Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional Ley Chile
  • Ingresar
  • Registrarse

¿No está registrado? Regístrese

¿Olvidó su Contraseña?

¿Ya tiene una cuenta? Ingrese

BCN
  • icono
Portada
Selección
Contacto
Búsqueda avanzada
Portada
Selección
Contacto
Cerrar Navegar Norma Cerrar
Portada
Resolución 6624 EXENTA

Navegar Norma

Resolución 6624 EXENTA

  • Encabezado
  • Artículo
  • Promulgación
  • Anexo ITEMIZADO TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN

El texto de esta versión no se encuentra vigente
Ir al texto vigente

Resolución 6624 EXENTA APRUEBA ITEMIZADO TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN PARA PROYECTOS DEL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 9.020 EXENTA (V. Y U.), DE 9 DE NOVIEMBRE DE 2012

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Resolución 6624 EXENTA

Seleccione las notificaciones a registrar


Promulgación: 13-OCT-2016

Publicación: 19-OCT-2016

Versión: Intermedio - de 16-DIC-2016 a 06-JUN-2017

MODIFICACIONCONCORDANCIA
Ocultar notas
  • Texto
  • Versiones
Escuchar

APRUEBA ITEMIZADO TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN PARA PROYECTOS DEL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 9.020 EXENTA (V. Y U.), DE 9 DE NOVIEMBRE DE 2012

    Santiago, 13 de octubre de 2016.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 6.624 exenta.

    Visto:

    Lo dispuesto en los artículos 13 letra c) y 16 letra c), ambos del DL Nº 1.305, de 1975; lo previsto en el DFL Nº 458, de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones y sus modificaciones, en especial en su artículo 25; la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, aprobada por DS Nº 47 (V. y U.), de 1992 y sus modificaciones; y el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda; la resolución exenta Nº 9.020 (V. y U.), de 9 de noviembre de 2012, que aprobó el Itemizado Técnico de Construcción para Proyectos del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, y

    Considerando:

    a) Que el DS Nº49 (V. y U.), de 2011, en su texto reemplazado por el DS Nº 105 (V. y U.), de 2014, en sus artículos 44 y 47, faculta al MINVU para aprobar por resolución el Itemizado Técnico de Construcción que determine los requisitos mínimos que deberán cumplir los proyectos habitacionales, según el tipo y zona geográfica donde se ubiquen.
    b) La necesidad de actualizar los requerimientos de estándar arquitectónico para el diseño de viviendas de los proyectos habitacionales del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, mediante el establecimiento de un nuevo Itemizado Técnico de Construcción, dicto la siguiente:

    Resolución:

    1. Derógase, a contar del Resolución 7892 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1, 1.1
D.O. 16.12.2016
31 de mayo de 2017, la resolución exenta Nº 9.020 (V. y U.), de 9 de noviembre de 2012, que aprobó el Itemizado Técnico de Construcción para Proyectos del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011.
    2. Apruébase, a contar del Resolución 7892 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1, 1.2
D.O. 16.12.2016
1 de junio de 2017, el "Itemizado Técnico de Construcción para Proyectos del Fondo Solidario de Elección de Vivienda", instrumento que define las especificaciones técnicas mínimas que deben cumplir los proyectos habitacionales o proyectos de construcción del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, el que se acompaña y que se entenderá forma parte integrante de la presente resolución.
    3. El "Itemizado Técnico de Construcción" regirá para el ingreso al SERVIU de operaciones de la modalidad de Adquisición de Viviendas Construidas y para proyectos que ingresen al Banco de Postulaciones del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, a partir del Resolución 7892 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1, 1.3
D.O. 16.12.2016
1 de junio de 2017. No obstante lo anterior, desde la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, y hasta el 31 de mayo de 2017, al ingresar un proyecto las Entidades Patrocinantes podrán solicitar voluntariamente, o el beneficiario para una operación de Adquisición de Vivienda Construida Nueva, la aplicación de todas o algunas de las disposiciones del Itemizado que se aprueba por la presente resolución, según corresponda a cada modalidad.
    4. Una vez que se encuentre vigente el "Itemizado Técnico de Construcción" que se aprueba por el presente instrumento, los Servicios de Vivienda y Urbanización, SERVIU, podrán solicitar a la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, SEREMI, la aprobación de un Itemizado Técnico Regional, informando a la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional del MINVU. A esta solicitud el SERVIU deberá adjuntar:

    a) La propuesta de partidas o especificaciones a modificar, la que se deberá formular en el mismo formato y correlación del Itemizado técnico vigente a nivel nacional.
    b) Un informe técnico y presupuestario que justifique las modificaciones propuestas y demuestre que no genera aumento en los costos.

    5. Las propuestas de Itemizados Técnicos Regionales podrán, en atención a condiciones geográficas, climáticas y culturales particulares de cada región, exigir requisitos distintos de los indicados en este documento, siempre que no se disminuya el estándar y la calidad establecidos en él, no aumenten los costos del proyecto y no contravengan lo dispuesto en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en las Normas Técnicas Oficiales y en la normas constructivas o urbanísticas vigentes.
    6. El Itemizado Técnico Regional, una vez aprobado, complementará el Itemizado Técnico aprobado por el presente acto. Los proyectos del Programa Fondo de Elección Solidario de Vivienda serán evaluados conforme al "Itemizado Técnico de Construcción" vigente a la fecha de su ingreso, y al Itemizado Técnico Regional si corresponde.




    Anótese, publíquese y archívese.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Jaime Romero Álvarez, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.


    ITEMIZADO TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN
    Para proyectos del Fondo Solidario de Elección de Vivienda regulado por el DS Nº49 (V. y U.), 2011 Versión - 2016
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN
1. Objetivos
2. Consideraciones
3. Uso y Aplicación
4. Glosario de siglas y acrónimos
II. PARTE 1 - REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS
A. ANTECEDENTES DE PROYECTO
A.1. Consideraciones Generales
A.2. Informes de Suelo
A.3. Memoria de Cálculo
A.4. Especificaciones Técnicas
A.5. Planos del Proyecto
A.6. Presupuesto del Proyecto
B. NORMAS, MANUALES Y GUÍAS PARA DISEÑO DE PROYECTOS
B.1. Materiales
B.2. Especialidades
B.3. Ordenanzas
B.4. Habitabilidad
B.5. Requisitos Regionales
B.6. Manuales, Guías de Diseño y Otros
III. PARTE 2 - REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS
1. OBRAS PRELIMINARES
1.1 Suelos
1.2 Topografía
1.3 Trazado y Niveles del Proyecto
1.4 Habilitación de terreno
1.5 Estudios Complementarios
1.6 Requerimientos Generales de Habitabilidad
1.7 Letrero Indicativo de Obra
2. OBRA GRUESA
2.1 Fundaciones
2.2 Sobrecimientos
2.3 Radieres
2.4 Muros de Albañilería Confinada o Armada
2.5 Muros y Elementos Estructurales de Hormigón Armado
2.6 Muros y Elementos Estructurales con Entramados Verticales de Madera o Acero
2.7 Tabiques No Estructurales
2.8 Antepechos
2.9 Losas
2.10 Estructura de Entramados Horizontales de Madera o Acero
2.11 Estructura de Techumbre
2.12 Sistemas Constructivos no Tradicionales
3. TERMINACIONES
3.1 Pavimentos
3.2 Puertas Exteriores
3.3 Puertas Interiores
3.4 Ventanas
3.5 Quincallería
3.6 Escalera
3.7 Muros Exteriores
3.8 Techumbre
3.9 Pinturas y Barnices
4. INSTALACIONES
4.1 Agua Potable Domiciliaria
4.2 Soluciones Principales de Agua Caliente Domiciliaria
4.3 Soluciones de Apoyo Agua Caliente
4.4 Alcantarillado Domiciliario
4.5 Electricidad Domiciliaria
4.6 Red Interna de Telecomunicaciones
5. OBRAS EXTERIORES
5.1 Pavimentos Exteriores
5.2 Evacuación de Aguas Lluvias Domiciliarias
5.3 Cierros Perimetrales
5.4 Proyecto de Tratamiento y Evacuación de Basuras
6. URBANIZACIÓN
6.1 Loteo
6.2 Espacios de Uso Público, Áreas Verdes, Circulaciones y Mobiliario Urbano
6.3 Agua Potable Loteo
6.4 Alcantarillado Loteo
6.5 Electricidad Loteo
6.6 Pavimentación y Aguas Lluvias
7. REQUISITOS ADICIONALES PARA VIVIENDAS INCLUSIVAS
7.1 Viviendas en que se aplique subsidio complementario para personas con discapacidad
8. ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA
9. RECOMENDACIONES
9.1 Habitabilidad
9.2 Instalaciones
    I. INTRODUCCIÓN
    El presente Itemizado Técnico de Construcción (ITC) es un instrumento de trabajo que entrega claridad y comprensión acerca de las exigencias técnicos mínimas que deben considerar quienes intervienen en los procesos de diseño, presentación y revisión de proyectos así como también en la ejecución, fiscalización, supervisión y recepción de las obras correspondientes al Fondo Solidario de Elección de Vivienda regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), 2011 y sus modificaciones. De esta forma, se entrega una guía orientadora a los responsables de un proyecto habitacional -desarrolladores, evaluadores, ejecutores, fiscalizadores y supervisores- para alcanzar buenos resultados en los proyectos y su ejecución.
    1. OBJETIVOS
    . OBJETIVO GENERAL
    Asegurar que las viviendas subsidiadas por el Gobierno de Chile, cumplan con las características técnicas que garanticen condiciones óptimas de habitabilidad, durabilidad y seguridad.
    . OBJETIVOS ESPECÍFICOS
    a) Proveer de un instrumento de trabajo en el que se integren los requerimientos mínimos de las distintas especialidades de manera de facilitar a los responsables del desarrollo, revisión y ejecución de un proyecto habitacional, alcanzar los mejores estándares de calidad.
    b) Complementar el decreto DS Nº 49 de 2011 y sus modificaciones, en materia de desarrollo de proyectos, y aspectos constructivos de urbanización del loteo, habilitación del terreno, construcción de las viviendas, del equipamiento y sus áreas verdes, estableciendo un estándar mínimo de diseño y construcción.
    c) Incorporar soluciones técnicas pertinentes a las realidades locales para lo cual permite que los SERVIU autoricen condiciones técnicas distintas en proyectos específicos y generen Itemizados regionales manteniendo o mejorando los estándares dispuestos en el presente ITC.
    d) Entregar los conjuntos y viviendas correctamente ejecutadas, en conformidad a las exigencias del MINVU y a toda la normativa vigente asociada al urbanismo y construcción.
    2. CONSIDERACIONES
    Las directrices, condiciones y requisitos establecidos en el presente instrumento son, en algunos casos, mayores a las dispuestas por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y otras normativas vigentes específicas.
    Por su parte, el presente Itemizado Técnico de Construcción, ITC, se complementa con las exigencias establecidas en la normativa vigente asociada al urbanismo y construcción, como ser la OGUC, Ordenanzas Municipales, Normas Chilenas, LGUC, NCh, RIDAA, NCh elec 4, entre otras. Por lo que el hecho de no mencionar algunos requisitos obligatorios en este itemizado no implica su omisión en el proyecto.
    Las exigencias de la OGUC, así como también de todo el cuerpo normativo expuesto en este documento y en general toda la normativa vigente, se entienden conocidas por desarrolladores, proyectistas, revisores, ejecutores y fiscalizadores de proyectos y obras del programa.
    Se entenderá que la ejecución de la obras que conforman el proyecto se harán siguiendo el "arte del buen construir" y que aun cuando algunos componentes no aparezcan en la descripción, especificaciones y/o detalles de la partida, deben ser incluidos en la ejecución todos los elementos necesarios para el buen desempeño de la misma, por ejemplo si no están detallados los sellos, burletes, o felpas de una ventana de aluminio no implica que no sean incorporados.
    En este sentido cuando existan contradicciones entre la documentación del proyecto, la interpretación que se le otorgue a la memoria de cálculo, planos, especificaciones técnicas y otros antecedentes será la más exigente y la que garantice la mejor calidad de la construcción y el buen funcionamiento de la partida o elemento.
    Previo a la ejecución de las faenas, es deber de la constructora, inspección y/o supervisión revisar los antecedentes técnicos e informar al SERVIU de incumplimientos normativos, reglamentarios y/o incongruencias que se detecten en el proyecto; así como de omisiones, deficiencias que afecten el desempeño, funcionamiento de las obras.
    Debe entenderse que este documento no corresponde a las especificaciones técnicas, EETT, de las partidas, más bien establece los requisitos y estándares mínimos de calidad válidos tanto para el diseño, revisión y ejecución de los proyectos y que a través de las EETT se establece la forma específica de cómo se cumplen.
    3. USO Y APLICACIÓN
    Este ITC cuenta de dos partes a tratar:
    PARTE 1: Antecedentes mínimos y marco normativo
    A. ANTECEDENTES DE PROYECTO: Para la presentación se indican los antecedentes y documentos mínimos requeridos para la evaluación del proyecto, pudiendo SERVIU exigir otros que considere necesarios para la mejor comprensión del proyecto.
    B. NORMAS, MANUALES Y GUÍAS PARA DISEÑO DE PROYECTOS: Se entrega un listado, no taxativo de las distintas normas, manuales y guías que conforman el marco normativo mínimo para el diseño y posterior ejecución de los proyectos que se rigen por el DS 49 y sus modificaciones.
    PARTE 2: Requisitos Técnicos por Partidas
    Esta segunda parte corresponde a las partidas consideradas en los proyectos y los requisitos técnicos que se exigen para cada una de ellas.
    En los casos justificados, para un proyecto específico, SERVIU podrá aprobar la permuta, modificación o reemplazo de una partida, por una o más partidas adicionales que, aun cuando no estén contenidas en este itemizado, se consideren necesarias. Las partidas de la vivienda posibles de permutar son las siguientes: Pavimento de terminación de cocina, canales y bajadas de aguas lluvias, Lavadero exterior, Superficie pavimentada de acceso en parte exterior cocina y faja pavimentada desde línea de cierro a acceso vivienda.
    Así también, para proyectos específicos y puntuales, respecto a la utilización de materiales a que se refiere el presente Itemizado, el Jefe del Departamento Técnico del SERVIU respectivo, podrá autorizar vía oficio la aprobación de soluciones alternativas a las señaladas, cuando éstas cumplan con igual o superior estándar, informando de la solución a la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional.
    SERVIU evaluará y aprobará estas permutas resguardando la equivalencia económica de manera que no impliquen costos adicionales, que no se vulneren requisitos normativos y que en general no se afecte la calidad y que no se reduzca el estándar de las viviendas y/o conjunto.
    Para aprobar las modificaciones se debe contar con Informe de respaldo y la aprobación de las familias, como se indica en la resolución N°1.875/15 del MINVU, que fija el procedimiento para la prestación de servicios de Asistencia Técnica, Jurídica y Social al programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda regulado por el DS N° 49 (V. y U.), 2011 y sus modificaciones. Las permutas, cambios o reemplazo de partidas en un proyecto deberán ser resueltas por acto administrativo de la Dirección del SERVIU.
    Además de lo anterior, en virtud de las condiciones geográficas, climáticas y culturales particulares de cada región, SERVIU podrá exigir requisitos distintos de los indicados, siempre que cumplan con la normativa vigente, no disminuyan el estándar y la calidad establecidos en este documento y no aumenten los costos del proyecto. Estas modificaciones podrán formar parte de un Itemizado Técnico Regional, que se aprobará a través de una resolución de la SEREMI regional, informando a la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional del MINVU como se indica en el artículo 44 del DS N°49. Dicho Itemizado Técnico Regional complementará a Itemizado Técnico Nacional.

II. PARTE 1 – REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

A. ANTECEDENTES DE PROYECTO

    A.4. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
    En ellas se debe identificar: el proyecto, programa, entidad patrocinante y comité al que pertenecen; la ubicación, comuna y región donde se emplazan y la especialidad y el profesional responsable que las suscribe.
    Deben incluir todas las partidas que forman los distintos proyectos especialidades, evitando las partidas que involucran muchas faenas, si una partida es muy compleja puede dividirse en subpartidas. La numeración y denominación debe corresponder a la usada en el presupuesto y se debe referenciar los planos u otros antecedentes que sean necesarios para su comprensión.
    El estándar de las distintas partidas será siempre igual o superior a los requisitos establecidos en el presente Itemizado Técnico, Itemizados Técnicos Regionales, y en general a la normativa vigente.
    SERVIU puede requerir mayor detalle cuando se estime necesario para el buen entendimiento del proyecto o cuando no exista plena claridad respecto de una partida específica.
    Su cumplimiento es obligatorio y son un documento base para ejecución de las faenas y el control de las mismas. Se complementan con otros antecedentes del proyecto, como por ejemplo los planos y el presupuesto, por lo que la denominación de las partidas debe ser la misma en todos los documentos.
    En caso de que el proyecto sufra modificaciones se debe entregar, junto al resto de los antecedentes, la modificación de las especificaciones de las partidas involucradas.
    En caso de existir incongruencias entre partidas y/o antecedentes se entiende que rige el más exigente.
.
.
.


