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Resolución 3771 EXENTA

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Resolución 3771 EXENTA

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Resolución 3771 EXENTA ESTABLECE FACTORES MULTIPLICADORES DEL MONTO DE SUBSIDIO BASE DE ASISTENCIA TÉCNICA Y FISCALIZACIÓN TÉCNICA DE OBRAS (FTO), SEGÚN LO DISPUESTO EN EL DS N° 10 (V. y U.), DE 2015, DE ACUERDO A SITUACIÓN DE AISLAMIENTO DE LAS COMUNAS Y LOCALIDADES DEL PAÍS

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Resolución 3771 EXENTA

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Promulgación: 20-JUN-2016

Publicación: 25-JUL-2016

Versión: Única - 25-JUL-2016

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ESTABLECE FACTORES MULTIPLICADORES DEL MONTO DE SUBSIDIO BASE DE ASISTENCIA TÉCNICA Y FISCALIZACIÓN TÉCNICA DE OBRAS (FTO), SEGÚN LO DISPUESTO EN EL DS N° 10 (V. y U.), DE 2015, DE ACUERDO A SITUACIÓN DE AISLAMIENTO DE LAS COMUNAS Y LOCALIDADES DEL PAÍS

    Santiago, 20 de junio de 2016.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 3.771 exenta.

    Visto:

    La facultad que me confiere el artículo N° 54, del DS N° 10 (V. y U.), de 2015, para fijar los valores de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras, y mediante aquello establecer un factor multiplicador que ajuste y/o complemente los valores en comunas y/o localidades del país, según su situación de aislamiento, y

    Considerando:

    a) Que la diversidad de situaciones geográficas, territoriales, demográficas, económicas y sociales existentes en el país, genera en las distintas comunas y/o localidades, diferencias en los costos de la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras y, en general, en todos los aspectos relacionados con la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del DS N° 10 (V. y U.), de 2015, haciéndose necesario ajustar los montos del subsidio base de la Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras, señalados en la resolución exenta N° 3.131 (V. y U.), de 2016 , de acuerdo a la realidad de cada comuna y/o localidad;
    b) El decreto N° 608, de 2010, del Ministerio del Interior, que establece la Política Nacional de Desarrollo de las Localidades Aisladas, y el Estudio "Identificación de Localidades en Condiciones de Aislamiento 2012", realizado por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo;
    c) La resolución exenta N° 3.130 (V. y U.), de 2016, que establece factores multiplicadores del monto del subsidio base para las comunas del país que indica, conforme a lo establecido en el inciso segundo del artículo 9° del DS N° 10 (V. y U.), de 2015, dicto la siguiente:

    Resolución:

1.  Establécese la siguiente tabla de "Factor Multiplicador por Comuna" y "Factor Multiplicador por Localidad Aislada", según categoría de aislamiento, destinada a definir el monto de la Asistencia Técnica y la Fiscalización Técnica de Obras, por proyecto de habitabilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 54 del DS N° 10 (V. y U.), de 2015; y en la resolución exenta N° 3.131 (V. y U.), de 2016, que fija procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras al Programa de Habitabilidad Rural.
    Tomando como referencia el Factor Multiplicador de la Comuna, para montos de subsidio base (Columna A), a efecto de calcular el valor de la Asistencia Técnica y la Fiscalización Técnica de Obras (FTO), correspondiente a proyectos de habitabilidad emplazados en dichas comunas, se aplicará el siguiente procedimiento:
    Para proyectos emplazados en las 4.885 localidades que presentan condiciones de aislamiento, identificadas en el estudio citado en el Considerando b), de la presente resolución, se aplicará el "Factor Multiplicador por Localidad Aislada" (Columna C). En caso que el proyecto se emplace en una localidad, que no aparece entre las 4.885 localidades identificadas a través de dicho estudio, se aplicará el "Factor Multiplicador por Comuna" (Columna B).

    Factor Multiplicador del Subsidio Base de Asistencia Técnica y FTO por Comuna y Localidad Aislada

.

    2. Finalmente, una vez aplicado el factor multiplicador, al monto del subsidio resultante para Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras, se adicionarán los subsidios complementarios e incrementos a que alude la resolución exenta N° 3.131 (V. y U.), de 2016, que fija Procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras al Programa de Habitabilidad Rural.


    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Jaime Romero Álvarez, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 25-JUL-2016
25-JUL-2016

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