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Resolución 1

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Resolución 1 MODIFICA EL CAPÍTULO III PLAN DE CUENTAS PARA EL SECTOR PÚBLICO DE LA RESOLUCIÓN Nº 16, DE 2015, DE CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, QUE APRUEBA LA NORMATIVA DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD DE LA NACIÓN

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Resolución 1

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Promulgación: 06-ENE-2021

Publicación: 25-ENE-2021

Versión: Única - 25-ENE-2021

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MODIFICA EL CAPÍTULO III PLAN DE CUENTAS PARA EL SECTOR PÚBLICO DE LA RESOLUCIÓN Nº 16, DE 2015, DE CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, QUE APRUEBA LA NORMATIVA DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD DE LA NACIÓN

    Núm. 1.- Santiago, 6 de enero de 2021.
     
    Vistos:
     
    Las facultades que me confiere la ley Nº 10.336, Orgánica de esta Contraloría General, y lo establecido en la resolución Nº 7, de 2019, de este mismo origen.
     
    Considerando:
     
    Que, mediante resolución Nº 16, de 2015, de este origen, se aprobó la Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación.
    Que, se ha estimado necesario modificar el plan de cuentas que se establece en la citada resolución, con el objeto de incorporar un nuevo concepto, a ser utilizado en los procedimientos contables para el año 2021, con respecto al proceso de pago centralizado dispuesto por la Dirección de Presupuestos en los oficios circulares Nos 8 y 9, ambos de 2020, que encomiendan a la Tesorería General de la República el pago de las facturas electrónicas de las instituciones públicas que indican.
    Que, mediante dictamen CGR Nº E48877, de 2020, se ha establecido que el sistema de pago centralizado se ajusta al ordenamiento jurídico.
    Que, por un error administrativo, se aprobó mediante una resolución exenta el mismo contenido que ahora se viene sancionando por el presente instrumento afecto, por lo que, aquel acto debe ser dejado sin efecto.
     
    Resuelvo:

     
    1. Modifícase el Capítulo III, Plan de Cuentas para el Sector Público, en los términos siguientes:
     
    a) Modifíquese en las Cuentas de Activo la descripción del subgrupo 119 Traspasos Interdependencias como se indica:
     
119    Traspasos Interdependencias.                                 
        Comprende los traslados de fondos entre unidades operativas, constituyendo éstas una entrega de disponibilidades y los registros de las instancias de percibido y pagado en el proceso de pago centralizado.
    b) Incorpórese en las Cuentas de Activo, en el subgrupo 119 Traspasos Interdependencias, la siguiente cuenta nivel 1:
     
11903  Percepciones y Pagos en el Proceso de Pago Centralizado.

    2. Déjese sin efecto la resolución exenta Nº 5.038, de 2020, de este origen.
     

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Nelly Salvo Ilabel, Secretaria General, Contraloría General de la República.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 25-ENE-2021
25-ENE-2021

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