    B. NORMAS, MANUALES Y GUÍAS PARA DISEÑO DE PROYECTOS
    El siguiente listado fija el marco normativo mínimo para el diseño y posterior ejecución de las soluciones habitacionales que se rigen por el DS 49 y sus modificaciones.
    Se incorporan también una serie de manuales, guías y otros textos complementarios que pueden ser consultados como referencia para los criterios técnicos y de diseño a incorporar en los proyectos.
    Respecto de las normas NCh indicadas en el presente documento, es importante destacar que deberá utilizarse la última versión de éstas que hayan sido oficializadas y en el caso de normas no oficiales, se deberá consultar la última versión vigente, indicada por el INN.
    Sin perjuicio de esto, otras normas, reglamentos, manuales, códigos o guías de diseño, podrán ser incorporados previo análisis DITEC.
    Se entenderá que estas normas son de total conocimiento de los profesionales proyectistas.

.
.
.

    III. PARTE 2 – REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS

    1. OBRAS PRELIMINARES

    1.1. SUELOS
    1.1.1. Tipologías colectivas de Megaproyectos y CNT.
    a) Puntos de exploración (calicatas, sondajes o prospección geofísica) y ensayos:
    . Para terrenos de más de 1 hectárea, se debe realizar mínimo 2 calicatas por hectárea adicional a las que surgen de la aplicación de lo dispuesto en la norma, con aumento proporcional, por cada hectárea o fracción adicional del terreno.
    . Cálculo de Vs30 según DS 61 MINVU.
    . La profundidad de la exploración se determina según NCh 1508.
    . Los puntos de exploración deben ser representativos del nivel de terreno donde efectivamente se fundaran las estructuras proyectadas.
    . Cuando corresponda, por características particulares del terreno, se deberá realizar los ensayos especiales indicados en la NCh 1508.

    1.1.2. Tipologías individuales y colectivas de CSP, DP y PC.
    En el caso de que un PC presente alguna de las consideraciones indicadas en el artículo N°5 del DS 61, automáticamente deberá exigirse lo estipulado en dicho artículo.
    a) Calicatas:
    . Para las tipologías individuales de CSP y DP, se debe realizar una calicata por vivienda. En caso de 2 familias cuya distancia máxima entre las viviendas emplazadas en sus respectivos terrenos, sea menor o igual a 20 m, se puede evaluar el terreno de ambas viviendas en base a una calicata de las características indicadas en la norma. Esta calicata debe realizarse preferentemente en el terreno que se encuentra entre las viviendas; de no ser posible, realizar la calicata en terreno adyacente a una de las dos viviendas.
    . Para las tipologías colectivas CSP, DP y PC se debe realizar una calicata por vivienda. En caso de 6 familias o más, que se encuentren inscritos en una circunferencia de radio menor o igual a 70 m, se puede evaluar el terreno en base a un muestreo de mínimo 6 calicatas de las características indicadas en la norma. En los casos en que los terrenos se encuentren concentrados en varios polos se puede utilizar este criterio simultáneamente, estableciendo varios radios en distintos polos del territorio.
    . Los puntos de exploración deben ser representativos del nivel de terreno donde efectivamente se fundaran la edificación.
    1.2. TOPOGRAFÍA
    1.2.1. Topografía del terreno
    . Todo proyecto deberá considerar un levantamiento topográfico, efectuado con instrumental de precisión, salvo para las tipologías individuales y colectivas de CSP y DP y cuando el terreno sea "eminentemente plano".
    . El levantamiento topográfico del terreno incluir los puntos para la posible evacuación de aguas lluvias aunque éstos estén fuera del lote.
    . En el caso de CSP y DP debe incluirse las construcciones existentes.
    1.3. TRAZADO Y NIVELES DEL PROYECTO
    . El escarpado de terreno, considera la remoción del terreno natural, según la profundidad solicitada por la mecánica de suelos.
    . Se estacarán los puntos principales del proyecto en terreno, asegurando su fijación, de forma tal que no presente movimientos o alabeos.
    . Los instrumentos deben estar con sus calibraciones certificadas y al día.
    1.4. HABILITACIÓN DE TERRENO
    . En el caso de rellenos estructurales, la evaluación del estándar de compactación se hará mediante el método del Proctor Modificado para el caso de suelos con un contenido de finos de más de un 12% y en caso de contenidos menores, mediante Densidad Relativa.
    . En el caso de estabilización de taludes, se debe proveer de los ensayos especiales de mecánica de suelos (ensayos triaxiales) para evaluar mediante métodos de estabilidad de taludes (Bishop, Jambu u otros).
    . En el caso de requerir contención entre lotes, ésta deberá considerar las cargas asociadas a futuras ampliaciones.
    . Para las tipologías colectivas, Megaproyectos y CNT, la recepción de taludes naturales y los rellenos debe ser realizada por profesional competente.
    . Para los proyectos individuales, CSP, DP y PC, esta aprobación debe realizarla el profesional responsable del proyecto.
    1.5. ENSAYOS Y ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS
    . Todos los ensayos en las distintas áreas necesarios para el control de las obras deben ser realizados por laboratorios oficiales inscritos en el registro Minvu, y los estudios complementarios deben ser elaborados y firmados por profesionales competentes.
    . En caso de requerirse otros estudios según las condiciones de terreno y proyecto, como estudios de impacto ambiental, agentes biológicos, químicos, ambientales, entre otros, se deben aplicar las normas y consideraciones de diseño establecidas en los reglamentos y normativa atingentes a cada especialidad.
    . Se deben tomar los resguardos necesarios frente a la acción de agentes biológicos y medioambientales, tales como termitas, ambientes corrosivos u otros que puedan afectar las obras.

    1.6. REQUERIMIENTOS GENERALES DE HABITABILIDAD
    1.6.1. Acondicionamiento Acústico
    . Todos los elementos que separen o dividan unidades de viviendas que sean parte de un edificio colectivo, o entre unidades de vivienda de edificaciones continuas, o pareadas o entre unidades de vivienda que estén contiguas a recintos no habitables, deben cumplir con las exigencias señaladas en la OGUC.
    . Para muros medianeros, en las uniones y encuentros entre elementos de distinta materialidad que conforman un elemento constructivo, se deben considerar los sellos para dar cumplimiento a las exigencias normativas.
    . En muros medianeros conformados por tabiquerías de maderas o metálicas, se debe considerar la colocación de sellos en las soleras superiores e inferiores para evitar la ocurrencia de puentes acústicos.
    . En muros medianeros, se deben proyectar las cajas eléctricas de forma que éstas no queden enfrentadas por su parte posterior.
    . Se recomienda que las estructuras de escalas no estén afianzadas al muro medianero o a muros laterales conectados con el medianero.
    1.6.2. Acondicionamiento Térmico
    . Los complejos de techumbres, muros perimetrales, pisos inferiores ventilados y superficie de ventana que conformen la envolvente de las viviendas tienen que cumplir, según zona térmica en donde se emplace el proyecto, con las exigencias térmicas indicadas en el artículo 4.1.10 de la OGUC.
    . El valor de Transmitancia Térmica (U) debe ser ponderado, de acuerdo al procedimiento que para tal efecto establezca la OGUC. Del mismo modo para otro tipo de acreditación siempre se deben considerar los valores como ponderados.
    . En albañilerías confinadas, el cálculo de la transmitancia U ponderada, debe considerar los elementos estructurales tales como pilares cadenas y vigas. Además se deben aplicar las consideraciones de diseño que establezcan las normas correspondientes.
    . En el caso de techumbres con entretechos, tanto superiores como laterales no se instalará el aislante térmico inmediatamente bajo la cubierta, salvo cuando se consideren entretechos habitables, mansardas, y cielos inclinados.
    . Para minimizar la ocurrencia de puentes térmicos, los materiales aislantes térmicos sólo pueden estar interrumpidos por elementos estructurales y/o por tuberías, ductos o cañerías de las instalaciones domiciliarias.
    . Cuando el diseño lo permita, en muros y pisos que incorporen aislante térmico, éste debe ser instalado lo más al exterior posible, para disminuir el riesgo de condensación intersticial.
    . Se evitarán puentes térmicos en estructuras metálicas conformadas por perfiles abiertos, rellenándolos con material aislante.
    . No se aceptan aislantes a granel o sueltos.
    . El material aislante térmico se debe almacenar protegido de la intemperie y la humedad. Además se debe instalar sin forzarlo, manteniendo su densidad de fabricación. Para asegurar la continuidad de la aislación térmica, se debe traslapar el aislante en los puntos de unión.
    1.6.3. Ventilación y Condensación
    . Para cada caso particular, según ubicación geográfica, diseño (sistema constructivo y grado de ventilación) y uso de la vivienda (generación de vapor de agua y calor), se deberá asegurar la disminución del riesgo de condensación superficial e intersticial en muros. El análisis del riesgo de condensación será realizado en base a la norma chilena vigente.
    . En el caso de requerir barreras de vapor para disminuir el riesgo de condensación intersticial, es necesario asegurar su continuidad y su instalación debe realizarse bajo el revestimiento interior o sobre éste. En el caso de utilizar pinturas como barrera de vapor, éstas sólo podrán ejecutarse sobre el revestimiento interior y con el adecuado tratamiento de juntas entre placas, de acuerdo a las indicaciones o especificaciones técnicas del fabricante del material de revestimiento, para impedir la discontinuidad de la barrera.
    . Los muros deberán considerar un tratamiento hidrófugo que impida el paso de la humedad exterior al interior del muro y que permita el paso del vapor de agua desde el interior, esto podrá estar contenido en la solución de revestimiento o paquete constructivo y en ningún caso debe ser instalado hacia el interior de la vivienda.
    . En cocina y baño se deben instalar extractores de aire forzados con higrostato, en caso contrario, es necesario incluir algún sistema pasivo que asegure el mínimo de renovaciones requeridas para eliminar la producción de vapor al interior de los ambientes, según cálculo y aprobado por SERVIU.
    1.6.4. Condiciones de Seguridad Contra Incendios
    . Todos los elementos que conforman la vivienda deben cumplir con las condiciones de seguridad contra incendios indicadas en la OGUC, que determina también la resistencia al fuego requerida para cada uno de los elementos.
    . El número de pisos de la edificación se determina de acuerdo a lo que define la ordenanza como "Primer piso" y lo que establece para la determinación del número de pisos, independiente de la existencia de accesos intermedios.
    . Los medianeros y/o sobretabiques deben garantizar hermeticidad hasta la cubierta, es decir, no permitir infiltración de calor, llamas o humo. Se deben interrumpir los elementos constructivos que trasmiten calor o fuego.
    . En muro medianero no se deben confrontar las cajas eléctricas, y se recomienda evitar su instalación en este elemento.
    . Adicionalmente, escaleras y/o pasarelas de acceso a las viviendas, deberán ser protegidas asegurando la resistencia al fuego de acuerdo a tabla del artículo 4.3.3. de la OGUC con un mínimo de F-15.
    1.7. LETRERO INDICATIVO DE OBRA
    . Para proyectos de tipología Megaproyecto y CNT, del Programa Habitacional FSEV, se exige instalar letrero indicativo de obra en lugar visible desde la vía pública.
    . Letrero cuyo contenido, dimensión y materialidad será el definido por SERVIU, considerando la gráfica establecida por el Manual de Normas Gráficas (Vallas) del MINVU.
    2. OBRA GRUESA
    2.1. FUNDACIONES
    2.1.1. General
    . La excavación para las fundaciones deberá estar limpia, perfectamente lisa y nivelada, libre de objetos extraños, antes del hormigonado.
    . La profundidad del cimiento debe penetrar, a lo menos, 20 cm en las capas no removidas del terreno, siempre que éste sea capaz de soportar las tensiones admisibles previstas.
    . Las enfierraduras a utilizar en el hormigón armado serán de primer uso, libres de torceduras o escamas. Una vez ubicadas en su posición definitiva, previo al vaciado del hormigón, se debe verificar que éstas no se encuentran torcidas (grifadas).
    . SERVIU podrá exigir la verificación de la condición de monolitismo entre la fundación y el sobrecimiento.
    . Para los proyectos Megaproyectos y CNT, el procedimiento de recepción de los sellos se debe realizar a través del libro de obra, con la nota de aprobación de los sellos por parte del mecánico de suelos o calculista. No se acepta recepción de los sellos a través de otro tipo de documento o libro interno.
    . Para los proyectos individuales y colectivos CSP, DP y PC, la recepción del sello debe realizarla el profesional responsable del proyecto de fundaciones, o en su defecto, un profesional competente definido por la EP registrándose en el libro de obras.
    2.1.2. Rellenos
    . En caso de que las fundaciones no puedan apoyarse directamente sobre suelo existente, los rellenos estarán compuestos por estabilizado uniforme, por suelo natural previamente evaluado por los ensayos de Densidad Máxima Compactada Seca, Proctor Modificado (DMCS) en caso de que el porcentaje de material fino (que pasa la malla ASTM N°200) sea mayor o igual a un 12%, o bien a través de la Densidad Relativa (DR) si dicho porcentaje de finos es inferior al 12%.
    . El material de relleno se depositará en capas de espesor suelto no superior a 20 cm, compactando cada capa a una densidad mínima del 95% de la DMCS o bien un 80% de la DR, según corresponda.
    . Otros tipos de rellenos deberán ser debidamente especificados y justificados de acuerdo al estudio de mecánica de suelos y/o memoria de cálculo.
    2.1.3. Emplantillado
    . Emplantillado de hormigón pobre de dosificación 127,5 kg cem/m3 como mínimo.
    . Altura mínima 5 cm.
    2.1.4. Hormigón
    . Dimensionamiento y resistencia del hormigón de acuerdo a proyecto de cálculo.
    . Hormigón resistencia característica mínima a compresión a 28 días con un 10% de fracción defectuosa Rc28 > 100 kg/cm2 con un máximo de 20% de bolón desplazador.
    . Tamaño máximo de bolón desplazador de 1/3 del ancho de la fundación.
    . Dejar pasadas para instalaciones de agua potable, alcantarillado y otras que incluya el proyecto.
    . La preparación del hormigón debe considerar revoltura mecánica.
    . Se debe compactar con pisón manual o vibrador mecánico cuidando que los áridos no sedimenten en el fondo.
    2.2. SOBRECIMIENTOS
    2.2.1. Dimensiones
    . El NPT debe ser de 20 cm mínimo sobre terreno adyacente (NTN) en el punto más desfavorable (El punto más bajo de la vivienda).
    . Su ancho no podrá ser menor al espesor del muro y su altura no inferior a 20 cm.
    2.2.2. Hormigón
    . Antes de hormigonar, se debe preparar la superficie adecuadamente, para asegurar una buena adherencia entre los hormigones.
    . Se debe asegurar su Impermeabilidad a la humedad (Hidrófugo incorporado).
    . Resistencia característica a compresión a 28 días con un 10% de fracción defectuosa hormigón simple Rc28 > 150 kg/cm2.
    . Resistencia característica a compresión a 28 días con un 10% de fracción defectuosa hormigón armado Rc28 > 200 kg/cm2.
    . La preparación del hormigón debe considerar revoltura mecánica de la mezcla.
    . Compactación con vibrador mecánico.
    2.2.3. Enfierradura
    . Cuando la altura del sobrecimiento sea mayor a tres veces su ancho y/o exista alguna disposición normativa que lo indique o el estudio sobre el subsuelo así lo estipule, hay que considerar armaduras. Las cuantías deberán quedar indicadas por el calculista en la memoria de cálculo justificando detalladamente las hipótesis de diseño.
    2.3. RADIERES
    2.3.1. General
    . El radier debe estar confinado por el sobrecimiento.
    . Si se consulta terminación de radier afinado, ésta debe ejecutarse en fresco monolíticamente y con endurecedor superficial.
    . Deben consultar juntas de retracción de fraguado, cuando corresponda.
    2.3.2. Aislaciones y Barreras
    . Base terreno natural compactado con placa o con rodillo compactador manual.
    . Cama de ripio de 8 cm., árido de tamaño máximo nominal de 2,5 cm.
    . En caso de que el proyecto contemple rellenos estructurales bajo el radier, éste debe compactarse al menos al 95% de la densidad máxima compactada seca del Proctor Modificado (cuando el relleno posee un contenido de finos igual o superior al 12%) o un 75% de la densidad relativa (si el contenido de finos del relleno es inferior al 12%).
    2.3.3. Hormigón
    . Resistencia característica a compresión a 28 días con un 10% de fracción defectuosa del hormigón Rc28 > 150 kg/cm2. Tamaño máximo de la grava: 2,5 cm.
    . Espesor mínimo de 7 cm.
    . Se debe incorporar aditivo impermeabilizante.
    2.4. MUROS DE ALBAÑILERÍA CONFINADA O ARMADA
    2.4.1. General
    . Los morteros deben confeccionarse por medios mecánicos, por el tiempo necesario para completar al menos 100 revoluciones.
    . Desde la Región de Atacama hasta la Región de Magallanes, ambas incluidas, y en la Región Metropolitana, los muros de ladrillo cerámico y de bloque de cemento que den al exterior, deben ir estucados con una solución impermeabilizante o consultar un tratamiento impermeabilizante garantizado por 5 años. Este tratamiento impermeabilizante debe ser permeable al paso de vapor.
    . Los desaplomes de los muros no deben superar 2/1000 de su altura.
    . Los muros de albañilería que conformen los baños y el paño del muro de respaldo del lavaplatos deben estucarse al interior del recinto, a menos que consulten la colocación de material de terminación impermeabilizante tal como revestimiento cerámico o similar. El muro de respaldo de lavadero debe estucarse con dimensiones mínimas de altura equivalente a altura de lavadero más 60 cm y un sobre ancho equivalente a 30 cm a cada lado del artefacto. En ambos casos el estuco debe incorporar hidrófugo (a menos que se consulte una terminación impermeabilizante).
    . Las unidades de la albañilería deberán estar saturadas en agua de manera que no absorba el agua del mortero.
    . Debe controlarse el exceso de mortero en los huecos de ladrillos.
    2.4.2. Estucos
    . Se recomienda estuco exterior con una dosificación mínima de 1:3 en volumen, el cual debe terminarse a grano perdido.
    . Se recomienda estuco interior con una dosificación mínima de 1:4 en volumen, el cual debe terminarse a grano perdido.
    . El espesor mínimo del estuco debe ser 20 mm y el máximo 25 mm.
    . Adición máxima de 15% de cal hidráulica o aérea, respecto al peso del cemento.
    2.4.3. Armadura de Refuerzo
    . La cantidad y disposición de la armadura de refuerzo horizontal y vertical, deberá estar de acuerdo a lo indicado en la norma específica y proyecto de cálculo.
    . La armadura deberá ser de primer uso y además quedar completamente embebida en el mortero de pega.
    . La armadura de refuerzo debe extenderse a lo largo de todo el paño de albañilería. En el caso del refuerzo vertical, debe anclarse a los elementos de hormigón superior e inferior (preferentemente al cimiento), usando la longitud de anclaje especificada en la norma de hormigón armado vigente. En el caso del refuerzo horizontal, ésta debe estar embebida en toda su longitud en el mortero de pega, y anclarse a la armadura vertical de borde (albañilería armada) o a los pilares de confinamiento (albañilería confinada).
    2.5. MUROS Y ELEMENTOS ESTRUCTURALES DE HORMIGÓN ARMADO
    2.5.1. General
    . Se deben dejar todas las reservas para pasadas e instalaciones que vayan embutidas. Las soluciones que crucen elementos estructurales (vigas-cadenas-losas-pilares) deben venir señaladas por el calculista o ser aprobadas por éste.
    . No se aceptan separadores metálicos.
    . Los desaplomes de los muros no deben superar el 2/1000 de la altura.
    . Dosificación y resistencia establecidas por cálculo, pero en ningún caso menor a R28>a 200 kg/cm2.
    . Los moldajes a utilizar deben ser estancos y estar correctamente afianzados para evitar el posterior desaplome de los muros.
    . Durante el proceso de hormigonado debe tenerse en cuenta que la unión de dos hormigones de distinta edad debe considerar un puente de adherencia. Cuando se esté hormigonando un elemento y deba interrumpirse la faena, el corte que se realice será en aquellos lugares donde el elemento esté menos solicitado.
    2.5.2. Hormigón
    . Se debe compactar con vibradores mecánicos.
    . Revoltura sólo por amasado en planta o en betonera.
    . La correcta dosificación del hormigón, así como la faena de vibrado, debe considerar la docilidad necesaria de acuerdo al tipo de elementos que se deban hormigonar.
    2.5.3. Enfierradura
    . Las cuantías deben quedar indicadas por el calculista en la memoria de cálculo, justificando detalladamente las hipótesis de diseño, las que deberán ser evaluadas y aprobadas por SERVIU.
    . En el caso de edificios de más de 5 niveles, se deben aplicar las indicaciones de carácter constructivo establecidas en el D.S. 60 MINVU. En caso de 5 o menos niveles, se deben aplicar los siguientes detalles:

