Resolución 3466 EXENTA
Resolución 3466 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1, DE 1995, Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N°38, DE 2019, AMBAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1, DE 1995, Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N°38, DE 2019, AMBAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES
Núm. 3.466 exenta.- Santiago, 26 de noviembre de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en DFL N° 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290, de Tránsito; en la resolución N° 1, de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece dimensiones máximas a vehículos que indica, y sus modificaciones; la resolución N° 38, de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el dictamen N° 28.400, de 5 de noviembre de 2019, y la resolución N° 7, de 2019, ambos de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa aplicable.
Considerando:
1. Que, la resolución N° 1/1995, citada en el visto, en su artículo 1°, dispone que el largo máximo de los buses articulados será de 18,00 m.
2. Que, revisada la normativa vigente en materia de fijación de requisitos dimensionales y funcionales de aquellos vehículos que presten servicios de locomoción colectiva urbana, se ha detectado la necesidad de ampliar la disposición aplicable con el objeto de mejorar la calidad del servicio entregado a los usuarios, principalmente respecto a la implementación de mejoras orientadas a fortalecer aspectos de seguridad, comodidad y eficiencia que se adecuen a las nuevas necesidades de transporte de las personas.
3. Que, en mérito de lo anterior, se hace necesario modificar el artículo 1° de la citada resolución N° 1.
4. Que, cabe agregar que, con fecha 11 de octubre de 2019, se dictó la resolución N° 38, de este Ministerio, que modifica resolución N° 1, de 1995, citada en el visto.
5. Que, con fecha 5 de noviembre de 2019, la Contraloría General de la República, informó mediante dictamen N° 28.400, que de acuerdo a lo dispuesto en la resolución N° 7, de 2019, citado en vistos, se abstuvo de tomar de razón, dado que los actos administrativos relativos a la materia regulada en la resolución N° 1, no son de aquellos sujetos al referido trámite.
6. Que, en este orden de ideas corresponde dejar sin efecto la resolución N° 38, de 2019, ya citada, toda vez que la presente resolución exenta recoge las modificaciones requeridas para la resolución N° 1, de 1995, al tenor de lo indicado por la entidad fiscalizadora.
Resuelvo:
1. Modifícase el artículo 1° de la resolución N° 1 de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, en el sentido de reemplazar en el literal c.2), la expresión "18,00 m" por "19,00 m".
2. Déjase sin efecto la resolución N° 38, de 11 de octubre de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, por los motivos indicados en la parte considerativa de este acto administrativo.
3. Archívese la resolución que por este acto se deja sin efecto.
4. La presente resolución entrará en vigencia una vez publicada en el Diario Oficial.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 13-DIC-2019
|
13-DIC-2019 |
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