Decreto 72 EXENTO
Decreto 72 EXENTO AUTORIZA ENAJENACIÓN EN VENTA DIRECTA QUE INDICA, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 14° DEL DL N° 1.056, DE 1975
MINISTERIO DE HACIENDA; SUBSECRETARÍA DE HACIENDA
AUTORIZA ENAJENACIÓN EN VENTA DIRECTA QUE INDICA, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 14° DEL DL N° 1.056, DE 1975
Núm. 72 exento.- Santiago, 21 de febrero de 2018.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 14º del decreto ley Nº 1.056, de 1975; en el decreto Nº 669, de 2014, del Ministerio de Interior y Seguridad Pública; en el oficio ordinario Nº 2128, de 18 de mayo de 2017 y el oficio ordinario Nº 4176, de 18 de octubre de 2017, ambos del Consejo de Defensa del Estado; en el oficio ordinario Nº 22, de 5 de enero de 2018, de la Dirección de Presupuestos; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1.- Que, por medio del oficio ordinario Nº 2128, de 18 de mayo de 2017, el Presidente del Consejo de Defensa del Estado solicitó a la Dirección de Presupuestos (Dipres), autorización para enajenar sin licitación pública, sino mediante licitación privada o trato directo, un inmueble de su propiedad, ubicado en calle Dos Norte Nº 530, comuna de Talca, Región del Maule.
2.- Que, dicha solicitud se encontraba respaldada por un informe de tasación comercial realizado por la empresa Arquitectos Consultores S.A., de fecha 23 de marzo de 2017, respecto del cual Dipres sostuvo que carecía de aspectos metodológicos necesarios para sustentar el valor propuesto, antes de pronunciarse respecto al tipo de operación para su enajenación.
3.- Que, posteriormente, mediante oficio Nº 4176, de 18 de octubre de 2017, del Consejo de Defensa del Estado, se remitió una nueva tasación, realizada por la empresa Consultora Colliers International.
4.- Que, a través de oficio ordinario Nº 22, de 5 de enero de 2018 del Director de Presupuestos, se informó al Ministerio de Hacienda que la referida tasación contaba con información base para un instrumento de este tipo, con metodologías de valoración apropiadas para los fines indicados, un valor de tasación acorde al promedio de mercado de terrenos de características similares y valores aplicados a las edificaciones que son acordes a su costo de reposición y antigüedad.
5.- Que, a la fecha se han realizado tres licitaciones públicas para enajenar el inmueble; la primera, en mayo de 2015, con un valor mínimo de UF 7.610; la segunda, en agosto de 2015, con un valor mínimo de UF 5.918; y la tercera en julio de 2016, con un valor mínimo de $145 millones equivalentes a UF 5.578 al 1 de junio de 2018, las cuales se han debido declarar desiertas por no haberse recibido ofertas.
6.- Que, con posterioridad, el Consejo de Defensa del Estado recibió una oferta de la Inmobiliaria Centro, de fecha 24 de marzo de 2017, en representación de Rosa María Moreno, RUT Nº 6.688.092-3 e Ignacio García Correa, RUT Nº 10.354.828-4, interesados en adquirir el bien inmueble por un valor de $167 millones, oferta que es mayor al valor de liquidación establecido en la tasación de la empresa Consultora Colliers International, de fecha 22 de septiembre de 2017.
7.- Que, por lo anterior, la Dirección de Presupuestos recomendó, mediante el mismo oficio ordinario Nº 22, de 5 de enero de 2018, que se autorizara al Consejo de Defensa del Estado a hacer uso de la facultad establecida en el artículo 14 del decreto ley Nº 1.056, de eliminar el requisito de subasta o propuesta pública para la enajenación de determinados bienes y, en este caso, proceder a la venta del inmueble mediante trato directo.
8.- Que, por carta de Inmobiliaria Centro, de 26 de enero de 2018, remitida al Ministerio de Hacienda por oficio ordinario Nº 384, de 6 de febrero de 2018, la inmobiliaria confirmó la oferta de sus mandantes de adquirir la propiedad por un monto de $167 millones, bajo la modalidad de pago al contado.
9.- Que, cumplidos los requisitos legales, procede otorgar la autorización correspondiente para enajenar mediante trato directo el inmueble de propiedad del Consejo de Defensa del Estado, ubicado en calle Dos Norte Nº 530, comuna de Talca, Región del Maule, eximiéndose del requisito de subasta o propuesta pública. En consecuencia,
Decreto:
Artículo 1°: Exímase, por las consideraciones expuestas, el requisito de subasta o propuesta pública para la enajenación del inmueble de propiedad del Consejo de Defensa del Estado, ubicado en calle Dos Norte Nº 530, comuna de Talca, Región del Maule.
Artículo 2°: Autorícese al Consejo de Defensa del Estado para enajenar, mediante venta directa y a título oneroso, a los señores Rosa María Moreno, cédula nacional de identidad Nº 6.688.092-3 e Ignacio García Correa, cédula nacional de identidad Nº 10.354.828-4, la propiedad ubicada en calle Dos Norte Nº 530, comuna de Talca, Región del Maule, el cual cuenta con una superficie construida de 259,8 m² y se emplaza en un terreno de 568 m².
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 06-MAR-2018
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06-MAR-2018 |
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