Decreto 161
Decreto 161 MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 236, DE 2014, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 236, DE 2014, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES
Núm. 161.- Santiago, 11 de noviembre de 2016.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32° N° 6 de la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.059; en el DFL N° 343, de 1953, y en el DFL N° 279, de 1960, ambos del Ministerio de Hacienda; en el decreto ley N° 557, de 1974, del Ministerio del Interior; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.290, de Tránsito; en el decreto supremo N° 236, de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento que Fija Características Técnicas para los Instrumentos que Realizan Prueba Respiratoria Evidencial, sobre Presencia y Dosificación del Alcohol en el Organismo Humano; en la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del Trámite de Toma de Razón; y en la demás normativa que resulte aplicable.
Considerando:
1. Que, el decreto N° 236, de 2014, señalado en el Visto establece las características técnicas para los instrumentos que realizan prueba respiratoria evidencial sobre presencia y dosificación de alcohol en el organismo humano.
2. Que, es necesario modificar los términos del decreto N° 236, de 2014, estableciendo la posibilidad de utilizar al menos un principio analítico a través del cual los equipos pueden realizar la prueba respiratoria evidencial.
Decreto:
Artículo 1°.- Modifícase el inciso segundo del artículo 3° del decreto supremo N° 236, de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, en el sentido de reemplazar la oración "dos principios analíticos diferentes" por la frase "un principio analítico" y la oración "los que podrán" por la siguiente "el que podrá".
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.- Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Carmen Castillo Taucher, Ministra de Salud.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Juan Matías Sime Zegarra, Jefe División Administración y Finanzas.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
---|---|---|---|---|
Única
De 17-FEB-2017
|
17-FEB-2017 |
Comparando Decreto 161 |
Loading...