.

    2.6. MUROS Y ELEMENTOS ESTRUCTURALES CON ENTRAMADOS VERTICALES DE MADERA O ACERO
    2.6.1. Madera
    . El acopio de la madera debe considerar las condiciones climáticas del lugar y mantener el nivel de humedad óptimo, que permita asegurar la estabilidad y durabilidad del material en obra.
    . Sólo se aceptan maderas estructurales según las siguientes clasificaciones: Pino radiata o insigne grados G1, G2, C24 y C16. Otras especies deben ser clasificadas de acuerdo a lo dispuesto en la normativa correspondiente.
    . Reticulados de madera no durables definidos en la OGUC deben considerar impregnación, según especies, la que debe estar acreditada mediante informe de ensayo.
    . Escuadrías mínimas nominal para entramados de madera de 2" x 3", avalados por cálculo.
    . La distancia máxima entre pies derechos será de 60 cm. Para distancias mayores debe presentarse ensayo de impacto del panel. SERVIU podrá exigir riostras y/o cadenetas entre pies derechos de la misma escuadría especificada para éstos, siempre y cuando el cálculo no indique lo contrario.
    . Las verificaciones de cálculo se deben realizar sobre la base de secciones efectivas, considerando aquellos elementos que poseen procesos de cepillado y perforaciones para las pasadas de instalaciones, cuando corresponda.
    . Las tabiquerías deben considerar forros por ambas caras, que cumplan con los requisitos de resistencia al fuego, aislación acústica y térmica. Se debe considerar sello entre encuentros de distinta materialidad, en los que se generen separaciones.
    . En zonas húmedas, se deben considerar sellos impermeables entre placas, revestimiento de terminación y sello de neopreno del tipo compriband bajo solera.
    . Las piezas de madera asentadas sobre hormigón deben llevar una barrera a la humedad con retorno de 3 cm por ambos costados de la solera.
    . Los tabiques estructurales deben considerar refuerzos en encuentros de las soleras superiores.
    . Barrera contra humedad bajo revestimiento exterior. La solución que se adopte debe permitir que el vapor de agua interior pueda salir al exterior. Se debe asegurar la continuidad en la instalación de la barrera.
    . Se debe consultar un sello bajo las soleras inferiores u otra solución que impida el ingreso del viento.
    . Se debe contemplar barrera en el suelo contra termitas, cuando los muros estructurales estén concebidos en base a elementos de madera en aquellas comunas o zonas donde se hayan detectado dichos insectos.
    . Conforme al tipo de revestimiento a utilizar, se deben consultar fijaciones y distanciamientos según recomendación del fabricante.
    . En los casos en que existan muros frontones, estos deben considerar las mismas características de los muros exteriores.
    2.6.2. Acero
    . En el caso de acopios de perfiles metálicos, éstos deben considerar las condiciones climáticas y su protección contra la humedad y otros ambientes agresivos, como la salinidad.
    . En el caso de soluciones estructurales con tabiquería compuesta por perfiles metálicos de pared delgada, éstos serán de espesor mínimo de 0.85mm. Sistemas constructivos con espesores distintos a los mínimos detallados, deberán ser certificados por DITEC.
    . En caso de soluciones con perfiles corrientes con uniones soldadas, el espesor mínimo a utilizar será de 3 mm.; en caso de uniones mecánicas, se acepta como espesor mínimo 2 mm.
    . Se considera el uso de perfiles tipo costanera o canal de altura 90 mm o superior para muros estructurales, en edificaciones de solo 1 piso, se pueden considerar perfiles de altura 60 mm siempre que exista un respaldo mediante memoria de cálculo.
    . Las verificaciones de cálculo se deben realizar sobre la base de secciones efectivas, considerando aquellos elementos que poseen perforaciones para las pasadas de instalaciones, cuando corresponda.
    . Distancia máxima entre pies derechos de 60 cm. Para distancias mayores debe presentarse ensayo de impacto del panel, según norma.
    . Las tabiquerías deben considerar forros por ambas caras que cumplan con los requerimientos de resistencia al fuego, aislación acústica y térmica. Se debe considerar sello entre encuentros de distinta materialidad en los que se generen separaciones.
    . En zonas húmedas se deben considerar sellos impermeables entre placas, revestimiento de terminación y sello de neopreno del tipo compriband bajo perfil solera, considerando que dicho sello presente un espesor que NO afecte la estabilidad del perfil al momento de desarrollar el anclaje.
    . Para perfiles no galvanizados, se debe considerar protección de pintura anticorrosiva con un mínimo de 2 manos de distinto color. En sectores costeros o ambientes agresivos, la pintura anticorrosiva a aplicar debe ser del tipo epóxica.
    . Conforme al tipo de revestimiento a utilizar, se deben consultar fijaciones y distanciamientos, según recomendación del fabricante.
    . En los casos en que existan muros frontones, estos deben considerar las mismas características de los muros exteriores.
    2.7. TABIQUES NO ESTRUCTURALES
    . Reticulados de maderas no durables, definidos en la OGUC deben considerar impregnación según especies.
    . Reticulados de madera mínimo nominal de 2" x 2" o estructuras de Fe galvanizado e = 0,45 mm.
    . Los tabiques de madera en zonas húmedas deben consultar todas sus piezas impregnadas, y las piezas en contacto con la ducha y soleras inferiores deben impermeabilizarse.
    . Las tabiquerías deben considerar forros por ambas caras. Para el caso de placas de yeso cartón, el espesor mínimo debe ser 10 mm y para el caso de placas de fibrocemento mínimo 6 mm. Se debe considerar sello entre encuentros de distinta materialidad en los que se generen separaciones.
    . En zonas húmedas, se deben considerar sellos impermeables entre placas y revestimiento de terminación impermeabilizante, en el caso de utilizar como base revestimiento de fibrocemento, éste debe tener un espesor mínimo de 6 mm y para el yeso cartón debe ser del tipo RH. Otras soluciones alternativas de base de revestimiento deben ser de calidad superior garantizada y estar autorizadas por el SERVIU respectivo.
    . Barrera contra humedad bajo revestimiento exterior. La solución debe ser continua y permitir que el vapor de agua interior pueda salir al exterior.
    . Se debe consultar un sello bajo las soleras inferiores u otra solución que impida el ingreso del viento, para aquellos que se encuentran hacia el exterior de la vivienda.
    . En caso de considerarse alternativas no tradicionales, éstas deben ser previamente aprobadas por la DITEC y el respectivo SERVIU, además de cumplir con todos los requerimientos técnicos de acondicionamiento térmico, fuego y acústico, cuando corresponda. La solución adoptada no puede aumentar la carga combustible de la vivienda.
    . Se debe acreditar en obra la impregnación de la madera mediante informe de ensayo emitido por un laboratorio inscrito en los registros del MINVU.
    . Todos los elementos que se encuentren expuestos al exterior, deben quedar protegidos contra agentes medioambientales.
    2.8. ANTEPECHOS
    . Deberán contemplar alfeizar con cortagotera, con pendiente hacia el exterior de la vivienda o soluciones similares que cumplan la misma función, acorde con la materialidad del proyecto, desde la Región de Atacama al Sur, según normativa. Otras alternativas pueden ser usadas previa evaluación de SERVIU, cumpliendo con las respectivas indicaciones del fabricante.
    . Los antepechos de albañilería deben incluir armadura horizontal de refuerzo en el caso de albañilerías armadas y de albañilería confinada, según la norma correspondiente.
    . Los antepechos con reticulados de madera no durables indicados en la ordenanza, deben considerar impregnación según especies, de acuerdo a exigencias de la norma. Se debe acreditar la impregnación en obra mediante informe del laboratorio inscrito en los registros del MINVU, en que conste lo comprometido en EE.TT.
    . Los antepechos con perfilería metálica o estructura de madera deben revestirse por ambas caras. Para el caso de placas de yeso cartón, el espesor mínimo debe ser 10 mm y para el caso de placas de fibrocemento mínimo 6 mm. Se debe considerar sello entre encuentros de distinta materialidad en los que se generen separaciones. Otras alternativas de revestimiento pueden ser usadas previa evaluación de SERVIU, cumpliendo con las respectivas indicaciones del fabricante.
    . Cuando el antepecho se encuentre en una zona húmeda, se deben considerar sellos impermeables entre placas y revestimiento de terminación impermeabilizante, en el caso de utilizar como base revestimiento de fibrocemento, éste debe tener un espesor mínimo de 6 mm y para el yeso cartón debe ser del tipo RH. Otras soluciones alternativas de base de revestimiento deben ser de calidad superior garantizada y estar autorizadas por el SERVIU respectivo.
    . Para edificación en altura se debe considerar cortagotera en dinteles y bajo balcones.
    2.9. LOSAS
    2.9.1. Tradicional (maciza de H.A.)
    . El espesor mínimo de losas tradicionales será 11 cm. Otras soluciones podrán ser aprobadas por SERVIU, teniendo en consideración que se debe responder la condición más exigente que para el caso aplique.
    . En caso de que alguna o algunas losas en la condición de largo plazo (con la acción de cargas permanentes, sobrecargas y efecto de creep) supere la flecha de 1/450, se considerará en el proyecto la correspondiente contraflecha.
    . La terminación de la losa dependerá del tipo de revestimiento de pavimento a colocar.
    . Las enfierraduras a utilizar en el hormigón armado serán de primer uso, libres de torceduras o escamas. Una vez ubicadas en su posición definitiva, previo al vaciado del hormigón, se debe verificar que éstas no se encuentran torcidas (grifadas).
    . Debe procurarse que el hormigonado de este elemento con vigas o cadenas, se realice en forma simultánea.
    2.9.2. Otras soluciones
    . El desarrollo mediante otras soluciones de losas se resuelve de acuerdo a las indicaciones del fabricante, lo cual debe ser debidamente justificado mediante el cálculo estructural. En particular se debe demostrar la efectividad del sistema de losas en su comportamiento como diafragma rígido.
    . En caso de que alguna o algunas de las otras soluciones de losas en la condición de largo plazo (con la acción de cargas permanentes, sobrecargas y efecto de creep) supere la flecha de 1/450, se considerará en el proyecto la correspondiente contraflecha.
    . La terminación de la losa dependerá del tipo de revestimiento de pavimento a colocar.
    2.10. ESTRUCTURA DE ENTRAMADOS HORIZONTALES DE MADERA O ACERO
    2.10.1. Madera
    . Sólo se aceptan maderas estructurales según las siguientes clasificaciones: pino radiata o insigne grados G1, G2, C24 y C16. Otras especies deben ser clasificadas de acuerdo a lo dispuesto en la normativa correspondiente.
    . Reticulados de maderas no durables, indicados en la ordenanza deben considerar impregnación según especies, de acuerdo a exigencias de la norma.
    . Las verificaciones de cálculo se deben realizar sobre la base de secciones efectivas, considerando aquellos elementos que poseen procesos de cepillado y perforaciones para las pasadas de instalaciones, cuando corresponda.
    . El vano de la caja de escalera debe quedar contenida entre piezas de la misma sección del envigado como mínimo.
    . Las piezas que se afiancen o queden en contacto con zonas de hormigón, deben considerar la colocación de una barrera contra la humedad.
    . Los pisos ventilados, es decir, separados del suelo, deben cumplir con la transmitancia térmica según lo indicado en ítem 1.6.2. Acondicionamiento Térmico y 1.6.4 Condiciones de Seguridad Contra Incendios.
    . Se debe acreditar impregnación de la madera en obra, mediante informe de ensayo emitido por un laboratorio inscrito en los registros del MINVU.
    2.10.2. Acero
    . En el caso de soluciones estructurales con tabiquería compuesta por perfiles metálicos de pared delgada, estos serán de espesor mínimo de 0.85mm. Sistemas constructivos con espesores distintos a los mínimos detallados, deberán ser certificados por DITEC. En el caso de soluciones con perfiles corrientes con todas o algunas uniones soldadas, el espesor mínimo a utilizar será de 3 mm.
    . La geometría de los perfiles del entramado horizontal deberá satisfacer las condiciones de estabilidad, serviciabilidad, habitabilidad y seguridad que defina la norma respectiva respondiendo a la condición más exigente que para el caso aplique.
    . Para perfiles no galvanizados, se debe considerar un espesor mínimo de 2 mm con protección de pintura anticorrosiva con un mínimo de 2 manos de distinto color. En sectores costeros o ambientes agresivos, la pintura anticorrosiva a aplicar debe ser del tipo epóxica.
    . Los pisos ventilados, es decir, separados del suelo, deben cumplir con la transmitancia térmica según lo indicado en ítem 1.6.2. Acondicionamiento Térmico y 1.6.4 Condiciones de Seguridad Contra Incendios.
    2.11. ESTRUCTURA DE TECHUMBRE
    . Todo proyecto deberá diseñar la estructura de techumbre considerando la futura instalación de un Sistema Solar Térmico y su operación, ubicando el equipo en el agua de la cubierta orientada al norte, con una tolerancia de 90° al oriente o poniente. La ubicación debe quedar señalada en la planimetría.
    . El cálculo de la techumbre se debe calcular considerando, como sobre carga el peso de un SST (300 kg como mínimo). Esto debe quedar claramente establecido en la memoria de cálculo respectiva, en el sector establecido de acuerdo al punto anterior.
    . En edificios, la techumbre debe ser transitable.
    2.11.1. Madera
    . Sólo se aceptan maderas estructurales según las siguientes clasificaciones: Pino radiata o insigne grados G1, G2, C24 y C16. Otras especies deben ser clasificadas de acuerdo a lo dispuesto en la normativa correspondiente.
    . Reticulados de maderas no durables, indicados en la ordenanza deben considerar impregnación según especies, de acuerdo a exigencias de la norma.
    . Costaneras de madera de sección mínima bruta de 2" x 2" y tapacanés de 1" de espesor. SERVIU podrá evaluar y aprobar otra solución.
    . Las verificaciones de cálculo se deben realizar sobre la base de secciones efectivas, considerando aquellos elementos que poseen procesos de cepillado y perforaciones para las pasadas de instalaciones, cuando corresponda.
    . Respecto de la estructura de techumbre, el diseño de la misma debe considerar las cargas asociadas a la inclusión de un Sistema Solar Térmico.
    . Las piezas que se afiancen o queden en contacto con zonas de hormigón, deben considerar la colocación de una barrera contra la humedad.
    . Ángulo de inclinación de techumbre no inferior a los mínimos establecidos en la norma, salvo en los casos que el material de cubierta utilizado permita otra solución, previo V° B° SERVIU.
    . En caso de cerchas prefabricadas, el acopio de éstas debe velar por su indeformabilidad y resguardada de los agentes climáticos que la puedan afectar.
    2.11.2. Acero
    . Perfiles metálicos galvanizados de espesor mínimo de 0,85 mm.
    . La geometría de los perfiles de la estructura de techumbre debe satisfacer las condiciones de estabilidad, serviciabilidad, habitabilidad y seguridad que defina la norma respectiva respondiendo a la condición más exigente que para el caso aplique.
    . Para perfiles no galvanizados, se debe considerar un espesor mínimo de 2 mm con protección de pintura anticorrosiva con un mínimo de 2 manos de distinto color. En sectores costeros o ambientes agresivos, la pintura anticorrosiva a aplicar debe ser del tipo epóxica.
    . Respecto de la estructura de techumbre, el diseño de la misma debe considerar las cargas asociadas a la inclusión de un Sistema Solar Térmico.
    . Ángulo de inclinación de techumbre no inferior a los mínimos establecidos en la norma, salvo en los casos que el material de cubierta utilizado permita otra solución, previo V° B° SERVIU.
    2.12. SISTEMAS CONSTRUCTIVOS NO TRADICIONALES
    . Para los sistemas constructivos no tradicionales, que se entienden como aquellos que se encuentren compuestos por materiales que no cuenten con normas de diseño y requisitos en Chile o aquellos materiales que siendo conocidos en el país, se trabajen en forma diferente a lo establecido por las normas nacionales o extrajeras reconocidas para tal efecto, el proceso constructivo debe realizarse según indicaciones y detalles entregados por el fabricante, que deberán estar contenidas en planos y EETT.
    3. TERMINACIONES
    3.1. PAVIMENTOS
    . La terminación de piso debe ser resistente al tráfico, aislar del frio y la humedad, de fácil limpieza.
    . Si la terminación es radier afinado, éste debe ejecutarse en fresco, monolíticamente y con endurecedor superficial indicado en las EETT.
    . Los pisos de baños y cocina deben considerar pavimento de terminación antideslizante.
    . En el caso de entrepiso, se debe utilizar barrera impermeabilizante en zonas húmedas con un retorno de 5cm tanto en bordes de muros como en las perforaciones de la losa para el paso de las descargas de artefactos.
    . Donde se considere placa de madera como base de pavimentos, se deberá colocar una barrera de humedad entre ésta y el pavimento de terminación, además se considerará tratamiento de juntas entre las placas.
    3.2. PUERTAS EXTERIORES
    . Se deben consultar puertas con espesor mínimo de 45 mm.
    . Fijación mediante tres bisagras de 3½" x 3½", u otra solución que debe ser aprobada por SERVIU.
    . Los marcos de puertas deben garantizar condiciones de seguridad, como mínimo marcos de 1,0 mm en el caso de marcos metálicos y de 1"1/2x4" de una sola pieza en el caso de marcos de madera.
    . Las puertas exteriores deben estar protegidas contra los agentes ambientales por todas sus caras y cantos (humedad, rayos UV, etc.) lo que deberá ser certificado por el fabricante y en caso de que el diseño lo requiera, botagua en sector inferior de puerta, de la Región de Valparaíso al Sur, incluida la Región Metropolitana, según requerimientos SERVIU.
    . Se consultan 2 puertas como mínimo: una en la entrada principal y la otra en salida a patio desde la cocina, que en el caso de los departamentos podrá ser considerada como la puerta de salida a logia.
    . La puerta de la cocina debe considerar rejilla o celosía de un mínimo de 15 cm de altura y 15 cm de ancho ubicada a 15cm del borde inferior de la puerta, y la puerta de salida a logia, tendrá que tener ventana y considerar también ventilación a través de rejilla o celosía de un mínimo 15 cm de altura y 15 cm de ancho ubicada a 20cm del borde inferior de la puerta. Se puede ejecutar solución de puerta-ventana.
    . Para el control de infiltraciones de aire, todos los marcos de las puertas exteriores deben considerar un sello de silicona neutra por dentro de la vivienda, y un sello elastomérico en base a poliuretano por fuera de la vivienda. Todas las puertas exteriores deben considerar un burlete de PVC y goma autoadhesiva en el peinazo de la puerta por su parte interior. Este burlete debe ser instalado de acuerdo a las recomendaciones del fabricante.
    . Todas las puertas exteriores deben considerar la instalación de burlete de caucho perfil P por todo el borde perimetral interior del marco de la puerta. Su instalación deberá ser de forma continua, sin interrupciones ni cortes en las esquinas para evitar la infiltración de aire. El espesor del burlete de caucho no deberá superar los 5 mm de espesor.
    3.3. PUERTAS INTERIORES
    . Con fijaciones 3 bisagras de 3"x3" u otra solución que debe ser aprobada por SERVIU.
    . Los marcos de las puertas deberán ser, como mínimo de 1,0 mm en el caso de marcos metálicos y de 1"1/2x4" de una sola pieza en el caso de marcos de madera.
    . Se debe incluir en puerta de baño rejilla o celosía de ventilación, de mínimo 15cm de altura y 15 cm de ancho, ubicada a 15cm del borde inferior de la puerta. La perforación debe ser concordante con la dimensión de la rejilla colocada.
    . La puerta de baño debe considerar impermeabilización en la cara interior.
    . Se debe consultar una puerta para cada recinto conformado (baño, una por cada dormitorio conformado y en cocina si el proyecto la contempla como recinto cerrado).
    . Todas las puertas deben consultar topes, ya sea en piso, muro o la misma puerta.
    . La puerta de la logia debe considerar ventana y rejilla o celosía, de un mínimo 15 cm de altura y 15 cm de ancho.
    3.4. VENTANAS
    . En recintos habitables se debe considerar un tamaño mínimo de ventana de un 15% de la superficie del recinto que sirve, con un mínimo de 1 m2 y la apertura total de al menos el 50% del paño.
    . En recintos no habitables (baño y cocina) que consulten ventanas, se debe considerar un tamaño no menor al 8% de la superficie del recinto, con un ancho mínimo de 0,45 m, con celosía transparente con operador de cierre, con un mínimo de 3 láminas o ventana practicable.
    . Se debe considerar sistema de desagüe hacia el exterior para aguas de condensación superficial interior. No se aceptan soluciones in situ.
    . Se requiere garantizar la impermeabilidad al agua de las ventanas. Considerar todos los traslapes, burletes y sellos necesarios para asegurar su cumplimiento.
    . Para el control de infiltraciones de aire todas las ventanas deben considerar un sello de silicona neutra por dentro de la vivienda, y un sello elastomérico en base a poliuretano por fuera de la vivienda. Estos sellos se deberán instalar en toda el área de contacto entre el marco de la ventana y el muro.
    . Para el control de infiltraciones de aire, en el caso de ventanas correderas, se debe considerar un burlete adhesivo de caucho perfil E, colocado sobre todo el riel interior del marco de la ventana y un burlete de caucho adhesivo perfil P instalado por todo el resto del perímetro del marco, por ambos costados del perfil que lo constituye, el cual deberá ser afianzado bajo presión sobre todo el perímetro, en cada aleta del marco.
    . Para el caso de ventanas abatibles se deberá instalar un burlete perfil P por todo el perímetro del marco interior de la ventana, en la zona de contacto entre la hoja y el marco. Este burlete deberá ser instalado de forma continua, sin interrupción.
    . Todas las ventanas deben contar con seguro, de acuerdo a la materialidad de la solución especificada. Para el caso de ventanas de corredera y de guillotina, además debe considerar tiradores para todas las hojas móviles.
    . La ventana instalada debe corresponder a la dimensión del rasgo especificado en planos. No se acepta más de 5mm de sello en los contornos de la ventana.
