Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional Ley Chile
  • Ingresar
  • Registrarse

¿No está registrado? Regístrese

¿Olvidó su Contraseña?

¿Ya tiene una cuenta? Ingrese

BCN
  • icono
Portada
Selección
Contacto
Búsqueda avanzada
Portada
Selección
Contacto
Cerrar Navegar Norma Cerrar
Portada
Decreto 929 EXENTO

Navegar Norma

Decreto 929 EXENTO

  • Encabezado
  • Artículo
  • Promulgación

Decreto 929 EXENTO MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA TRANSAM COMUNICACIONES S.A.

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES

Decreto 929 EXENTO

Seleccione las notificaciones a registrar


Promulgación: 26-SEP-2018

Publicación: 20-NOV-2018

Versión: Única - 20-NOV-2018

MODIFICACION
  • Texto
  • Versiones
Escuchar

MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA TRANSAM COMUNICACIONES S.A.

    Santiago, 26 de septiembre de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 929 exento.
   
    Vistos:
   
    a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) La resolución exenta Nº 4.902, de 2009, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijó la Norma Técnica para el Servicio Intermedio de Telecomunicaciones que opera en la Banda de 900 MHz.
    f) Los decretos supremos Nº 329 y Nº 343, ambos de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones, y sus modificaciones posteriores.
   
    Considerando:
   
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 61.237, de 23.05.2014, complementado mediante ingresos Subtel Nº 75.852 de 27.06.2014, Nº 85.945 de 6.07.2016, 101.604 de 9.08.2016, Nº 157.132 de 19.12.2016, Nº 159.869 de 23.12.2016 y Nº 140.425 de 20.10.2017.
    b) Las solicitudes de autorización provisoria de la modificación de la concesión indicada en la letra precedente, ingreso Subtel Nº 163.717 de 29.09.2015 y 11.149 de 20.01.2017, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia que justificaban acceder a ella, otorgado por resoluciones exentas Nº 1.320 de 2016 y Nº 493 de 2017.
    c) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
   
    Decreto:
   
    Modifícanse las concesiones de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, cuya titular es la empresa Transam Comunicaciones S.A., RUT Nº 96.652.650-5, con domicilio en Avenida Costanera Sur Río Mapocho Nº 2760, Torre C, Parque Titanium, piso 23, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
   
    1. Autorízase a instalar, operar y explotar dieciséis (16) estaciones base, cuyas características técnicas se indican a continuación:
   
    Para la Región Antofagasta:
   
    .
    .
   
    Las estaciones base se conectarán a la red existente, a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
   
    2. Los plazos máximos se indican a continuación:
   
    .
   
    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    4. Las resoluciones exentas Nº 1.320 de 2016 y Nº 493 de 2017, que autorizaron provisoriamente la modificación de la concesión, dictada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en virtud de lo expuesto por la interesada en su solicitud indicada en la letra b) de los considerandos, se extinguirán al momento de la notificación del presente decreto.
    5. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
   
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 20-NOV-2018
20-NOV-2018

Comparando Decreto 929 EXENTO |

Loading...

Enlace a la parte

Acortar

Resultado de búsqueda para :

Término encontrado en la siguiente parte.
Sin resultados

Detalles Partes

Escuchar

Metadatos internos

Síguenos en:
Cuenta de X de la Biblioteca del Congreso Nacional Facebook Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Instagram de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Flickr de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Tiktok de la Biblioteca del Congreso Nacional Canal de Youtube de Biblioteca del Congreso Nacional
Políticas de privacidad Mapa del sitio Ubicación horarios y teléfonos
logo ISO-9001 logo IQNET
Creative Commons

Alternativas para descargar

  1. Descarga con Firma Electrónica Avanzada (FEA)

    - Esta opción garantiza la autenticidad e integridad del documento mediante una firma electrónica avanzada.
    - El proceso puede tardar unos momentos, ya que el documento se firma digitalmente en línea de forma automática. Le pedimos paciencia mientras se completa la operación.
  2. Descarga sin firma

    - Puede descargar el documento inmediatamente, pero sin firma electrónica avanzada.
    - Esta opción es más rápida, pero no incluye elementos de validación digital.
    Descargar ahora sin firma

Informamos a nuestros usuarios que, por inconvenientes técnicos que afectan temporalmente al Diario Oficial, las normas que deberían ser publicadas en nuestro sistema Ley Chile hoy 4 de marzo de 2025, no se encontrarán disponibles por el momento. Para su tranquilidad, Ley Chile se mantiene disponible y actualizado hasta el día de ayer.