Decreto S/N
Decreto S/N Reglamento de policía. Se pone en vijencia el formado en 1811
NO ESPEFICICADO
Promulgación: 24-ABR-1813
Publicación: no tiene
Versión: Única - 24-ABR-1813
Reglamento de policía. Se pone en vijencia el formado en 1811
Considerando el Gobierno por una parte que nunca mas bien que en las presentes circunstancias es necesario afianzar la tranquilidad pública, la seguridad de los ciudadanos, i vijilar sobre los perturbadores del órden i paz del Estado; i atendiendo por otra parte que estos fines no podrán lograrse si no adoptamos un Reglamento de Policía trabajando con un profundo exámen i conocimiento de las circunstancias políticas de este pais: despues de las mas sérias meditaciones he venido en decretar i decreto lo que sigue:
1.° El Reglamento de Policía formado en el año 1811 por el Congreso Nacional de Chile e inserto en las Auroras, será de plena autoridad en el territorio de este Reino i se guardará en todas sus partes, ínterin el Gobierno, o la autoridad que represente la soberanía, no lo derogase en el todo, o en alguna de sus partes.
2.° Se confía el alto encargo de juez mayor de Policía al benemérito ciudadano don Martin Calvo Encalada.
3.° Para el desempeño de las funciones de su cargo, i actuaciones de su juzgado, se asesorará con el licenciado don Agustín Vial i por sus enfermedades e implicancia, con don Santiago Mardones. Al efecto se estenderán a ámbos títulos de asesores en la forma de este artículo.
4.° A propuesta del Cabildo se nombran para Prefectos e Inspectores de los cuarteles, en que se divide esta ciudad, a los siguientes ciudadanos, en la forma que aquí se designan:
Prefecto del primer cuartel: don Antonio Hermida. Inspectores: don José Trucios, don Francisco Gacitúa, don Domingo Iñiguez, don José Antonio Echanes, don Antonio Flores, don José Bravo, don Manuel Renjifo, don Tadeo Diaz, don Cárlos Infante, don Felipe Calderon.
Prefecto del segundo cuartel: señor don Juan Francisco Bozca. Inspectores: don Juan Laviño, don Mariano Astaburuaga, don Gabriel Valdivieso, don Francisco Prats, don Rudecindo Castro, don Pedro Vidal, don Tomas Urmeneta, don Rafael Diaz, don Timoteo Bustamante, don Ignacio Torres.
Prefecto del tercer cuartel: El Conde Quinta Alegre. Inspectores: don Mariano Lafebre, don José María Villarroel, don Gabriel Tocornal, don José Antonio Corios, don José del Rio, don Francisco Borja Valdés, don José Jiménez de Guzman, don José Ignacio Ugalde, don Nicolas Lois.
Prefecto del cuarto cuartel: don Francisco Javier Errázuriz. Inspectores: don Roque Huici, don Rafael Correa, don Santiago Gandarillas, don Francisco Pasos, don Miguel Morales, don Matías Mujica, don Juan Francisco Montañera, don Santiago Breton.
5.° Así el Juez Mayor como los Prefectos e Inspectores se instruirán del decreto sobre rondas de la ciudad, que con esta fecha ha espedido el Gobierno para darle en la parte que les tocase el mismo cumplimiento i bajo las mismas responsabilidades que los artículos del Reglamento.
6.° Dicho Reglamento se imprimirá con el presente decreto a fin de que se circule entre todos los ciudadanos i sea mas exacto su cumplimiento.
7.° Tendránlo entendido todos los tribunales, justicias i jefes del Reyno i por todos en la parte que a cada uno tocase, se dará en cumplimiento de oído: para ello se imprimirá, publicará i fijará.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 24-ABR-1813
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24-ABR-1813 |
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