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Resolución 459 EXENTA

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Resolución 459 EXENTA

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Resolución 459 EXENTA DISPONE PLAZOS DE RECEPCIÓN DE EXPEDIENTES, DISTRIBUYE RECURSOS, DEFINE FACTORES REGIONALES DE PRELACIÓN Y LOS PRIORIZA EN CASO DE EMPATE, PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN EN EL MARCO DEL LLAMADO 2019 DE CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES, DISPUESTO POR RESOLUCIÓN Nº 1.115 EXENTA (V. Y U.), DE 2019

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO; SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL VIII REGIÓN DEL BIOBÍO

Resolución 459 EXENTA

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Promulgación: 14-JUN-2019

Publicación: 21-JUN-2019

Versión: Única - 21-JUN-2019

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DISPONE PLAZOS DE RECEPCIÓN DE EXPEDIENTES, DISTRIBUYE RECURSOS, DEFINE FACTORES REGIONALES DE PRELACIÓN Y LOS PRIORIZA EN CASO DE EMPATE, PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN EN EL MARCO DEL LLAMADO 2019 DE CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES, DISPUESTO POR RESOLUCIÓN Nº 1.115 EXENTA (V. Y U.), DE 2019
    Núm. 459 exenta.- Concepción, 14 de junio de 2019.
    Vistos:
    El DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, que regula el Programa de Protección al Patrimonio Familiar (PPPF); la resolución Nº 533 (V. y U.), de 1997, que fija Procedimiento para prestación de servicios de asistencia técnica a programas de vivienda que indica; el DS Nº 397 (V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; la resolución exenta Nº 1.115 (V. y U.), de 15.05.2019, que hace el llamado 2019 a postulación para el desarrollo de Proyectos del PPPF en su modalidad regulada por el Capítulo II, de la atención a Condominios de Viviendas Sociales para la Región del Biobío, entre otras, que fija condiciones para su aplicación, el monto de recursos disponibles y su forma de distribución para cada región; la Ley Nº 21.125 de Presupuesto del Sector Público, año 2019; la resolución Nº 1.600, del año 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención de trámite de toma de razón; y el DS Nº 17 (V. y U.), de 09.05.2019, en trámite, que designa Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo en la Región del Biobío.
    Considerando:
    1.- Que, de acuerdo a lo establecido en el resuelvo Nº 8 de la resolución exenta Nº 1.115 (V. y U.), de 15.05.2019, que dispone llamado 2019 a postulación para el desarrollo de Proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en la modalidad regulada por su Capítulo Segundo, de la atención a Condominios de Viviendas Sociales para las regiones que indica, se delegó en los respectivos Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo la facultad de seleccionar los proyectos que postulen al presente llamado, mediante resoluciones.
    2.- Que, según lo dispuesto en los resuelvos Nº 4, Nº 18 y Nº 19, de la citada resolución exenta Nº 1.115, la Seremi dispondrá, mediante resolución, los plazos para efectuar la presentación de expedientes, la entrega a los interesados de los formularios necesarios para su confección, deberá identificar separadamente los montos que serán destinados a la selección de condominios sociales que conforman la demanda general del programa, de los que están insertos en barrios seleccionados por el Programa de Recuperación de Barrios para el período 2014-2018, y definirá los criterios regionales de prelación, a partir del proceso dispuesto para ese fin y en las fechas señaladas en el resuelvo 9º.
    3.- Que, los expedientes deberán presentarse con la totalidad de los documentos señalados en el resuelvo Nº 5 de la resolución exenta Nº 1.115. De no ser así, serán declarados inadmisibles y serán devueltos al respectivo PSAT.
    4.- Que, mediante Memorándum Nº 347, de fecha 24.05.2019, el Jefe del Departamento de Planes y Programas de Vivienda y Equipamiento de esta Seremi, solicita la redacción de una resolución para cumplir con los objetivos indicados, sugiriendo fecha de ingreso y cierre de recepción de expedientes, distribución de recursos, factores regionales de prelación y priorización en caso de empate del Llamado 2019 en la Región del Biobío, que se ajustan a la resolución exenta Nº 1.115 (V. y U.), de 2019.
    5.- Que, siendo necesario difundir y publicar dichos plazos, distribución de recursos, factores de prelación, y priorización en caso de empate, procedo a dictar la siguiente:
    Resolución:
    1.- Dispónense como plazos de recepción de expedientes en esta Seremi, en el Llamado 2019 a postulación para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en la modalidad regulada por su Capítulo Segundo, de la atención a Condominios de Viviendas Sociales, los siguientes:
.
    Los proyectos deberán ingresar por Oficina de Partes, ubicada en Rengo Nº 384 Concepción, de lunes a viernes, entre las 09:00 y las 13:30 horas, dentro del plazo indicado.
    2.- Distribúyanse los recursos disponibles para el año 2019, en el citado Llamado, en las cantidades señaladas en el cuadro siguiente:
.
    3.- Defínanse los siguientes factores o criterios regionales de prelación, de acuerdo a lo dispuesto en el Resuelvo Nº 19 de la resolución exenta Nº 1.115 (V. y U.), de 2019:
.
    4.- Priorícense, en caso de existir empates para determinar el último proyecto con financiamiento, los siguientes factores de prelación, de acuerdo al orden indicado en la presente tabla:
.
    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese oportunamente.- James Argo Chávez, Secretario Regional Ministerial Región del Biobío.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y fines pertinentes.- Eduardo Canessa Díaz, Encargado Unidad de Administración, Ministro de Fe.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 21-JUN-2019
21-JUN-2019

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