    . Todas las ventanas deben permitir el fácil acceso para la limpieza de la totalidad del vidrio por el exterior.
    . No se aceptan soluciones de ventanas de fierro.
    3.5. QUINCALLERÍA
    3.5.1. Cerraduras de puertas
    . Todas las cerraduras deben cumplir con la norma respectiva.
    . La puerta principal debe consultar cerradura embutida, con cilindro en ambos lados, cerrojo de dos pitones, de dos vueltas. Cualquier otro tipo de cerradura podrá ser aprobado por SERVIU siempre que garantice los aspectos de seguridad de la vivienda.
    . La puerta exterior de cocina o logia, según corresponda, debe consultar picaporte reversible, cerrojo de dos vueltas. Cualquier otro tipo de cerradura podrá ser aprobado por SERVIU siempre que garantice los aspectos de seguridad de la vivienda.
    . La puerta de baño debe ser embutida, con picaporte reversible, cerrojo de una vuelta, seguro interior y entrada de emergencia exterior.
    . La puerta de dormitorio debe ser embutida con picaporte reversible, cerrojo de una vuelta, seguro interior y entrada de emergencia exterior. La puerta del dormitorio principal podrá consultar llave exterior.
    . Mecanismo de cierre y apertura deben ser de presión o palanca.
    . Las puertas de acceso y cocina deben contar con tirador.
    . Deben estar a una altura de 0,95m, respecto del piso terminado.
    . No se acepta quincallería de plástico.
    3.5.2. Cerraduras de Ventanas
    . Mecanismo de cierre y apertura deben ser de presión, palanca o fácil maniobra.
    . Deben estar a una altura mínima de 0,90m y máxima de 1,20m máxima.
    . No se acepta quincallería de plásticos.
    3.6. ESCALERA
    3.6.1. Interior
    . Sólo se acepta maderas estructurales según las siguientes clasificaciones: pino radiata o insigne grados G1, G2, C24 y C16.
    . Los peldaños conformados por piezas de madera deben considerar sistema de unión y/o ensamble, que asegure una superficie horizontal sin deformaciones y de acuerdo a lo indicado en Cuadro Normativo.
    . En caso de aquellos peldaños conformados por una sola pieza de madera cepillada y que cuyo ancho sea de 10", se acepta la equivalencia de dimensión de 230 mm mínimo, este peldaño debe instalarse desde el inicio de la huella, dejando los 20mm máximo que falten al final de esta.
    3.6.2. Exterior
    . Para el caso de proyectos acogidos a la Ley 19.537 (V. y U.), de 1997, sobre copropiedad inmobiliaria, que consideren vías de acceso a viviendas mediante escaleras que hayan sido cedidas en uso y goce exclusivo a la vivienda que sirve, la escalera debe tener un ancho mínimo de 90cm. y el peldaño deberá tener un ancho mínimo de 85cm. y en el caso de estar expuesta a la intemperie debe preverse la protección de sus componentes de acuerdo a su materialidad.
    . Para todos los demás casos de escaleras exteriores se debe regir por lo que indica la OGUC.
    . Debe incluir dentro de la memoria de cálculo estructural el respaldo de la solución propuesta, incluyendo escuadría de peldaños.
    3.7. MUROS EXTERIORES
    . Siempre deberá considerar tratamiento de impermeabilización al agua.
    . Para las soluciones de placas, es necesario considerar tratamiento en las juntas para sellar el revestimiento ya sea que este cuente o no con otro material de terminación.
    . Cuando los muros exteriores consideren estuco por su cara exterior, este debe tener un espesor mínimo de 20 mm y mortero con impermeabilizante incorporado o consultar un tratamiento impermeabilizante garantizado por 5 años. El impermeabilizante debe ser permeable al paso de vapor.
    3.8. TECHUMBRE
    3.8.1. Cielo y aislación
    . Todos los proyectos deben considerar cielo, para el caso de entretechos y entrepisos.
    . Los materiales de cielo deben garantizar indeformabilidad, estabilidad dimensional ante la humedad y adecuada resistencia al impacto. La solución propuesta debe responder a los acondicionamientos térmicos, de fuego y acústicos.
    . En caso de entretechos, se debe considerar la ejecución de una gatera, con dimensiones mínimas de 60x60cm, para acceder al entretecho.
    . El cadeneteado que sostiene el cielo no debe interrumpir el aislante térmico.
    . Conforme al tipo de cielo a utilizar, se deben consultar fijaciones y distanciamientos según recomendación del fabricante.
    . No se aceptan aislantes a granel o sueltos. Se debe asegurar la continuidad del material aislante en su instalación, fijación y terminación con el fin de evitar puentes térmicos.
    . Desde Biobío al sur, se debe considerar un sistema que impida que el viento remueva la aislación, sin dañarlo ni deformarlo.
    3.8.2. Cubierta
    . Los entretechos deben prever un sistema de ventilación cruzada, a través de aleros o frontones que contemple un área de abertura efectiva de 200 cm2 como mínimo, protegida por celosías, rejillas u otro.
    . La solución debe evitar ingreso de aves, roedores y murciélagos a los entretechos.
    . Bajo cubiertas se debe considerar la colocación de barrera de humedad que sea impermeable al paso del agua y permeable al paso del vapor.
    . Los materiales, especificados en cubierta, caballetes, limatesas y limahoyas, serán instalados de acuerdo a las recomendaciones de los fabricantes y aprobados por SERVIU a nivel de proyecto.
    . En zonas expuestas a vientos, como las zonas costeras, SERVIU podrá exigir refuerzos en la fijación del material y de la estructura de cubierta.
    . Hojalatería de acero debe ser de 0,4mm mínimo, o acero zinc alum mínimo de 0,35mm.
    3.8.3. Canales y Bajadas de aguas lluvia
    . Cuando el proyecto no considere aleros o cuando éstos sean de menos de 0,80m., se debe consultar canales y bajadas de aguas lluvia a lo largo de todas las caídas de agua de la cubierta. Esto no se exige en las regiones de Arica, Tarapacá, Antofagasta y Atacama. El SERVIU respectivo, de cualquier región, podrá modificar esta exigencia si lo considera pertinente de acuerdo al proyecto presentado, permutando esta partida o definiendo un estándar diferente, siempre que asegure las protecciones hídricas mínimas, cuidando de resguardar los accesos a la vivienda de la caída de agua.
    . La solución definida por el proyectista debe velar por el adecuado escurrimiento de las aguas y/o su infiltración al suelo fuera del perímetro de la vivienda y patios, solución que deberá ser aprobada por SERVIU.
    . Las canaletas de aguas lluvia, deben ser de PVC, acero galvanizado u otro material, según indicaciones del proyectista y garantizar la impermeabilidad y estanqueidad de las aguas a conducir.
    . Es requisito considerar protección contra rayos UV tanto para canales como bajadas de aguas lluvia de PVC.
    . Las abrazaderas de canales horizontales deben instalarse del mismo material que las canaletas, y su distanciamiento deberá estar definido en las especificaciones del proyecto y ser visado por SERVIU.
    . Los ductos verticales de bajadas de aguas lluvia podrán ser de PVC, acero galvanizado u otro material según indicaciones del proyectista, y deben ubicarse de acuerdo a plano de cubierta, para el caso de edificios se mantendrá como mínimo el criterio de 1 Ball (bajada de agua lluvia) por cada 65 m2 de cubierta a evacuar. En caso de edificaciones con superficie de cubierta inferior a 65 m2 (ej.: viviendas) se considerará como mínimo 1 por cada agua portante. La sección de las Ball debe ser la apropiada para evacuar en forma eficiente el agua capturada por la cubierta, esto debe ser válido para viviendas individuales y colectivas, con un diámetro mínimo recomendado de 75 mm.
    . Las abrazaderas de ductos verticales deben instalarse del mismo material que los ductos verticales, de fijación a muro, con un distanciamiento máximo definido en las especificaciones del proyecto y visado por SERVIU.
    3.8.4. Aleros
    . Los aleros, cuando deban considerarse, tendrán un mínimo de 0,30 m.
    . Se recomienda considerar longitudes mayores de aleros en base a la zona climática, considerando los criterios incluidos en la "Guía de Diseño para la Eficiencia Energética en la Vivienda Social".
    3.9. PINTURAS Y BARNICES
    3.9.1. General
    . Todo muro exterior debe tener tratamiento impermeabilizante al agua.
    . Todos los elementos que consulten pintura deben aplicar un mínimo de dos manos, de acuerdo a indicaciones del fabricante y deben presentar un acabado perfectamente uniforme.
    3.9.2. Antióxidos
    . Se debe consultar en todos los elementos metálicos de acero en base a planchas o perfiles, excepto galvanizados o cincados.
    . Se debe aplicar una mano en fábrica y otra de distinto color en obra. En caso, de ambientes agresivos se deberán considerar pinturas anticorrosivas epóxicas.
    3.9.3. Óleos y/o esmaltes
    . Se deben aplicar en todos los elementos metálicos de acero a la vista tratados previamente con antióxido.
    . Se deben aplicar en cielos y muros del recinto baño, excepto que tengan otro tipo de terminación, tales como vinílico, azulejos u otros que impidan el paso de humedad hacia el sistema constructivo.
    . Se deben aplicar en marcos y hojas de ventanas y puertas de madera al exterior y del recinto baño, por todas sus caras y cantos.
    . Se deben aplicar en todos los muros con revestimiento interior de placas de contrachapado o aglomerado de madera.
    . Toda pintura que se coloque en elementos que dan al exterior debe ser permeable al paso de vapor.
    . En elementos de madera a la vista exterior como alternativa al barniz.
    3.9.4. Barnices
    . En elementos de maderas a la vista al exterior.
    4. INSTALACIONES
    Todas las instalaciones deben diseñarse y ejecutarse cumpliendo con la normativa vigente y exigida por las empresas o instituciones que aprueban los proyectos y reciben las obras.
    A continuación se establecen requisitos mínimos obligatorios que pueden estar sobre el estándar normativo en cada una de las especialidades, en caso de existir contradicciones con la normativa específica vigente, primará esta última.
    Tanto los proyectistas serán los profesionales competentes definidos por los reglamentos respectivos así como los instaladores deberán ser autorizados por los organismos correspondientes.
    Los artefactos, aparatos, accesorios y materiales en general deben estar certificados por el organismo correspondiente.
    4.1. AGUA POTABLE DOMICILIARIA
    4.1.1. General
    . Para zonas dentro de áreas concesionadas o con factibilidad de extensión de redes, no se aceptan soluciones particulares de agua potable para dar solución a subdivisiones de terreno.
    . La red debe ser enterrada o embutida en todos sus tramos, salvo en aquellas regiones cuyo itemizado regional indique lo contrario.
    . En el caso de la red húmeda, siempre debe considerarse a la vista.
    . Los trazados exteriores que suban por los plomos exteriores de los muros deberán contar con una solución arquitectónica y protección adecuada.
    . Para el caso de edificación colectiva acogida a ley de copropiedad, se deben colocar remarcadores individuales.
    . Sólo se acepta grifería metálica, la que debe contar con certificación de la SISS.
    . Toda la grifería debe contar con un diseño de corte efectivo.
    . La instalación de los artefactos debe ser coincidente entre planimetría de arquitectura e instalaciones.
    . Para la red de distribución se debe considerar como mínimo una dotación de 150 lt/hab/día.
    4.1.2. Factibilidad
    . Se debe considerar para todas las viviendas, áreas verdes y equipamiento comunitario indicando si existen obras adicionales. Puede ser demostrada mediante boletas de servicios en caso de CSP o DP.
    . En zonas fuera de área de concesión de una empresa sanitaria o donde no exista red pública en frente de la propiedad o inmueble, deberá construirse solución particular de agua potable, la que deberá ser aprobada y autorizada por la SEREMI de Salud respectiva.
    . Para loteos de 2 o más familias, deberá presentarse factibilidad de conexión al APR del sector, en caso que exista, con V°B° MOP/DOH.
    . En caso de las APR y fuentes propias de agua potable se deben entregar las características de esas instalaciones y los requerimientos para la conexión.
    . Todo sistema particular de provisión de agua potable debe considerar fuente de captación propia, tratamiento del agua si corresponde, estanque de regulación, desinfección y red domiciliaria de distribución y equipos de bombeo.
    . En todos los casos la calidad del agua potable provista por los servicios de agua públicos y particulares, debe cumplir con las especificaciones que establece el D.S. Nº 735 de 1969, del Ministerio de Salud, "Reglamento de los Servicios de Agua destinados al consumo Humano".
    4.1.3. Red interior
    . Debe considerar red de agua fría y caliente.
    . La red de agua caliente debe estar diseñada acorde al sistema de calentamiento de agua que proponga el proyecto,
    . Debe abastecer la tina/ducha, el lavamanos, la lavadora y el lavaplatos, considerando tomas para agua fría y agua caliente y el lavadero sólo agua fría.
    . Todos los tramos deben ser enterrados o embutidos, nunca a la vista. Salvo el caso de las regiones cuyo itemizado regional indique lo contrario y/o el SERVIU respectivo exija otra solución.
    . Para viviendas con acceso a patio la red debe incluir llave de jardín con hilo exterior, de un diámetro igual al del arranque del agua potable, instalada al lado del medidor, distanciada a lo menos 1mt., de la vivienda.
    . Se considera una llave de paso general por vivienda después del MAP o remarcador, y una para cada red (caliente y fría) de los recintos de baño, cocina y lavadero o logia. Las llaves de paso deberán encontrarse al interior del recinto al que sirven, ser accesibles y provocar el corte efectivo de todos los artefactos. Las llaves de paso no podrán ser reemplazadas por llaves angulares.
    . En caso de estructuras de tabiquería metálica, se deberá instalar un recubrimiento entre la estructura del tabique y la tubería de cobre, para evitar la pila galvánica o intercambio electrolítico.
    . Para el caso de condominios y/o edificación colectiva acogida a ley 19.537, las matrices y acometidas interiores se ubicarán en sitios comunes y deberán ser accesibles desde un espacio común donde se ubiquen los remarcadores, uno por vivienda más un medidor o remarcador que registre los consumos comunes.
    . La grifería de los artefactos a instalar y todas las llaves de paso deberán ser metálicas. La grifería debe ser eficiente monomando, con un caudal menor a 9 l/min y mayor a 5 l/min, para la tina y que garantice un consumo menor a 10 l/min con aireador eficiente (ref. NCh 3203), en lavamanos y lavaplatos.
    . Previo al inicio de obras del proyecto de red domiciliaria, se debe ingresar a SERVIU el informe de la concesionaria donde conste que el proyecto fue ingresado.
    4.1.4. Inodoro
    . La taza debe ser enlozada, con tapa y el estanque debe ser enlozado asentado sobre taza, también se puede utilizar inodoro de una pieza. Su consumo debe estar entre los 6 y los 4,8 litros con descarga diferida.
    . Se deben consultar sellos para estanqueidad entre estanque/taza y taza/piso.
    . El estanque debe quedar 100% apoyado en el paramento vertical.
    . Debe consultar conexión a red mediante flexible y llave angular o solución equivalente.
    . La descarga del inodoro debe ser de fácil maniobra.
    4.1.5. Lavamanos
    . El lavamanos debe ser enlozado con pedestal del mismo material, con capacidad mayor a 5 litros, no se aceptan soluciones con atriles metálicos ni de madera.
    . El lavamanos debe ubicarse por sobre una altura libre de 70 cm, medida desde el nivel de piso terminado.
    . La descarga debe ir adosada al muro.
    . Debe contar con grifería eficiente monomando, que garantice un consumo menor a 10 l/min con aireador eficiente (ref. NCh 3203).
    . Trampa o sifón que permita contener un sello de agua que opere como obturador hidráulico de a lo menos 5 cm.
    . Fijación al muro mediante uñeta metálica.
    . Sello en contorno pegado al muro en base a silicona acética con fungicida.
    . Flexibles de conexión de malla de acero inoxidable.
    4.1.6. Tina o Receptáculo
    . Se debe consultar tina de acero enlozado de 0,7m x 1,0m mínimo, salvo para proyectos de vivienda en altura, donde se permite la instalación de receptáculo de ducha in situ en baños que se encuentren en el primer piso o en viviendas cuyas familias cuenten con adultos mayores o personas con discapacidad entre sus integrantes.
    . Para receptáculo se debe considerar monomando ducha tipo teléfono y para tina monomando tina ducha tipo teléfono con aireador. Ambos deben entregar un caudal menor a 9 l/min y mayor a 5 l/min.
    . Debe contar con flexible de ducha de acero inoxidable y colgador ABS cónico, cromado.
    . Desagüe con registro y trampa o sifón que permita contener un sello de agua que opere como obturador hidráulico (mínimo 5 cm).
    . La fijación a piso debe evitar el asentamiento del artefacto.
    . Sellos en base a silicona acética con fungicida en contorno del artefacto en contacto con muros, tabiquería (y faldón en tinas).
    . En tinas, el faldón y/o los remates laterales deben forrarse con el mismo revestimiento de los muros o pisos. Se debe ejecutar tapa de registro, dejando disponible la apertura de acceso al desagüe.
    4.1.7. Lavaplatos
    . Debe contar con grifería eficiente monomando, que garantice un consumo menor a 10 l/min, con aireador eficiente, (ref. NCh 3203).
    . El lavaplatos debe ubicarse por sobre una altura libre de 0,70 m medida desde el nivel de piso terminado.
    . Mueble de melamina de mínimo 80 cm x 50 cm, con dos puertas abatibles, donde se debe montar la cubierta de lavaplatos.
    . En el caso de viviendas para personas con movilidad reducida este mueble debe dejar 70 cm libres desde el nivel de piso hasta la parte inferior del artefacto, fijado mediante atril o solución alternativa. Lo anterior sujeto a aprobación de SERVIU, teniendo en cuenta criterios de accesibilidad universal.
    . Cubierta de lavaplatos de acero inoxidable o fierro enlozado con 1 secador y 1 cubeta.
    . Sifón con desgrasador tipo botella.
    . Sellos de silicona neutra con fungicida en todo el contorno superior del artefacto en contacto con muros o tabiques.
    . Flexibles de conexión de malla de acero inoxidable.
    4.1.8. Lavadero exterior
    . Capacidad mínima de 14 l, autosoportante fijado al muro o montado sobre atril metálico al piso, en cualquier situación debe contemplar pavimento de 0.5 m ancho por 1 m de largo. Se debe considerar la protección del muro o tabique.
    . Trampa o sifón tipo botella, que permita contener un sello de agua que opere como obturador hidráulico de a lo menos 5 cm.
    . Llave de agua fría de tipo palanca, con aireador eficiente.
    . Sellos en base a silicona acética con fungicida en todo el contorno del artefacto en contacto con muros o tabiques.
    4.1.9. Conexión de Lavadora
    . Para la lavadora se deben dejar instaladas dos llaves 1/2"x3/4", hilo exterior, una para agua caliente y la otra para agua fría.
    . Debe contar con descarga propia mínima de 5 cm, a la red de alcantarillado en el lugar donde se ubique este artefacto (recinto baño o cocina y para el caso de departamentos, sólo en cocina o logia).
    . El tubo de descarga de la lavadora deberá tener una altura mínima de 90cm sobre el NPT.
    4.2. SOLUCIONES PRINCIPALES DE AGUA CALIENTE DOMICILIARIA
    4.2.1. General
    . El proyecto debe contar con una solución que suministre agua caliente a la vivienda, de acuerdo a las alternativas establecidas en los puntos siguientes.
    4.2.2. Calefón a gas y red asociada
    . Artefacto calefón debe estar certificado por la SEC de capacidad mínima de 7 litros. En caso de ir al exterior, debe consultar gabinete metálico de protección. (Ref. DS 66/2007).
    . La llave de paso de gas debe ubicarse en una zona de alcance rápido y fácil, nunca detrás del mobiliario y a una altura mínima de 0,90 m y máxima de 1,20 m.
    . Red de gas de acuerdo al DS 66:
    a. La red en caso de viviendas unifamiliares o departamentos en edificios de hasta 5 pisos va desde cilindros GLP, dispuestos en nichos hasta los puntos de consumo.
    b. En caso de edificios la red debe incluir matriz interior, los medidores y el tanque (depósito colectivo), este último sólo para condominios de viviendas económicas. En caso de existir red pública debe considerar el empalme colectivo, la matriz interior y los medidores.
    c. Toda la red en cañería de cobre sin costura tipo L, con accesorios de bronce o cobre unidos con soldadura fuerte.
    d. Para la cocina se deja el arranque equipado con su correspondiente válvula de paso sellada con tapa tornillo o sellada con un terminal de tubo expandido con tapagorro fijado con soldadura normal.
    . Gabinete equipo GLP con capacidad para 2 cilindros de gas licuado, ubicado en logia o patios, de acuerdo a la normativa vigente, con radier de hormigón en caso de estar al exterior.
    . Sello verde.
    4.2.3. Termo eléctrico
    . Artefacto certificado por SEC.
    . Termo de capacidad mínima de 160 l. SERVIU deberá evaluar la razón costo, capacidad, potencia y tiempo para alcanzar la temperatura de consumo, teniendo la facultad de rechazar la solución si la considera inadecuada.
    . Circuito y protecciones independientes al resto de la instalación eléctrica de la vivienda.
    . La challa de la ducha debe ser de flujo controlado máximo 6 lt/min.
    4.2.4. Solución Alternativa
    . Eventualmente se pueden aceptar soluciones alternativas a las indicadas en los puntos 4.2.2 y 4.2.3 del presente Itemizado, las que deben estar certificadas por SEC y SERVIU respectivo deberá evaluar la razón costo, capacidad, potencia y tiempo para alcanzar la temperatura de consumo, teniendo la facultad de rechazar la solución si la considera inadecuada.
    4.3. SOLUCIONES DE APOYO AGUA CALIENTE DOMICILIARIA (OPCIONAL)
    4.3.1. Sistemas Solares Térmicos
    . Se debe contar con sistema de aporte auxiliar (SAA). Se recomienda que en caso de usar gas el calefón sea del tipo solar.
    . Debe cumplir con las exigencias establecidas en el Itemizado Técnico de Sistemas Solares Térmicos MINVU.
    4.3.2. Solución Alternativa
    . Eventualmente se pueden aceptar soluciones alternativas a las indicadas en los puntos 4.2 y 4.3.1 del presente Itemizado, las que deben ser autorizadas y contar con la aprobación previa del SERVIU respectivo.
    4.4. ALCANTARILLADO DOMICILIARIO
    4.4.1. General
    . Se deben privilegiar aquellas soluciones técnicas que permitan el desagüe gravitacional de las aguas servidas domiciliarias.
    . Las instalaciones domiciliarias se proyectan de modo que todas las tuberías sean accesibles para su revisión y limpieza.
