Resolución 361 EXENTA
Resolución 361 EXENTA RECTIFICA DECRETO Nº 65 EXENTO, DE 2020, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE ACTUALIZA NORMA TÉCNICA Nº 127, NOMINADA "NORMA TÉCNICA DE BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA (BPM) PARA LA INDUSTRIA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS", APROBADA POR DECRETO Nº 28 EXENTO, DE 2012, MINISTERIO DE SALUD
MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
Promulgación: 16-ABR-2021
Publicación: 23-ABR-2021
Versión: Texto Original - de 23-ABR-2021 a 21-MAY-2021
RECTIFICA DECRETO Nº 65 EXENTO, DE 2020, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE ACTUALIZA NORMA TÉCNICA Nº 127, NOMINADA "NORMA TÉCNICA DE BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA (BPM) PARA LA INDUSTRIA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS", APROBADA POR DECRETO Nº 28 EXENTO, DE 2012, MINISTERIO DE SALUD
Núm. 361 exenta.- Santiago, 16 de abril de 2021.
Vistos:
Lo establecido en el artículo 4 del D.F.L Nº1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. Nº 2.763 de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; el Código Sanitario; el decreto supremo Nº 3 de 2010, del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Control de Productos Farmacéuticos de Uso Humano; lo solicitado en memorándum B35 Nº 276, de 7 de julio de 2020, de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción; las facultades concedidas en el decreto supremo Nº 28, de 2009, del Ministerio de Salud; decreto exento Nº 65, de fecha 21 de diciembre de 2020, del Ministerio de Salud, que actualiza norma técnica Nº 127, nominada "Norma Técnica de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para la Industria de Productos Farmacéuticos", aprobada por decreto exento Nº 28, de 2012, Ministerio de Salud, y lo dispuesto en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República;
Considerando:
1. Que, al Ministerio de Salud le compete ejercer las funciones que corresponden al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción. protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma; así como coordinar, controlar y, cuando corresponda, ejecutar tales acciones.
2. Que, con fecha 21 de diciembre de 2020, mediante decreto exento Nº 65, del Ministerio de Salud se aprobó la actualización de la Norma Técnica Nº 127, de 2013, del Ministerio de Salud, sobre "Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para la Industria de Productos Farmacéuticos", aprobada por el decreto Nº 28, de 2012, y actualizada por el decreto Nº 159, de 2013, ambos del Ministerio de Salud, emitida en aplicación artículo 5, número 6, del decreto supremo Nº 3, de 2010, que "Aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Control de Productos Farmacéuticos de Uso Humano"; incorporándose su nuevo Anexo Nº 6 "Buenas Prácticas de Manufactura de Productos Radiofarmacéuticos".
3. Que, con fecha 30 de diciembre de 2020, el Diario Oficial realizó la publicación del decreto exento Nº 65, del Ministerio de Salud, que actualiza la Norma Técnica Nº 127, de 2013, de este Ministerio, sobre "Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para la Industria de Productos Farmacéuticos", que incorpora su nuevo Anexo Nº 6 "Buenas Prácticas de Manufactura de Productos Radiofarmacéuticos".
4. Que, por un error involuntario de esta Secretaría de Estado, durante la tramitación y revisión interna del documento, se extraviaron las páginas 18 y siguientes, por lo que en consecuencia fue enviado de forma incompleta al Diario Oficial para su correspondiente publicación.
5. Que, el artículo 2º letra i) del decreto Ley Nº 1.028 de 1975 otorga a los Subsecretarios de Estado la facultad de "Rectificar los decretos ya firmados por el Presidente de la República y por el Ministro respectivo o por éste, en su caso, sólo para corregir errores manifiestos de escritura o numéricos.".
6. Que, el caso señalado en los considerandos cumple con la hipótesis planteada, toda vez que habiéndose cotejado con el documento original, el cual fue revisado por las correspondientes autoridades, este consta con 22 páginas.
Resolución:
1º Rectifícase la publicación en el Diario Oficial del decreto exento Nº 65, de fecha 21 de diciembre de 2020, del Ministerio de Salud se aprobó la actualización de la Norma Técnica Nº 127, de 2013, del Ministerio de Salud, sobre "Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para la Industria de Productos Farmacéuticos", aprobada por el decreto Nº 28, de 2012, y actualizada por el decreto Nº 159, de 2013, ambos del Ministerio de Salud, emitida en aplicación artículo 5, número 6, del decreto supremo Nº 3, de 2010, que "Aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Control de Productos Farmacéuticos de Uso Humano"; incorporándose su nuevo Anexo Nº 6 "Buenas Prácticas de Manufactura de Productos Radiofarmacéuticos".
2º Publíquese íntegramente en el Diario Oficial decreto exento Nº 65, de fecha 21 de diciembre de 2020, del Ministerio de Salud se aprobó la actualización de la Norma Técnica Nº 127, de 2013, del Ministerio de Salud, sobre "Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para la Industria de Productos Farmacéuticos", aprobada por el decreto Nº 28, de 2012, y actualizada por el decreto Nº 159, de 2013, ambos del Ministerio de Salud, emitida en aplicación artículo 5, número 6, del decreto supremo Nº 3, de 2010, que "Aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Control de Productos Farmacéuticos de Uso Humano"; incorporándose su nuevo Anexo Nº 6 "Buenas Prácticas de Manufactura de Productos Radiofarmacéuticos", el cual consta de 22 (veintidós) páginas.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Paula Daza Narbona, Subsecretaria de Salud Pública.
Transcribo para su conocimiento resolución exenta Nº 361 - 16 de abril 2021.- Por orden de la Subsecretaria de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Jorge Hübner Garretón, Jefe de la División Jurídica, Ministerio de Salud.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 22-MAY-2021
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22-MAY-2021 | |||
Texto Original
De 23-ABR-2021
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23-ABR-2021 | 21-MAY-2021 |
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