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Resolución 1824 EXENTA

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Resolución 1824 EXENTA

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Resolución 1824 EXENTA MODIFICA LA REGIÓN DE APLICACIÓN CONSIGNADA EN LOS CERTIFICADOS DE SUBSIDIO HABITACIONAL, EN EL SENTIDO QUE INDICA, DE DAMNIFICADOS ASIGNADOS CON SUBSIDIO HABITACIONAL DEL MES DE JULIO DE 2015, CORRESPONDIENTES AL LLAMADO ESPECIAL DISPUESTO POR LA RESOLUCIÓN Nº 2.822 EXENTA (V. Y U.), DE 2015, PARA LA ATENCIÓN DE LOS DAMNIFICADOS DE LA CATÁSTROFE DERIVADA DE MAL TIEMPO DEL MES DE MARZO DE 2015, QUE AFECTÓ A LA REGIÓN DE ATACAMA Y A LAS COMUNAS DE ANTOFAGASTA Y TALTAL DE LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA Y DISPUSO LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DEL SUBSIDIO DIRECTO

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO

Resolución 1824 EXENTA

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Promulgación: 23-MAR-2016

Publicación: 29-MAR-2016

Versión: Única - 29-MAR-2016

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MODIFICA LA REGIÓN DE APLICACIÓN CONSIGNADA EN LOS CERTIFICADOS DE SUBSIDIO HABITACIONAL, EN EL SENTIDO QUE INDICA, DE DAMNIFICADOS ASIGNADOS CON SUBSIDIO HABITACIONAL DEL MES DE JULIO DE 2015, CORRESPONDIENTES AL LLAMADO ESPECIAL DISPUESTO POR LA RESOLUCIÓN Nº 2.822 EXENTA (V. Y U.), DE 2015, PARA LA ATENCIÓN DE LOS DAMNIFICADOS DE LA CATÁSTROFE DERIVADA DE MAL TIEMPO DEL MES DE MARZO DE 2015, QUE AFECTÓ A LA REGIÓN DE ATACAMA Y A LAS COMUNAS DE ANTOFAGASTA Y TALTAL DE LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA Y DISPUSO LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DEL SUBSIDIO DIRECTO
    Santiago, 23 de marzo de 2016.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.824 exenta.
    Visto:
    El DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional y sus modificaciones; la resolución exenta Nº 2.822  (V. y U.), de fecha 28 de abril de 2015, publicada en el Diario Oficial del 5 de mayo de 2015; la resolución exenta Nº 6.299 (V. y U.), de fecha 19 de agosto de 2015, publicada en el Diario Oficial del 25 de agosto de 2015; los oficios Nº 1.924, de fecha 7 de septiembre de 2015 y Nº 2.163, de fecha 29 de septiembre de 2015, del Director Serviu Región de Atacama, por el que solicita modificar la resolución exenta Nº 6.299 (V. y U.), de 2015, en el sentido de autorizar la aplicación del subsidio habitacional correspondientes a los Certificados de Subsidio Habitacional Serie DS1T2 7-2015 NA00207 y Serie DS1T2 7-2015 NA00194, en la Región de Atacama y Coquimbo; y
    Considerando:
a)  Que por resolución exenta Nº 2.822 (V. y U.), de 2015, se formuló el Llamado Especial para el otorgamiento de subsidios habitacionales regulados por DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, para los damnificados de la catástrofe derivada de mal tiempo del mes de marzo de 2015, que afectó a la Región de Atacama y a las comunas de Antofagasta y Taltal de la Región de Antofagasta;
b)  Que mediante resolución exenta Nº 6.299 (V. y U.), de 2015, se aprobaron las nóminas de damnificados seleccionados para la asignación del subsidio habitacional regulado por el D.S. Nº 1 (V. y U.), de 2011, correspondiente al Llamado Especial dispuesto en la resolución señalada en el considerando precedente, fijándose en 61 el número de postulantes seleccionados;
c)  Que entre los postulantes seleccionados por la resolución exenta Nº 6.299 (V. y U.), de 2014, se incluyó, entre otros, a las personas que a continuación se individualizan, a cuyo favor se extendieron los Certificados de Subsidio Habitacional que se indican:
    .
d)  Que por los oficios Nº 1.924 y Nº 2.163, citados en el Visto de esta resolución, el Director Serviu Región Atacama, solicitó autorización para modificar la Región de aplicación de los Subsidios, consignados en los certificados que se indican, otorgados a las personas que se individualizan en el considerando c) de esta resolución, conforme a lo establecido en el resuelvo 7 de la resolución Nº 2.822 (V. y U.), de 2015, en la forma que se señala a continuación:
    .

    dicto la siguiente,
    Resolución:
    1º.- Autorízase el cambio de Región de aplicación del Subsidio Habitacional de las beneficiarias individualizadas en el considerando c), de la presente resolución, en el sentido de permitirles su aplicación en las Regiones de Coquimbo y Atacama, respectivamente.
    2º.- Rectifícase en el sentido señalado en el resuelvo anterior, la región de preferencia consignada en los Certificados de Subsidio Habitacional Serie DS1T2 7-2015 NA00194, correspondiente a doña Lissette Alejandra Michea Vallejo, Cédula de Identidad Nº 18.141.354-9 y Serie DS1T2 7-2015 NA00207, correspondiente a doña Daniela Nicole Jiménez Astorga, Cédula de Identidad Nº 18.710.928-0, a que se refiere el considerando c) de esta resolución.
    3º.- Transcríbase la presente resolución a los Serviu Regiones de Atacama y Coquimbo.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Jaime Romero Álvarez, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 29-MAR-2016
29-MAR-2016

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