    . No se aceptan soluciones particulares de alcantarillado para dar solución a subdivisiones de terrenos dentro del área urbana. Sólo se aceptan soluciones particulares en los casos que estén autorizadas por la autoridad de salud quien calificará la factibilidad de su construcción.
    . En edificaciones en altura, se recomienda que las descargas de artefactos se efectúen preferentemente por sobre el nivel de piso (descarga del WC horizontal).
    4.4.2. Factibilidad
    . Se debe considerar para todas las viviendas y equipamiento comunitario, indicando si existen obras adicionales. Pueden ser mediante boletas de servicios en caso de CSP o DP.
    . En zonas fuera de área de concesión y donde no exista red pública, se debe contar con proyecto de PTAS o alcantarillado individual particular. La factibilidad de conexión a planta de tratamiento aprobada por MOP/DOH (para loteos de 10 o más familias). La solución particular individual debe ser aprobada por la SEREMI de Salud.
    . En el caso de conexión a PTAS ya existente solicitar antecedentes técnicos que permitan asegurar la factibilidad a la entidad u organización que tenga a cargo el funcionamiento de dicha planta.
    4.4.3. Red Interior
    . Trazado de acuerdo a proyecto de arquitectura y debe contemplar descarga para cada artefacto a instalar, incluida la lavadora.
    . En el caso de conectarse a la red pública, se debe considerar una cámara domiciliaria al interior del lote, a una distancia no mayor de 1 m de la línea oficial de cierro y en lugar accesible.
    . Las cámaras de inspección domiciliarias se ubican en patios o sitios completamente ventilados.
    . Se debe colocar una cámara de inspección en la confluencia de los ramales y cambios de dirección o pendiente de los mismos, en la planta baja.
    . Si una cámara domiciliaria se ubica en el acceso de vehículos, deberá contar con tapa reforzada.
    . En el punto más alto de la red de alcantarillado domiciliario se instalará una tubería de ventilación principal, de diámetro nominal no inferior a 75 mm.
    . En edificios de tres o más pisos, se colocan registros en todos aquellos puntos que sea necesario para la accesibilidad y prueba de los conductos. En las tuberías de descarga, estos registros irán mínimo cada dos pisos.
    . Toda tubería de descarga que reciba servicios de pisos superiores, exceptuando aquellas que desagüen a una pileta o cámara sifón, debe estar ventilada por medio de un ramal, las que deben conectarse mediante una "V" invertida.
    . Las descargas de alcantarillado al interior o exterior de la vivienda deben canalizarse por medio de shaft, cielos o vigas falsas. En ningún caso pueden quedar a la vista, así como tampoco los tramos de ventilación al interior de la vivienda.
    . En caso de que tramos de la red queden bajo circulación vehicular o estacionamiento, se deben contemplar los refuerzos necesarios.
    . Las ventilaciones de PVC sin filtro UV al exterior, deben pintarse y/o protegerse de la radiación solar.
    . En caso de sistemas de disposición individual, se debe presentar un sistema aprobado por la SEREMI de Salud, tanto en materialidad, capacidad y dimensiones. A nivel general debe estar compuesto por cámara cortagrasa, fosa séptica, pozo de absorción y/o drenes.
    . La ubicación de la fosa en el sitio debe permitir su limpieza periódica y se debe considerar posible conexión futura a red pública de alcantarillado.
    . Para el cálculo de la superficie de terreno necesaria para la infiltración de las aguas servidas tratadas, deberá realizarse la prueba de absorción correspondiente, que permita determinar la capacidad real de infiltración del terreno.
    . En caso de sistemas de infiltración en base a drenes, se recomienda un largo de drenes no superior a 6 m., con el objeto de asegurar un aprovechamiento más eficiente del terreno de infiltración.
    . Sobre el terreno donde se ubique la solución de aguas servidas y el sistema de infiltración, no podrá construirse ningún tipo de instalaciones, de tal forma de permitir las labores de inspección, limpieza y desobstrucción cuando sea necesario.
    4.5. ELECTRICIDAD DOMICILIARIA
    4.5.1. General
    . Los circuitos de enchufes deben considerar conductor de tierra de protección.
    . Sistema de puesta a tierra individual, para cada vivienda y en el caso de edificios una malla a tierra común.
    . Todos los elementos que componen el proyecto eléctrico deben estar diseñados para valores nominales de tensión y frecuencia de 220 VAC y 50 Hz respectivamente.
    . Los alimentadores de una propiedad no deben pasar por partes de una propiedad vecina. En el caso de edificios, para llegar desde el punto de empalme hasta la propiedad respectiva deben utilizar los espacios de uso común.
    . Las uniones y derivaciones entre conductores serán soldadas mediante soldaduras de bajo punto de fusión o soldaduras de alto punto de fusión y con huincha aislante, y se prohíben uniones al interior de la canalización y en tableros, estas sólo deben ser efectuadas al interior de las cajas de derivación.
    . Para condominios Tipo A se recomienda considerar empalmes concentrados, los cuales deberán estar alojados en un gabinete metálico.
    4.5.2. Factibilidad
    . Se debe considerar para todas las viviendas, áreas verdes y equipamiento comunitario indicando si existen obras adicionales. Pueden ser boletas de servicios en caso de CSP o DP.
    4.5.3. Red interior
    . Alimentador: Se considera como alimentador el conducto eléctrico, entre el medidor eléctrico y el tablero en adelante TDA, la sección mínima según normativa SEC tanto para F y N (fase y Neutro), este deberá tener una pérdida de tensión (caída de voltaje) menor al 3% del Vn (voltaje Nominal) 220V.
    . Circuitos Terminales: Se considera como los conductores que van desde un circuito del TDA, y llegan a cada uno de los consumos, para circuitos de 10 A, se acepta conductores de 1,5 mm2. sólo en el caso de alumbrado.
    . Como medio de canalización, solo es aceptado ductos de PVC Tipo Conduit de 16, 20, 25mm2 tipos II para canalización embutida en muros.
    . Cajas de Distribución: Deben ser las adecuadas según el material de construcción (hormigón, albañilería o tabique) para evitar deformaciones. La conexión entre la tubería y la caja, deberá considerar protección a los conductores.
    . Tubería mínima: De PVC 16 mm para alumbrado y 20 mm para enchufe, utilizar un ducto por cada circuito o tramo.
    . Las canalizaciones eléctricas deben colocarse retiradas a no menos de 0,15 m de ductos de calefacción, conductos, ductos de escape de gases o aire caliente.
    . En tuberías que lleven más de tres conductores se deben aplicar los factores de corrección de capacidad de transporte de corrientes.
    . El acceso al entretecho en que vaya colocada una canalización eléctrica debe asegurarse mediante una escotilla o puerta.
    . El proyecto eléctrico debe considerar los circuitos, enchufes e interruptores y pasadas para conectar la vivienda con el proyecto de ampliación que corresponda, los que deben quedar conectados mediante cajas de distribución a la vivienda inicial.
    4.5.4. Artefactos y Aparatos
    . No podrán instalarse interruptores que se accionen a través del giro o del movimiento de los dedos.
    . Los circuitos de iluminación y enchufes deben estar protegidos por un interruptor diferencial.
    . Un enchufe doble por recinto y dos en el dormitorio principal.
    . En la cocina además del enchufe doble por recinto, debe haber como mínimo tres enchufes simples de fuerza 10/16 A para el refrigerador, la lavadora y otro para uso general.
    . Para cada uno de los siguientes recintos o zonas: estar, comedor, cocina, pasillos, escaleras, baño y dormitorios, se debe instalar 1 centro de iluminación, con portalámparas de base recta, con capacidad para al menos 100 W y que se fije directamente a las grafetas metálicas de la caja de distribución (de ninguna manera deben quedar colgando, soportado por el mismo conductor). En el baño el centro debe ser a prueba de salpicaduras.
    . Dos centros de iluminación exterior a prueba de salpicaduras de agua (IP 44 bajo techo), uno sobre la puerta de acceso y otro sobre la puerta de cocina al exterior o en logia, según sea el caso. Desde la Región de Antofagasta a Coquimbo la iluminación en el acceso principal y acceso a la cocina deben cumplir con la norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica.
    . Los interruptores y enchufes deben ubicarse en los accesos a los recintos, no deben instalarse detrás de puertas ni de muebles.
    . Enchufes: Se instalarán de acuerdo a normativa SEC, en cuanto a viviendas para personas con discapacidad estos estarán entre una altura mínima de 0,4m y una máxima de 1,20 m, medidos desde el NPT.
    . Los enchufes de fuerza deberán ser de 16 A, y todos los enchufes deberán ser con alveolos protegidos.
    . Interruptores: Se instalarán de acuerdo a normativa SEC, en cuanto a viviendas para personas con discapacidad estos estarán entre una altura mínima de 0,4m y una máxima de 1,20 m, medidos desde el NPT.
    . En el baño el interruptor deberá ubicarse fuera del recinto, en caso de ir adentro se deberá considerar interruptor IP 55, se prohíbe la unidad Interruptor/enchufe.
    . Los enchufes que se instalen al exterior de la vivienda deben contar con tapas de protección IP 55.
    . Las cajas deben estar rígidamente fijas a la superficie sobre la cual van montadas. En general, para canalizaciones ocultas o a la vista, las cajas deben estar fijas a alguna parte estructural de la construcción.
    . Toda caja de distribución que se utilice sólo para derivación en los muros debe contar con tapa ciega montada con soporte.
    . En casos de edificios de viviendas, se debe considerar iluminación en espacios comunes de acceso, escaleras y pasillos exteriores.
    . Para el caso de viviendas de 2 o más pisos, en la escalera se deben considerar dos interruptores: uno al inicio y otro fin escalera.
    4.5.5. Circuitos
    . En una instalación puede existir una puesta a tierra de servicio y una puesta a tierra de protección.
    . El conductor neutro de cada instalación de consumo debe conectarse a una puesta a tierra de servicio.
    . La puesta a tierra de servicio se efectúa en un punto lo más próximo posible al empalme, preferentemente en el punto de unión de la acometida con la instalación.
    . Durante la construcción de una puesta a tierra deben adoptarse las disposiciones necesarias como para que su resistencia pueda medirse sin dificultades.
    . La resistencia combinada en todas las puestas a tierra resultantes de la aplicación de esta exigencia no debe exceder los 5 ohm.
    . Como mínimo se debe considerar un circuito de 10 A para iluminación y otro circuito de 16 A para enchufes.
    . Las uniones no deben quedar sometidas a tensión mecánica, excepto las uniones hechas en líneas aéreas; las derivaciones deben cumplir esta exigencia sin excepción.
    4.5.6. Tablero
    . Incluir en proyecto de especialidad respectivo la materialidad y dimensiones, que tenga tapa con seguro, con barra de neutro y tierra por separadas y aisladas con cubreequipos.
    . Dentro del tablero se debe considerar un volumen libre de 25% de espacio.
    . Deberá ubicarse al interior de la vivienda, cercano al acceso principal de esta.
    . Debe considerar 1 interruptor termomagnético general, de la capacidad máxima del empalme.
    . Para la sede el circuito de alumbrado deberá contar con un disyuntor de 10 A curva tipo B, conductor tipo EVA (libre de Halógeno) y protector diferencial 25 A, 30mA y los circuitos de enchufes de fuerza deberán contar con un disyuntor 16 A curva tipo C, conductor tipo EVA (libre de halógeno) y protector diferencial 25 A, 30mA.
    . Deberá contener un diagrama unilineal, plastificado al interior del tablero donde se deberá indicar cada circuito y los sectores que protege además qué tipo de circuito corresponde.
    . Las uniones al interior del tablero, solo se permitirán que sean a través de las barras de distribución, se prohíbe realizar uniones entre conductores en forma directa.
    4.6. RED INTERNA DE TELECOMUNICACIONES (RIT)
    . Todo proyecto de edificación de vivienda deberá considerar las instalaciones mínimas necesarias para cobijar las redes de telecomunicaciones de la forma que se especifica en reglamento SUBTEL respectivo.
    . La infraestructura física de la RIT deberá diseñarse y construirse en edificaciones en altura o a proyectos en extensión.
    . Los espacios para la red interna estarán destinados exclusivamente a servicios de telecomunicaciones, no pudiendo alojarse en ellos otro tipo de redes, sean públicos o de uso interno de la edificación en altura.
    . Será responsabilidad del contratista entregar la infraestructura física de la RIT, la cual está compuesta por las cámaras, canalizaciones, salas de operaciones de telecomunicaciones, ductos, bandejas, cajas o cámaras de distribución, cajas o cámaras de paso, cajas terminales, obras civiles y demás elementos necesarios para facilitar el despliegue, mantenimiento y reparación del respectivo cableado.
    . Las Salas de Operaciones de Telecomunicaciones (SOTI, SOTS y SOTU), corresponden a los gabinetes o recintos que contienen los elementos necesarios para proveer los servicios de telecomunicaciones en los proyectos.
    5. OBRAS EXTERIORES
    5.1. PAVIMENTOS EXTERIORES
    . Se debe garantizar accesibilidad a las viviendas mediante faja de hormigón de 7 cm de espesor y 80 cm de ancho, o pastelones asentados en gravilla y ripio u otra solución aceptada por SERVIU, desde el acceso dispuesto en línea de cierro hasta la puerta de acceso a la vivienda.
    . Se deberá contemplar a lo menos un área de hormigón de 1 m2 con un mínimo de 0,8 m de ancho y 7 cm de espesor frente a la puerta de acceso de la cocina.
    . Para proyectos emplazados en zonas rurales, SERVIU puede aprobar soluciones que no lleguen a la línea de cierro, manteniendo el área de hormigón de las características ya indicadas frente a las puertas de acceso y cocina.
    . Se deberá contemplar faja de hormigón desde la vereda hasta el acceso de la sede social, que cumpla con características establecidas para personas con discapacidad (ref. art. 4.1.7., de la OGUC.)
    5.2. EVACUACIÓN DE AGUAS LLUVIA DOMICILIARIAS
    . No se aceptará la acumulación de aguas lluvia en patios interiores o de uso común sin las obras necesarias para un correcto escurrimiento o infiltración.
    . Debe asegurarse que las soluciones de evacuación de aguas lluvia domiciliarias impidan la inundación de los terrenos, especialmente de aquellos que se encuentren bajo el nivel de las soleras, además de evitar el aporte de aguas lluvia de estos a terrenos vecinos. Esta solución deberá contar con el V°B° del Departamento Técnico de SERVIU.
    5.3. CIERROS PERIMETRALES
    . Las viviendas unifamiliares deben considerar cierros entre unidades de viviendas que permitan delimitar el predio. Es aceptable como estándar mínimo, por ejemplo, cerco de malla de alambre galvanizado #14, de 1,8 m de altura, estructurada en base a polines de madera impregnada de 3" cada 2 m, tensada con alambre doble #14.
    . En el caso de los proyectos acogidos a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, se debe considerar cierro perimetral del lote de altura mínima 1,8 m, con capacidad para soportar una carga lineal igual o superior a 100kg/ml aplicada a lo menos a 1 m de altura.
    . Cuando el perímetro de la vivienda unifamiliar o de la copropiedad enfrente Bienes Nacionales de Uso Público u otras copropiedades dentro del mismo proyecto, se debe colocar un cierro transparente, que cumpla con las condiciones anteriores según sea el caso, y que permita visibilidad a la zona.
    . Considera portón y/o puerta que consideren como mínimo un ancho de 2,5 ml y 0,9 ml respectivamente, con capacidad para soportar una carga lineal igual o superior a 100kg/ml aplicada a lo menos a 1 m de altura. Otro diseño será autorizado por SERVIU previo respaldo técnico del proyectista. Cuando este cierro constituya el deslinde con propiedades de terceros, debe regirse por lo señalado en la OGUC.
    . Cuando un proyecto contemple varias copropiedades, cuyos bienes comunes no edificados destinados al esparcimiento y recreación sean reconocibles como una unidad, o bien, estos se encuentren integrados a las sesiones de áreas verdes y equipamientos del loteo en su conjunto, el cierro perimetral de las copropiedades no debe dividir esta áreas, buscando la alternativa que sea más funcional al proyecto.
    . Queda expresamente prohibido utilizar como cierros los siguientes materiales: Planchas metálicas en todo tipo de ondas y también liso; Placas de madera, mallas Raschel o similares; Lampazo, Coligüe y Coirón; Todo tipo de materiales de desecho, y en general, todo material reutilizado o en mal estado.
    . En caso de existir disposiciones en la Ordenanza Local que normen las características de cierros perimetrales, los proyectos deben dar cuenta de ambas exigencias, copulativamente, salvo en el caso que el presente instrumento contravenga las disposiciones de dicha Ordenanza, en cuyo caso debe prevalecer lo estipulado en esta última.
    . Los cierros dependiendo de su materialidad deben considerar protección contra los agentes medioambientales.
    5.4. PROYECTO DE EVACUACIÓN DE BASURAS
    . Es requisito para los proyectos de edificación en altura, contar con un sistema y evacuación de basura, el cual deberá obtener la aprobación de la SEREMI de Salud respectiva cumpliendo con los requisitos específicos que cada una exija y con lo que indica la Resolución N° 7328/76 del Ministerio de Salud, "Aprobación de proyectos de salas de basura en edificios elevados".
    6. URBANIZACIÓN
    6.1. LOTEO
    Se aplicarán las normas y consideraciones de diseño establecidas en el artículo 2.4.2. OGUC., las ordenanzas Locales, los instrumentos de planificación territorial, el REDEVU, el Manual de Señalización de Tránsito, MST. En caso que los Instrumentos de Planificación Territorial o las Ordenanzas Municipales locales vigentes exijan mayores estándares, sus disposiciones prevalecen por sobre las señaladas.
    6.1.1. General
    . El proyecto debe considerar la mejor orientación para obtener el mayor porcentaje de asoleamiento en las viviendas y la correcta evacuación de las aguas lluvia considerando las características del terreno y su ubicación.
    . En viviendas aisladas, pareadas o de edificación continua, se recomienda que al menos uno de los frentes tenga orientación Norte y hasta los 45° al Oeste y 67,5° al Este. Los pasajes pueden tener cualquier orientación.
    . En condominios tipo A y tipo B se deberá pavimentar las vías de acceso vehicular y la zona destinada a estacionamientos, así como las circulaciones interiores. Las condiciones técnicas exigibles para esta pavimentación serán las establecidas por cada SERVIU.
    . En los condominios tipo A y tipo B, se deberá contemplar al menos una ruta accesible que conecte su acceso desde el espacio público con las unidades o edificios que el proyecto contemple, los estacionamientos para personas con discapacidad y los locales o recintos de uso común.
    . Se debe tener control de la recepción, manipulación y acopio de los materiales que ingresan a obra, evitando que se produzcan daños que puedan afectar su calidad (estructural, aislante, etc.), y verificando que una vez almacenados o acopiados estén debidamente protegidos de factores ambientales tales como humedad, lluvias, exposición al sol prolongada, entre otros.
    6.1.2. Estacionamiento
    . Se debe incluir en el diseño del Loteo para cada lote un estacionamiento de vehículo. En los condominio o conjunto de viviendas se deberá considerar la cantidad de estacionamientos que el instrumento de planificación territorial exija o en su defecto un mínimo de 0,5 por vivienda. En caso de no solicitarse por DOM SERVIU podrá evaluar la cantidad requerida.
    . En condominios tipo A y Tipo B, del total de estacionamientos que se proyecte, deberán habilitarse estacionamientos de visitas para el uso de personas con discapacidad, cuyo número se determinará aplicando la tabla contenida en el artículo 2.4.2., con un mínimo de uno. Estos estacionamientos tendrán 2,5 m de ancho más una franja de circulación segura de 1,10 m de ancho a uno de sus costados laterales, la que podrá ser compartida con otro estacionamiento para personas con discapacidad y a través de la cual se conectará a la ruta accesible determinada en el proyecto. Se ubicarán próximos a los accesos al edificio respectivo así como a la salida al espacio público de éste. Dichos estacionamientos deberán señalizarse sobre el pavimento con el Símbolo Internacional de Accesibilidad (SIA y singularizarse en los planos del proyecto y en el plano de accesibilidad).
    6.2. ESPACIOS DE USO PÚBLICO, ÁREAS VERDES, CIRCULACIONES Y MOBILIARIO URBANO
    Los condominios Tipo A deberán contemplar superficies de terreno de dominio común destinadas a áreas verdes como si se trataran de proyectos de loteo y en el caso de la vialidad, sus vías deberán asimilar los anchos que la OGUC establece.
    Estas áreas, circulaciones vehiculares y peatonales, áreas verdes, áreas de juego y equipamiento deportivo entre otras, deberán entregarse consolidadas.
    6.2.1. General
    . Se entenderá por área verde conformada a la superficie de terreno destinada al esparcimiento que considere al menos una ruta accesible, circulaciones peatonales delimitadas, especies vegetales, mobiliario urbano, luminarias y otros elementos complementarios.
    . La superficie del área donde se instalará el mobiliario urbano y juegos infantiles debe estar nivelada, ser estable, antideslizante y con buen drenaje.
    . El mobiliario urbano no deberá obstaculizar la ruta accesible.
    . Se debe cumplir con lo indicado en la OGUC con respecto a los requisitos para el desplazamiento de las personas con discapacidad para asegurar la accesibilidad y posibilidad de uso de las principales zonas del espacio de uso público del proyecto, incluyendo juegos infantiles, sombreaderos y estacionamientos.
    . A lo menos el 50% de la superficie de las áreas verdes, debe concentrarse en un solo paño que cumpla con las exigencias que se establecen en el artículo 46 del D.S. 49. SERVIU deberá autorizar la propuesta de distribución para el 50% restante de las áreas verdes.
    . Las distintas zonas de juegos, áreas verdes, cambios de pavimentos o circulaciones deberán ser confinadas a través de elementos prefabricados como por ejemplo solerillas de hormigón de cemento vibrocomprimido, 20 cm de alto y 6 cm de espesor colocadas según indicaciones del fabricante.
