Decreto 1847
Decreto 1847 OTORGA AUTORIZACIÓN ESTABLECIDA POR EL ARTÍCULO 7° DEL DECRETO LEY 1.939, DE 1977, MODIFICADO POR LA LEY 19.256
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA; SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR
OTORGA AUTORIZACIÓN ESTABLECIDA POR EL ARTÍCULO 7° DEL DECRETO LEY 1.939, DE 1977, MODIFICADO POR LA LEY 19.256
Núm. 1.847.- Santiago, 12 de diciembre de 2017.
Visto:
La solicitud expuesta por el Sr. Arturo Manuel Castro Winkler, chileno, abogado, RUT 9.612.886-K, domiciliado en calle Volcán Choshuenco N° 431, Osorno, en representación convencional de don Santiago Andrés Badessich, argentino, casado, con residencia y domicilio en 285 Sunrise DR, Key Biscayne, Miami, Estado de Florida, USA, pasaporte N° 14.195.079N, conforme mandato especial extendido por escritura pública con fecha 27 de abril 2017, ante el Notario Público de Osorno don José Dolmestch Urra, mediante la cual solicita a S.E. la Presidenta de la República autorización para vender dos lotes o retazos de terreno ubicados en la localidad de El Encanto, comuna de Puyehue, provincia de Osorno, correspondientes al Lote N° 4, superficie aproximada de 1 hectárea, inscrito a fojas 1278, número 1115, Registro de Propiedad del año 2010, y al Lote A2, superficie aproximada de 0,273 hectáreas, inscrito a fojas 1280, número 1116, Registro de Propiedad del año 2010, ambos en el Conservador de Bienes Raíces de Osorno; los antecedentes acompañados con la solicitud; lo informado por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado en sus Oficios Reservados R.R.E.E. (Difrol)F-79, de fecha 25.09.2017, y F-92, de fecha 14.11.2017; lo informado por el Jefe del Estado Mayor Conjunto, mediante oficio Emco.Diplanco.III(R)13000/2724/11/Difrol, de fecha 8.11.2017; lo dispuesto por el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 7° del decreto ley N° 1.939, de 1977, modificado por la ley 19.256, que regula la adquisición de derechos sobre inmuebles situados en zonas fronterizas; en el Reglamento para la aplicación de dicho artículo contenido en el decreto supremo N° 232, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores, modificado por el decreto supremo N° 1.583, de 1994, del mismo Ministerio; en el DFL N° 4, de 1967, de Relaciones Exteriores;
Considerando:
1.- Que la enajenación que se autoriza se hará a una persona natural de nacionalidad chilena, quien suscribió igualmente la solicitud de la materia.
2.- Que la autorización que se otorga se estima compatible con el interés nacional.
Decreto:
Artículo primero: Autorizase, según lo dispuesto por el artículo 7° del decreto ley 1.939, de 1977, modificado por la ley 19.256, al ciudadano argentino Santiago Andrés Badessich, pasaporte de la República Argentina 14195079N, para enajenar mediante venta los dos inmuebles que se individualizan a continuación, ubicados en un lugar denominado El Encanto, comuna de Puyehue, provincia de Osorno: 1.- Lote Cuatro, superficie aproximada de una hectárea, inscrito a fojas 1278, número 1115, del Registro de Propiedad del año 2010, Conservador de Bienes Raíces de Osorno, rol de avalúo 840-10, comuna de Puyehue. 2.- Lote A Dos, superficie aproximada de 0,273 hectáreas, inscrito a fojas 1280, número 1116, del Registro de Propiedad del año 2010, Conservador de Bienes Raíces de Osorno, rol de avalúo 840-10, comuna de Puyehue.
Artículo segundo: La autorización que se otorga por el presente decreto a don Santiago Andrés Badessich sólo le habilitará para enajenar mediante compraventa los inmuebles individualizados a doña Marianela del Carmen Bravo Carrasco, chilena, cédula nacional de identidad número 8.504.060-K, quien deberá destinar los inmuebles concernidos a las finalidades expuestas en la solicitud de la materia.
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcances el decreto N° 1.847, de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública
N° 14.282.- Santiago, 7 de junio de 2018.
Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que otorga a la persona que indica, la autorización establecida en el artículo 7° del decreto ley N° 1.939, de 1977, respecto de los inmuebles que singulariza, por encontrarse ajustado a derecho.
No obstante, cumple con precisar que, acorde con la solicitud presentada por el interesado y suscrita por la compradora, la finalidad de dicha autorización es destinar las propiedades de que se trata para fines de recreación y descanso, lo que se ha omitido consignar en el acto administrativo en estudio.
Luego, cabe manifestar que según los antecedentes adjuntos, los referidos inmuebles se encuentran ubicados en la Región de Los Lagos, aspecto que no se indica en el texto del instrumento en análisis.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto de la suma.
Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez, Contralora General de la República (S).
Al señor
Ministro del Interior y Seguridad Pública
Presente.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 16-JUN-2018
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16-JUN-2018 |
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