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Decreto 183 EXENTO

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Decreto 183 EXENTO

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Decreto 183 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATC SITIOS DE CHILE S.A.

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES

Decreto 183 EXENTO

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Promulgación: 05-MAY-2021

Publicación: 24-JUN-2021

Versión: Única - 24-JUN-2021

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MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATC SITIOS DE CHILE S.A.
     
    Santiago, 5 de mayo de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 183 exento.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    d) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    e) El decreto supremo N° 99, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones, que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones.
    f) La resolución exenta N° 3.774, de 2012, de la Subsecretaría.
    g) El decreto supremo N° 56, de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 33.255 de 25.02.2021.
    b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
     
    Decreto:

     
    Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, cuyo titular es la empresa ATC Sitios de Chile S.A., RUT N° 76.101.962-7, con domicilio en calle Cerro El Plomo N° 5420, oficina 405, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
     
    1. Autorízase a la concesionaria para modificar su concesión, individualizada en la letra g) de los Vistos, en el sentido de incorporar infraestructura física ya autorizada, conforme a los decretos que se detallan en el siguiente cuadro:     
     
    Para la Región del Maule y la Araucanía:
     
   
     
    Las características técnicas de la instalación corresponden a torres soporte de antenas y sistemas radiantes conforme ya fueron autorizados. Dado que las mismas ya se encuentran instaladas, no existen plazos involucrados.
    2. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones (S).

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 24-JUN-2021
24-JUN-2021

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