    6.2.2. Basureros
    . Deberán ser resistentes a la intemperie y tener un volumen mínimo de 50 litros y un máximo de 100 litros.
    . Los basureros de boca superior deben tener una altura máxima de 80 cm y los de boca lateral una altura máxima de 100 cm.
    . Deben llegar hasta el suelo, para que sea detectado por bastón de personas con discapacidad visual y deben contar con un área de aproximación sin obstáculos.
    . Serán de material durable, antivandálicos.
    . Los basureros que incorporen recipiente de acero deben ser electrogalvanizados y pintados con pintura en polvo, fundida en horno.
    . Se contempla 1 por cada 25 viviendas o fracción, con un mínimo de 2. Distribuidos en el conjunto equitativamente y ubicados preferentemente en plazas. En caso de condominios acogidos a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, es posible considerar la instalación de basureros en bienes comunes no edificados.
    . Toda superficie de área verde, zona de juegos y área recreacional deportiva proyectada debe contar a lo menos con un basurero y su ubicación estará asociada a las bancas.
    6.2.3. Bancas o escaños
    . Las bancas deben ser de 1,5 m de largo mínimo, de estructura resistente, antivandálico y con protección antigrafiti, anclado con espárragos u otro tipo de solución firme, que asegure su estabilidad según el tipo de suelo. Deberán soportar al menos 250 kg o 100 kg por ml.
    . Las bancas considerarán protección a la intemperie de acuerdo a las condiciones climáticas del lugar.
    . Las bancas o escaños deberán tener respaldo y apoyabrazos, el asiento deberá estar a 45 cm de altura, medidos desde el NPT y tener 48 a 50 cm de profundidad.
    . Se pide 1 banca por cada 16 viviendas o fracción, con un mínimo de 2, distribuidos preferentemente en plazas. En caso de condominios acogidos a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, la instalación de bancas debe ir en bienes comunes no edificados.
    . Las bancas contarán con un área de aproximación sin obstáculos y no deben dificultar acceso a veredas ni a circulaciones peatonales, permitiendo asegurar el desplazamiento de las personas con discapacidad. Dejando un espacio mínimo de 90 cm de ancho por 120 cm de largo suficiente para que, en al menos a uno de sus costados pueda ubicarse una silla de ruedas o coche de paseo.
    . Las áreas donde se ubican, serán de superficies duras y semi-duras, niveladas e interiores sin interrumpir la ruta accesible y las circulaciones, evitando su localización adyacente a la calzada o en veredas que formen parte del perfil de la vía sin las protecciones correspondientes.
    6.2.4. Sombreadero
    . Desde la Región de Arica y Parinacota hasta la Región de Coquimbo, para conjuntos de más de 100 viviendas, en áreas verdes de conjuntos o condominios, se debe contar con sombreadero o pérgola de al menos 30 m2, sin cerramientos laterales, que permita generar semisombra a través de palillaje u otro tipo de entramado.
    . SERVIU será el responsable de aprobar el diseño de este sombreadero así como el tipo de entramado o palillaje según considere pertinente a sus necesidades climáticas.
    6.2.5. Especies vegetales y árboles
    a. Generalidades
    . En los BNUP, los proyectos cumplirán con las ordenanzas locales, y deberán ser aprobados por la Dirección de Aseo y Ornato y/o la DOM del municipio respectivo, según corresponda.
    . Se podrá contar entre la dotación de árboles, unidades existentes, siempre que aquellas se encuentren en buen estado.
    b. Obras preliminares
    . Se prepararán las áreas de jardín, removiendo el suelo al menos 20 cm., retirando material y confinándolo mediante solerillas. En caso de suelos de mala calidad y/o salinos se debe sustituir esta capa con mezcla de tierra.
    . Si es necesario mejorar el terreno, se removerán al menos 20 cm de este para reemplazarlo por estabilizado compactado mecánicamente.
    . Debe evitarse la contaminación de la zona de área verde, con escombros, cemento, petróleo u otros desechos propios de la construcción.
    . La arborización señalada en puntos posteriores puede ser modificada por cada región en virtud de los conocimientos específicos de cada SERVIU respecto de las condiciones particulares de sus territorios.
    . Si el Área Verde es atravesada por cuerpos de agua, acequias o canales, se deben hacer las canalizaciones necesarias, de manera de disminuir los peligros para la salud y seguridad pública. En caso de intervenciones de cauces naturales o artificiales se debe acoger a lo señalado en el Código de Aguas.
    c. Arborización en vías, públicas o al interior de copropiedades
    . Se consulta la plantación de árboles (excepto en las regiones desde Arica y Parinacota hasta Coquimbo), en forma lineal siguiendo una paralela a cierros, soleras o bordes de pavimento según corresponda. El ancho mínimo de la franja donde se plantan los árboles debe ser de 70 cm, la distancia entre ellos debe ser de máximo 6 m aproximadamente a ambos lados de la vía.
    . La ubicación de los árboles debe dejar libres los accesos peatonales y vehiculares a las viviendas y no interrumpir la continuidad de las veredas, tampoco se debe obstruir la iluminación pública, la señalética, los tendidos eléctricos, la circulación peatonal ni tampoco generar espacios o rincones ocultos.
    d. Arborización de áreas verdes públicas o privadas
    . La cantidad mínima de árboles a colocar en las áreas verdes de hasta 500 m2 es de 10 árboles y se incrementará en 1 árbol por cada 80 m2 de superficie adicional. En el caso de condominios sin áreas verdes se debe exigir la plantación de 1 árbol por cada 50 m2 de áreas comunes.
    . Se deben utilizar especies que provengan de viveros establecidos que cuenten con registro SAG privilegiando la utilización de especies nativas propias de la zona geográfica y desde la Región de Arica y Parinacota hasta la Región del Maule, se priorizarán las especies de bajo consumo hídrico.
    . Árboles y arbustos deben estar en perfecto estado fitosanitario, tronco recto con ramificación superior, tamaño mínimo de 1,8 m entre cuello y ápice, deben venir con su pan de tierra (cepellón) adecuado a la envergadura de la especie y el ejemplar. Deberán colocarse tutores a árboles y arbustos de 2" de diámetro y protegidos contra la humedad.
    . No se plantarán especies arbóreas que en edad adulta puedan levantar las veredas o pavimentos de las circulaciones ni de los espacios de uso.
    . Se debe trabajar con una paleta vegetal con pocas especies utilizadas de manera más extensiva, separándolas según sus requerimientos de mantención y riego.
    . La ahoyadura para la plantación es de mínimo 70 cm x 70 cm x 80 cm de profundidad, antes de colocar el árbol el hoyo se debe saturar con agua y bajo el nivel de las raíces se colocará abono y tierra harneada a tamaño máximo de 2".
    . Si la taza del árbol invade la circulación, ésta llevará algún tipo de protección, colocada a nivel de pavimento y que deberá ser de color contrastante respecto del pavimento circundante. En caso que esta protección contemple barras, estas no pueden tener separaciones mayores a 1,5 cm de separación entre sí y deberán ser colocadas perpendicularmente al sentido del flujo peatonal. Asimismo, tales elementos no podrán ubicarse en la ruta accesible, en el espacio que antecede a una rampa ni en la huella podotáctil, si procede.
    . No deben incluirse plantas que conlleven riesgos de intoxicación, envenenamiento o causar cortes o punzonamientos, con frutos peligrosos o espinas ni alto factor alergénico.
    e. Terreno
    . Debe formarse una taza de diámetro 1m para árboles y 60 cm para arbustos, de 15 cm de profundidad mínima en el centro, para recoger aguas lluvia y de regadío.
    . Direccionar las aguas lluvia para su aprovechamiento en el riego de las zonas plantadas.
    . Se deben ejecutar drenes según proyecto de especialidad.
    f. Riego
    . Se dotará de empalmes, medidores de agua potable y llaves para riego, que deben ir en cámaras subterráneas con tapa y portacandado. Se dejarán puntos de conexión a redes de agua para válvulas, con su debido caudal, para riego manual de todas las áreas verdes involucradas en el proyecto.
    6.2.6. Juegos Infantiles
    . Los juegos infantiles pueden ser de metal, plástico, fibra reforzada, madera u otro material siempre que cumplan con los requisitos establecidos en este Itemizado. En el caso de la madera serán de rollizos o piezas impregnados resistentes a humedad y plagas.
    . Los de acero o que contengan piezas de acero, deben utilizar como estructura principal tubos de al menos 1" de diámetro y un espesor de al menos 1,5 mm con pintura, con protección UV, libre de plomo, resistente a los cambios de temperatura, acción solar, humedad, impacto y rayaduras superficiales.
    . Los juegos instalados en ambientes climáticos agresivos, como las zonas costeras, o con alta presencia de humedad permanente deben considerar protección especial.
    . Serán preferentemente prefabricados, del tipo anti-vandalismo, elaborados con materiales durables, ignífugos, resistentes al agua y a la corrosión, con protección a rayos UV, atóxicos, lavables, de fácil mantención e higiene. No llevará cantos vivos ni elementos, bordes o defectos de soldadura o pulido que pudieran ocasionar daños a los usuarios.
    . Deben ser suministrados por una empresa especializada que garantice su calidad y funcionamiento por al menos un año.
    . Los juegos deben ubicarse en zonas amplias, protegidas de calles, estacionamientos, vías de tren, cursos de aguas, pozos, pendientes y otros peligros. Además no pueden ser parte de la circulación, ni ser cruzadas por senderos, pasillos, ciclovías, etc.
    . El suelo de las áreas donde se instalen juegos infantiles debe ser continuo, parejo y nivelado para que las aguas escurran hacia afuera de la zona. El pavimento debe amortiguar golpes o caídas; en caso de maicillo, la capa debe ser compactada y rodillada de 5 cm de espesor sobre terreno nivelado y compactado.
    . Las áreas de juego pueden confinarse mediante solerillas de goma.
    . Los equipos se deben instalar sobre fundaciones según las indicaciones del fabricante y planos de detalles para cada elemento. Este detalle de fundación y anclaje debe considerar que la cara superior de la fundación debe quedar a lo menos 5 cm bajo el nivel de suelo.
    . Al emplazar los juegos se debe dejar libre y sin superponer las áreas de seguridad, 2m alrededor de cada uno en caso que no estén definidas por el fabricante.
    . En caso de que el proyecto contemple máquinas deportivas éstas deben armar un conjunto y no estorbar la circulación ni superponer sus áreas de uso mínimo 1 m. alrededor de cada equipo.
    6.2.7. Circulaciones peatonales y pavimentos áreas de circulación
    . Se debe cumplir con lo indicado en la OGUC respecto de los requisitos para el desplazamiento de las personas con discapacidad.
    . Rutas accesibles, Veredas y circulaciones peatonales deben presentarse libres de obstáculos, señalizadas, sin desniveles ni resaltes, que permitan la circulación fluida de todas las personas, incluyendo aquellas que presentan alguna discapacidad, y que aseguren la conexión de las distintas zonas y la continuidad de los elementos existentes.
    . El ancho mínimo de las circulaciones peatonales principales del espacio público, serán de 1,0 m. Se considera una altura libre mínima de 2,1 m y deben diferenciarse de las zonas de plantación, mediante solerillas o bordes de 5 cm mínimo de alto u otra solución aprobada por Serviu.
    . En las circulaciones peatonales al interior de espacios públicos, tales como plazas, parques, la ruta accesible tendrá un ancho continuo mínimo de 1,50 m por 2,10 de alto.
    . Cuando existan ciclovías, estarán físicamente separadas de la circulación peatonal.
    . La pendiente transversal de cualquier circulación peatonal no debe ser mayor a un 2% y la longitudinal, cuando sea mayor a 5% debe resolverse por medio de rampas, de acuerdo a lo que establece la OGUC.
    . Previo a la colocación de cualquier pavimento se debe verificar que el terreno se encuentra nivelado y exento de material disgregado o de origen orgánico.
    . El pavimento de las circulaciones debe ser estable, liso, antideslizante (tanto seco como húmedo) y sin resaltes.
    . Las juntas entre pavimentos deben ser máximo de 1,5 cm de ancho.
    . Los pavimentos pueden ser bloques de hormigón, pastelones de hormigón lisos o texturados, diseñados y ejecutados según el Código de Normas y Especificaciones Técnicas de Obras de Pavimentación.
    6.3. AGUA POTABLE LOTEO
    6.3.1. General
    . Para zonas dentro de áreas concesionadas o con factibilidad de extensión de redes, no se aceptan soluciones particulares de agua.
    . Para el caso de edificación colectiva acogida a ley de copropiedad, se deben colocar remarcadores individuales, considerando además los destinados para consumo de áreas comunes.
    . Cuando corresponda, se debe contemplar proyecto de estanque con sistema de impulsión, de acuerdo al Artículo 55 del RIDAA. En estos casos, el sistema debe considerar lo siguiente:
    a) Las escotillas pasa hombres no deben comunicar el estanque de agua con la sala de máquinas.
    b) La incorporación de un sistema de alarma para rebalse, de acuerdo a necesidad del proyecto, evaluada por Serviu.
    c) Las motobombas deben quedar protegidas de las vibraciones mediante uniones elásticas, las cuales deben instalarse en las tuberías de aspiración e impulsión.
    d) Las llaves de paso (de corte) de las bombas deben instalarse de tal forma que permitan el retiro de las bombas sin cortar el suministro de agua potable a la edificación, como asimismo para el reemplazo de piezas (válvula de retención, uniones desmontables, uniones elásticas, etc.).
    . Sólo se acepta grifería metálica.
    . La red debe ser enterrada o embutida en todos sus tramos, nunca a la vista.
    . Previo al inicio de obras, se debe entregar a SERVIU el informe de la concesionaria donde conste que el proyecto fue ingresado, incluyendo la red de incendios y no tiene observaciones pendientes.
    6.3.2. Factibilidad
    . Certificado de factibilidad para el total de viviendas, equipamiento, áreas verdes y servicios incluidos en el proyecto.
    . En zonas fuera de área de concesión y donde no exista red pública. La solución particular individual debe ser aprobada por la SEREMI de Salud.
    . Para loteos de 2 o más familias deberá presentarse factibilidad de conexión al APR del sector, en caso que exista, con V°B° MOP/DOH.
    . En caso de las APR y fuentes propias de agua potable se deben entregar las características de esas instalaciones y los requerimientos para la conexión.
    6.3.3. Red de incendios
    . El proyecto de redes húmeda y seca debe estar integrado al proyecto de agua potable, cuando corresponda.
    . En las edificaciones que corresponda, se debe considerar estanques de agua potable y un sistema de redes para la provisión de agua, denominado red de incendio (red húmeda y red seca), de conformidad a las exigencias mínimas previstas en el RIDAA.
    6.4. ALCANTARILLADO LOTEO
    6.4.1. General
    . Se privilegiarán aquellas soluciones técnicas que permitan el desagüe gravitacional de las aguas servidas domiciliarias.
    . Las instalaciones domiciliarias se proyectan de modo que todas las tuberías sean accesibles para su revisión y limpieza.
    . No se aceptan soluciones particulares de alcantarillado para dar solución a subdivisiones de terrenos dentro del área urbana, salvo que sean autorizadas por la autoridad de salud quien califica la factibilidad de su construcción.
    6.4.2. Factibilidad
    . Certificado de factibilidad para el total de viviendas y equipamiento incluidos en el proyecto.
    . En zonas fuera de área de concesión y donde no exista red pública, se debe contar con proyecto de PTAS o alcantarillado individual particular.
    6.4.3. Alcantarillado Loteo
    . Cuando la propiedad no pueda desaguar gravitacionalmente y no sea posible cumplir con la descarga gravitacional, debe considerarse una planta elevadora.
    . Cuando sea ineludible el paso de las instalaciones por predios de otros propietarios, para empalmar a la red pública con las instalaciones de alcantarillado debe constituirse la servidumbre correspondiente.
    . El diámetro mínimo nominal de la unión domiciliaria es de 100 mm., diseñadas de preferencia en el mismo material del colector al que empalmen.
    . En caso que tramos de la red queden bajo circulación vehicular, se deben contemplar los refuerzos necesarios.
    6.5. ELECTRICIDAD LOTEO
    Incluye el proyecto eléctrico del conjunto incluyendo los empalmes para viviendas, equipamientos y otras construcciones que formen parte del loteo y las redes alumbrado de vías, plazas, multicanchas, ciclovías y otros BNUP.
    Deberá tenerse en cuenta que se encuentran vigentes las nuevas normativas de alumbrado público vial y alumbrado público peatonal, las cuales indican disposiciones para los distintos tipos de vías, calles, pasajes, carreteras, etc.
    6.5.1. General
    . El proyecto debe considerar las exigencias generales de la SEC y la empresa distribuidora eléctrica de la zona, así como las disposiciones municipales.
    . Debe considerar instalación el alumbrado de vías, áreas verdes, de juegos y deportivas, circulación de personas, etc., evitando dejar sectores sin iluminación.
    . El Sistema de puesta a tierra para urbanización del conjunto, iluminación exterior y alumbrado público deberá contar con camarilla de inspección en la zona de conexión, de material certificado y protegida de cualquier tipo de contacto directo, pero de fácil acceso.
    6.5.2. Factibilidad
    . Certificado de Factibilidad eléctrica de suministro para conjunto o loteo emitido por la empresa distribuidora de la zona.
    6.5.3. Electricidad e iluminación del loteo
    . Los circuitos pueden ser vía aérea o subterránea. En caso de ser aérea, deben utilizarse cables concéntricos a una altura superior a 4 metros. No se deberá instalar postes cerca de árboles, accesos vehiculares, grifos, sumideros, cámaras de agua, etc.
    . Los circuitos de alumbrado no deben ser mayores a 40 A., y llevarán protección termomagnética y protección diferencial, con sensibilidad máxima de 30 mA.
    . Todo elemento metálico de la instalación debe ser conectado a la tierra de protección y tener asociado un Protector diferencial.
    . El tablero de alumbrado no debe ser instalado a la intemperie, y debe contar con medidas de protección antivandálicas. Cuando se encuentre en áreas exteriores (BNUP), deberá quedar dentro de la caja AM1105 del empalme.
    . Los niveles de iluminación promedio serán los que establece la norma para cada tipo de espacio o recinto exterior. Desde la Región de Antofagasta a Coquimbo la iluminación debe cumplir con la norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica.
    . Toda luminaria instalada a la intemperie debe contar con elementos de mitigación de contaminación lumínica de acuerdo al DS N°43 del 2012 del Ministerio del Medio Ambiente y tener un IP 66 con un IK 08 mínimo.
    . Se recomienda incorporar criterios de eficiencia energética al diseño considerando luminarias tipo LED de potencias inferiores o iguales a 120 w para pasajes y calles y para avenidas inferior o igual a 170 w con rendimiento de 100 lm/w como mínimo.
    En zonas con arborización como plazas y parques, utilizar postes de 4 o 5 m de altura para evitar que el flujo lumínico se pierda por el follaje de los árboles. Se deberá alejar las luminarias de árboles existentes y/o proyectados para evitar pérdidas de flujo lumínico.
    . En caso de que el proyecto áreas deportivas considerar para multicanchas de 30 x 15m aprox. proyectores de 250w o 400W HM (haluro metal en 4 postes 9m), distribuidos equidistantemente al largo de esta, con 2 a 3 proyectores por poste y un nivel mínimo deberán ser 200 Lux y Emin /emed 0,5.
    . Las luminarias no deben obstaculizar la ruta accesible ni las circulaciones.
    6.6. PAVIMENTACIÓN Y AGUAS LLUVIA
    . El proyecto de pavimentación y aguas lluvia contemplará lo indicado en el Código de Normas y Especificaciones Técnicas de Obras de Pavimentación y deberá ser revisado y aprobado por el Departamento Técnico de los SERVIU respectivos.
    . No se aceptará garantizar las obras de urbanización.
    . En los pavimentos de las veredas los elementos tales como rejillas de ventilación, colectores de aguas lluvia, tapas de registro, protecciones de árboles, juntas de dilatación, cambios de pavimentos u otro de similar naturaleza, no podrán tener separaciones mayores a 1,5 cm entre sí, deberán ubicarse a nivel del pavimento y, en caso de contar con barras o rejas, estas deberán disponerse en forma perpendicular al sentido del flujo peatonal.
    7. REQUISITOS ADICIONALES PARA VIVIENDAS INCLUSIVAS
    7.1. VIVIENDAS EN QUE SE APLIQUE SUBSIDIO COMPLEMENTARIO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
    Artículo 35 del D.S. Nº 49 (V. y U.), 2011. Las normas a considerar son el Artículo 4.1.7 de la OGUC., y las referencias al manual de accesibilidad universal.
    7.1.1. General
    . En los edificios de departamentos, las viviendas para personas con discapacidad deben ubicarse en el nivel que cuente con acceso directo al espacio público y al menos una puerta de acceso principal del edificio debe ser fácilmente accesible en forma autónoma e independiente por usuarios en sillas de ruedas; la que debe consultar un ancho de paso libre mínimo de 90 cm, resistente al impacto hasta una altura no inferior a 30 cm. Todas las puertas incluidas las de la vivienda, deben contemplar manillas tipo presión o palanca ubicadas a una altura entre 90 cm y 120 que deben abrir hacia adentro.
    CIRCULACIONES
    . Cuando exista desnivel entre la circulación y acceso a la edificación se debe considerar rampa de acceso, antideslizantes y con un ancho libre mínimo de 90 cm, libre de obstáculos al desplazamiento y consultar pendientes y pasamanos, de acuerdo a OGUC. Los pasamanos serán continuos de doble altura: la primera a 95 cm y la segunda a 70 cm, los cuales deben sobrepasar en a lo menos 20 cm los puntos de entrada y salida de la rampa.
    . El ancho libre de paso de la puerta de acceso de la vivienda debe ser como mínimo de 80 cm.
    . El ancho libre de paso de las puertas de recintos interiores deben ser como mínimo de 75 cm, no obstante, para las viviendas destinadas a personas con movilidad reducida y uso de silla de ruedas, el ancho mínimo libre de paso será de 0,80 m.
    . Los pasillos que conecten los distintos recintos de la vivienda deben tener un ancho mínimo de 90 cm y cumplir con lo establecido en el artículo 6.4.2. de la OGUC.

