Resolución 1037 EXENTA
Resolución 1037 EXENTA APRUEBA NORMATIVA TÉCNICA PARA LA DETERMINACIÓN DE HUELLA GENÉTICA EN MATERIA FORENSE BAJO LA LEY Nº 19.970 Y SU REGLAMENTO
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS; SERVICIO MÉDICO LEGAL
APRUEBA NORMATIVA TÉCNICA PARA LA DETERMINACIÓN DE HUELLA GENÉTICA EN MATERIA FORENSE BAJO LA LEY Nº 19.970 Y SU REGLAMENTO
Núm. 1.037 exenta.- Santiago, 10 de mayo de 2021.
Vistos:
Las atribuciones que concede la ley Nº 20.065, sobre Modernización, Regulación Orgánica y Planta del Personal del Servicio Médico Legal y su Reglamento contenido en el decreto Nº 580/2011, del Ministerio de Justicia; el DS Nº 773, de 19 de noviembre de 2007, del Ministerio de Justicia, que delega Facultades que indica en el Director del Servicio Médico Legal y en los funcionarios que señala de dicho Servicio; La ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo; ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; y lo dispuesto en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
1. Que, el artículo 2 de la ley Nº 20.065, que fija el texto de la Ley de Modernización, Regulación Orgánica y Planta del Servicio Médico Legal señala que "El objeto del Servicio Médico Legal será asesorar técnica y científicamente a los Órganos Jurisdiccionales y de Investigación, en el territorio nacional, en lo relativo a la medicina legal, las ciencias forenses y demás materias propias de su ámbito".
2. Que, la misma disposición legal establece en su inciso segundo que "Además, le corresponderá la tuición y supervigilancia técnica y directiva en la prestación de servicios relativos a las materias de su competencia, poniendo énfasis en su calidad, eficiencia y oportunidad".
3. Que, en consecuencia, es de suma relevancia contar con nuevas directrices técnicas específicas.
Resuelvo:
I. Aprueba Normativa Técnica para la Determinación u Obtención de la Huella Genética en Materia Forense bajo la ley Nº 19.970 y su Reglamento, cuyo texto se adjunta al presente acto administrativo y forma parte integral del mismo.
II. Déjese sin efecto todas aquellas directrices o resoluciones contrarias a la normativa técnica que se aprueba a través del presente acto.
III. Publíquese el presente acto administrativo, conforme lo prescribe la letra "b" del artículo 48 de la ley Nº 19.880, que Establece Bases de Procedimientos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
IV. Difúndase el texto sobre Normativa Técnica sancionado, poniéndose a disposición de la comunidad, por parte de la Subdirección Médica y, a través del sitio electrónico de Gobierno Transparente del Servicio Médico Legal.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 17-MAY-2021
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17-MAY-2021 |
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