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Ley 21373

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Ley 21373

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Ley 21373 Firma electrónica SUSPENDE LA REALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN DOCENTE, POR EL AÑO 2021, DEBIDO A LA PANDEMIA MUNDIAL DE COVID-19

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Ley 21373

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Promulgación: 21-SEP-2021

Publicación: 29-SEP-2021

Versión: Única - 29-SEP-2021

Materias: Sistema de Medición de la Calidad de la Educación, SIMCE, Covid-19, Coronavirus, Coronavirus Covid-19, Pandemia Mundial, Evaluación Docente, Suspende Evaluación Docente

Resumen: La presente ley tiene por objeto modificar la ley N° 21.272, que permitió a los profesores suspender la reali ... ver más >>

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LEY NÚM. 21.373
     
SUSPENDE LA REALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN DOCENTE, POR EL AÑO 2021, DEBIDO A LA PANDEMIA MUNDIAL DE COVID-19
     
    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas; la primera, correspondiente al boletín Nº 14.226-04, de los diputados señores Rodrigo González Torres, Juan Santana Castillo, Mario Venegas Cárdenas y Gonzalo Winter Etcheberry y de las diputadas señoras Camila Rojas Valderrama, Cristina Girardi Lavín y Camila Vallejo Dowling; la segunda, correspondiente al boletín Nº 14.298-04, de los diputados señores Hugo Rey Martínez, Juan Fuenzalida Cobo, Leonidas Romero Sáez y Frank Sauerbaum Muñoz; y la tercera, correspondiente al boletín Nº 14.300-04, de los diputados señores Hugo Rey Martínez y Leonidas Romero Sáez y de las diputadas señoras Erika Olivera De La Fuente y Ximena Ossandón Irarrázabal,
     
    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Modifícase la ley  N° 21.272, que suspende la realización de la evaluación docente, por el año 2020, debido a la pandemia mundial de Covid-19, de la siguiente forma:
     
    1. Sustitúyese en el inciso primero del artículo 1, la expresión "por el año 2020" por la siguiente: "por los años 2020 y 2021".
    2. En el artículo 2:
     
    a) Reemplázase el inciso primero por el siguiente:
     
    "Artículo 2.- Los docentes a quienes les hubiese correspondido ser evaluados en los años 2020 y 2021 y que hubiesen optado por acogerse a la suspensión de su evaluación por aplicación de esta ley, les corresponderá evaluarse durante el año 2022. Los restantes docentes a quienes les corresponda ser evaluados en el año 2022 podrán suspender su evaluación para el año inmediatamente siguiente o evaluarse voluntariamente durante ese mismo año.".
     
    b) Sustitúyese en el inciso segundo la expresión "del proceso 2020", por la siguiente: "de los procesos 2020 y 2021".".



    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
     
    Santiago, 21 de septiembre de 2021.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Raúl Figueroa Salas, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Jorge Poblete Aedo, Subsecretario de Educación.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 29-SEP-2021
29-SEP-2021
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Proyecto original

1.- Faculta a requerir la suspensión de la evaluación docente, y suspende la aplicación de las pruebas del Sistema de Medición de la Calidad de la Educación (SIMCE) durante al año 2021, debido a la pandemia mundial de Covid-19 (Boletín N° 14226-04)

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