    INSTALACIONES
    . En caso que las tuberías de agua caliente y fría vayan al descubierto, se deberá considerar la protección necesaria.
    . El recinto de baño debe contar con barras de seguridad o de apoyo, las que deben tener un diámetro de 3,5 cm, un largo mínimo de 0,60 m y ser de material antideslizante y anticorrosivo y de anclaje resistente.
    . A un costado del inodoro se debe proveer una barra de apoyo fija y al costado lateral del espacio de transferencia una barra abatible. Ambas barras deberán ser de un largo mínimo de 0,60 m, ubicadas a 0,40 m del eje longitudinal del inodoro y a una altura de 0,75 m, medida desde el nivel de piso terminado.
    . En ducha se consultan dos barras, una de 90 cm de largo que será instalada de forma horizontal, a lo largo del receptáculo, a 75 cm de altura medidos desde el NPT. y la otra ubicada verticalmente en lado corto del receptáculo de acuerdo a la preferencia o tipo de discapacidad del beneficiario, a una altura entre 80 cm y 140 cm del NPT. Ambas deben ser alcanzables desde el sector destinado a la transferencia y permitir el apoyo durante la ducha tanto de pie como sentado.
    . El piso de todos los recintos de la vivienda debe ser antideslizante y libre de resaltes y desniveles.
    . La grifería de baño y cocina debe ser Monomando, y no sobrepasar una distancia de 45 cm desde el borde del artefacto.
    . La llave de paso de gas debe ubicarse en una zona de alcance rápido y fácil, nunca detrás del mobiliario y a una altura entre 90 cm y 120 cm.
    . Los interruptores y enchufes, de todos los recintos, se deben ubicar en los accesos, entre una altura mínima de 40 cm y una máxima de 120 cm, no se pueden ubicar detrás de puertas ni muebles. Se debe prescindir de aquellos que deben accionarse a través del giro o exclusivamente del movimiento de los dedos.
    7.1.2. Viviendas con subsidio complementario de 20 UF
    . En escaleras de viviendas donde aplique el subsidio para personas con discapacidad de 20 UF, de acuerdo a las consideraciones del Artículo 35 del D.S. N°49, (V. y U.), 2011, se debe considerar un pasamanos continuo de doble altura: la primera a 95 cm y la segunda a 70 cm, el que debe sobrepasar, a lo menos, 20 cm los puntos de entrada y salida de la escalera, con una resistencia a sobrecargas horizontales de 50 kg/m.
    . El ancho libre útil del peldaño será de 0,90 m. Limones, pasamanos o cualquier otro elemento deberán considerarse fuera de dicho ancho.
    . La huella mínima será de 28 cm, sin traslapos y con contrahuella cerrada entre 15 y 18 cm como máximo.
    . Si se contemplare un área bajo la escalera, la parte de esa área cuya altura sea inferior a 2,10 m deberá tener elementos de resguardo colocados en forma permanente y de una altura no inferior a 0,95 m, que impida que personas con baja visión o discapacidad visual ingresen a dicha área.
    . El SERVIU podrá, según el tipo de discapacidad, exigir o aceptar soluciones de diseño que permitan mejorar el uso de los recintos de la vivienda.
    7.1.3. Viviendas con subsidio complementario de 80 UF
    . Las rampas de acceso deben considerar pavimento antideslizante, tanto en seco como en mojado. Deberán contemplar un espacio libre y sin pendiente de mínimo 90 cm x 150 cm, al inicio y al final de éstas para maniobrar la silla de ruedas y poder girar sobre su eje, no obstante, el área que enfrenta a la puerta de acceso debe contemplar un área de 1,50 m de diámetro que permita el giro en 360° de una silla de ruedas.
    . La pendiente de la rampa será de acuerdo a lo establecido en el artículo 4.1.7. de la OGUC.
    . La hoja de la puerta de acceso a la vivienda debe ser resistente al impacto hasta una altura no inferior a 30 cm. y su sistema de apertura deberá ser de presión o palanca y se ubicará a 0,95 m de altura, medidos desde el nivel de piso terminado.
    . Los sistemas de apertura y cierre de ventanas deberá ser de presión o palanca y deberán estar ubicados a una altura mínima de 0,90 m y una máxima de 1,20 m, procurando utilizar el mismo sistema en todas las ventanas.
    . Para facilitar el control visual, los antepechos y barandas de balcones y terrazas, si los hay, no pueden superar los 60 cm de altura, medidos desde el nivel de piso terminado. En este caso se deberá agregar una baranda a una altura de 95 cm. la que no deberá permitir el paso de una esfera de 12,5 cm de diámetro entre los distintos elementos que lo componen.
    . El recinto de baño debe considerar inodoro, lavamanos y ducha sin reborde y con un desnivel máximo hacia el desagüe de 0,5 cm respecto del nivel de piso terminado.
    . El receptáculo de la ducha debe tener como dimensiones mínimas 90 cm por 120 cm. y asegurar el ingreso de una silla de ruedas.
    . El lavamanos debe estar empotrado y estar ubicado a una altura de 80 cm, medida desde el nivel de piso terminado, dejando un espacio bajo su cubierta de 70 cm para permitir una aproximación frontal de una persona en silla de ruedas.
    . Se podrá considerar pedestal corto empotrado, ubicado a una altura mínima de 30 cm sobre el nivel de piso terminado, en su parte inferior u otro sistema de soporte que garantice la altura libre señalada.
    . A un costado del inodoro se debe proveer una barra de apoyo fija y al costado lateral del espacio de transferencia una barra abatible. Ambas barras deben tener un diámetro de 3,5 cm, un largo mínimo de 60 cm, ubicadas a 40 cm del eje longitudinal del inodoro y a una altura de 75 cm, medida desde el nivel de piso terminado.
    . El lavaplatos debe instalarse dejando debajo una altura libre de 70 cm, para esto se debe considerar una estructura que lo sostenga, pero que permita la aproximación de la silla de ruedas.
    . La distancia entre mobiliario que se enfrenta no debe ser inferior a 90 cm.
    8. ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA, art. N° 47 del DS N°49/11
    . Los muros interiores y cielos de todos los recintos deben considerar material de terminación, detallando el producto específico o pintura con un mínimo de dos manos; previo a la aplicación de pintura, la superficie a pintar debe estar completamente uniforme.
    . Se consultan 2 puertas exteriores como mínimo; una en la entrada principal y la otra en salida a patio. Para el caso de departamentos, deberá considerar puerta de salida a logia, esta última tendrá que tener ventana y ventilación. Se podrá ejecutar solución de puerta-ventana.
    . En casas, dos centros de iluminación exterior, uno sobre la puerta de acceso y otro sobre la puerta de cocina al exterior. En departamentos, un centro de iluminación en logia.
    . Para lavadora se exigirá conexiones de agua fría y caliente, y evacuación de aguas servidas. Para el lavadero se exigirá conexión de agua fría y evacuación de aguas servidas.
    . Se exigirá diferencial 2 x 25 A., 30 mA. para circuitos de enchufe, incluido en el tablero eléctrico.
    . Puertas exteriores: ancho puerta acceso que asegure un paso libre mínimo de 75 cm.
    . Puertas interiores: ancho que asegure un paso libre mínimo de 65 cm.
    . En casas, se debe considerar un pavimento de acceso para la vivienda.
    . Los materiales de cielo deben garantizar indeformabilidad, estabilidad dimensional ante la humedad y adecuada resistencia al impacto, la estructura que sostiene el cielo no podrá interrumpir el aislante térmico y no se aceptarán aislantes a granel o sueltos. Se debe asegurar continuidad de la superficie de aislación en su instalación, fijación y terminación del cielo de acuerdo a la solución de fuego adoptada, con el fin de evitar puentes térmicos.
    . Debe considerar artefacto Calefón certificado por la SEC de capacidad mínima de 7 litros. En caso de ir al exterior, debe consultar gabinete metálico de protección.
    9. RECOMENDACIONES
    Las siguientes indicaciones tienen el carácter de recomendaciones, es decir, no son exigibles para la ejecución habitual del programa. Sin embargo, de ser incorporada a los proyectos, se debe tener presente que su inclusión no debe generar mayores costos y asegurar que dichas obras se financien con los recursos del Programa.
    9.1. Habitabilidad
    Respecto a temas relacionados con habitabilidad, se recomienda:
    . La utilización de ventanas tipo abatible, oscilobatiente o proyectantes, por sobre la utilización de ventanas de correderas y de guillotina, ya que estas últimas presentan una diferencia importante en el grado de infiltración de aire.
    . Para zona climática 6 y 7 o su equivalente, se recomienda la utilización de doble vidriado hermético.
    . Como complemento a los extractores, se debe dejar aberturas para el ingreso de aire, ubicados en cada recinto habitable (dormitorios, estar - comedor, otros). Consiste en una perforación de diámetro 4", con encamisado de PVC de 90mm y la aplicación de un relleno de espuma de poliuretano entre la perforación y el encamisado, en toda su extensión. Adicionalmente, se deberá aplicar un sello de silicona neutra en el interior y exterior, entre el encamisado de PVC y el muro y por el interior y el exterior se instalará una celosía metálica o de PVC de 15 x 15 cm., bajo la celosía exterior se colocará una malla plástica.
    Se ubicarán a una altura mínima de 1.80 m sobre NPT y a 30 cm de la esquina del muro, la mínimo 3 m. de una fuente de calor. Al implementar este sistema, se deberán incorporar celosías de 400 a 600 cm², en la parte inferior de todas las puertas interiores de la vivienda, para permitir la circulación del aire hacia los puntos de extracción.
    . Que la instalación de material aislante se ejecute por el exterior de muro, de manera continua para disminuir la ocurrencia de puentes térmicos y patologías asociadas a dicho fenómeno. El material aislante, debe extenderse al menos 7cm bajo el NPT, cubriendo el sobrecimiento, asegurando un correcto tratamiento impermeabilizante.
    . Para el tratamiento de puentes térmicos en entramados estructurales, incorporar aislante térmico complementario a la aislación térmica del muro soportante, a través de las siguientes alternativas:
    - Un listoneado horizontal exterior, sobre la estructura soportante, instalado perpendicular a los pies derechos del entramado y distanciados entre sí conforme al ancho del material aislante consultado.
    - Un listoneado vertical exterior, sobre la estructura soportante, instalado entre los pie derecho del entramado, y distanciados entre sí conforme al ancho del material aislante consultado.
    . Incorporar material aislante en todo el perímetro de sobrecimiento, por su cara exterior, el cual deberá extenderse al menos 10 cm bajo nivel de terreno natural o hasta el hombro de la fundación.
    . En viviendas de material ligero, utilizar materiales en base a fibras como aislante, dentro de los muros perimetrales, con el fin de optimizar las propiedades acústicas de la vivienda.
    . Favorecer las ganancias solares, orientando los pasajes de oriente a poniente, en el criterio de diseño de las viviendas y loteo, para así direccionar las unidades habitacionales hacia el norte.
    . Para el control del sobrecalentamiento se recomienda la utilización de protecciones solares en ventanas, adecuadas para cada orientación, (por ejemplo aleros horizontales para ventanas orientadas hacia el norte, postigos, celosías verticales para orientación oriente y/o poniente, etc.).

