Modifica la ley N° 20.896, que establece la conmemoración anual del Día Mundial de los Refugiados el 20 de junio y del Día Internacional del Migrante, el 18 de diciembre, con el objeto de incorporar el reconocimiento de las personas víctimas de desplazamientos forzados interno. (Boletín N° 16039-17)

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