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Última Versión
De 29-ABR-2025
29-ABR-2025
Intermedio
De 22-DIC-2023
22-DIC-2023 28-ABR-2025
Intermedio
De 23-JUN-2017
23-JUN-2017 21-DIC-2023
Intermedio
De 07-JUN-2017
07-JUN-2017 22-JUN-2017
Intermedio
De 16-DIC-2016
16-DIC-2016 06-JUN-2017
Texto Original
De 19-OCT-2016
19-OCT-2016 15-DIC-2016

Comparando Resolución 6624 EXENTA |

Loading...

Enlace a la parte

Acortar

Resultado de búsqueda para :

Término encontrado en la siguiente parte.
Sin resultados

Detalles Partes

Escuchar

Metadatos internos

Síguenos en:
Cuenta de X de la Biblioteca del Congreso Nacional Facebook Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Instagram de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Flickr de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Tiktok de la Biblioteca del Congreso Nacional Canal de Youtube de Biblioteca del Congreso Nacional
Políticas de privacidad Mapa del sitio Ubicación horarios y teléfonos
logo ISO-9001 logo IQNET
Creative Commons

Alternativas para descargar

  1. Descarga con Firma Electrónica Avanzada (FEA)

    - Esta opción garantiza la autenticidad e integridad del documento mediante una firma electrónica avanzada.
    - El proceso puede tardar unos momentos, ya que el documento se firma digitalmente en línea de forma automática. Le pedimos paciencia mientras se completa la operación.
  2. Descarga sin firma

    - Puede descargar el documento inmediatamente, pero sin firma electrónica avanzada.
    - Esta opción es más rápida, pero no incluye elementos de validación digital.
    Descargar ahora sin firma

Informamos a nuestros usuarios que, por inconvenientes técnicos que afectan temporalmente al Diario Oficial, las normas que deberían ser publicadas en nuestro sistema Ley Chile hoy 4 de marzo de 2025, no se encontrarán disponibles por el momento. Para su tranquilidad, Ley Chile se mantiene disponible y actualizado hasta el día de ayer.